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DEBERES Y DERECHOS CONSTITUCIONALES


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2011  •  Ensayos  •  1.140 Palabras (5 Páginas)  •  877 Visitas

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DEBERES Y DERECHOS CONSTITUCIONALES

Los derechos constitucionales son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Es conocido el planteamiento filosófico-antropológico de que donde nace una necesidad surge un derecho; éste planteamiento tan lógico aparece por primera vez en "La República" de Platón. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generación, Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación, y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.

Derechos Fundamentales

Los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.

 Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídica política de nuestra constitución, el estado social de derecho no puede existir sin el reconocimiento y el ejercicio de los derechos fundamentales.

 Concepto subjetivo, ámbito limitado del individuo imprescindible para el desarrollo y la libertad de las personas, es núcleo básico e irrenunciable del estatuto jurídico del individuo.

 Límites Internos, el contenido del derecho no debe de ser transgredido por otras personas o poderes, ya que se estaría atentando a la dignidad de la persona.

 Límites Externos, impuesto por el orden jurídico de manera expresa, limita las manifestaciones ideológicas, protegiendo de esta manera los derechos de otras personas.

 Inherentes a la personalidad: son aquellos derechos de los cuales se es titular por el solo hecho de ser persona.

ORNATO LIMPIEZA DE VIAS Y ESPACIOS PUBLICOS

El ornato es una forma de colaborar de los ciudadanos con su pueblo nos ayudara a mantener un ambiente natural mejor. Como ciudadanos debemos cumplir con la cuota mínima mensualmente del pago de ornato. Para que los trabajadores utilicen distintos materiales, como podremos conocer a distintos ciudadanos son los que sufren porque son los que viven a la orilla de ríos, barrancos y otros los que sufren a causa de la contaminación del ambiente de la ciudad. Para poder evitar esto todos los ciudadanos deben velar por el cuidado y la limpieza de su ciudad.

Boleto de ornato:

Es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con

la finalidad es contribuir al ornato de nuestra ciudad. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.

Si el pago no fuere cancelado dentro del período señalado o según fecha de la prórroga, el vecino se verá sujeto a una multa equivalente al 100% de su valor.

En caso que el vecino se mudara a otro municipio, no está obligado a pagar de nuevo el Boleto de Ornato, sino que deberá cancelarlo hasta el próximo año en la municipalidad correspondiente, según su nuevo domicilio. No obstante, sí está obligado a demostrar que hizo el pago en la anterior alcaldía.

Por lo anterior, las municipalidades deben contar con un registro alfabético de los contribuyentes, en el cual se indica el nombre de las personas, dirección de su residencia y trabajo, así como el número de identificación tributaria (NIT).

De acuerdo con lo indicado en el Decreto 121-96, el pago de la tasa del arbitrio municipal debe efectuarse según los

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