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CAPITULACION DE MIRANDA


Enviado por   •  21 de Marzo de 2013  •  2.303 Palabras (10 Páginas)  •  788 Visitas

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Capitulación de Miranda

1812

Francisco de Miranda

Habiéndose prestado el señor Comandante General de las tropas de la Regencia Española a una conferencia con dos comisionados que deben remitirse del ejército de la Confederación de Venezuela, y habiendo enviado ya el pasaporte que debe servirles de salvoconducto para su tránsito hasta la ciudad de Valencia, marchan efectivamente los nombrados para esta comisión que son los ciudadanos José de Sata y Bussy, teniente coronel de artillería, secretario de Guerra de la Confederación y mayor general del ejército, y Manuel Aldao, teniente coronel de ingeniería, acompañados de sus respectivos edecanes. Estos sujetos van autorizados para tratar y estipular con el señor don Domingo de Monteverde medidas de conciliación entre ambos partidos, reservando su aprobación y ratificación al Generalísimo de los Ejércitos de Venezuela que por su parte los ha nombrado.

Cuartel General, 17 de julio de 1812.

Francisco de Miranda.

Instrucciones para los emisarios que por nombramiento del Generalísimo de las tropas de Venezuela han de estipular con el Comandante en Jefe de las de la Regencia, el armisticio y demás propuesto en la nota del día 12 del corriente para que cese la presente guerra.

Estando ya corriente la suspensión de hostilidades, se propondrá, en primer lugar, que la decisión de esta contienda se remita a los mediadores que ha nombrado la Corte de Inglaterra, conocidos ya auténticamente y esperados de un momento a otro.

Para obtener esta remisión importa considerar entre otras cosas que sin ella cualquier tratado que ahora se celebre, puede estar desconforme o contrario a las instrucciones que traigan los mediadores.

Concedido esto, será permitido a nuestro ejército volver a ocupar los puntos que ocupaba cuando estaba en Maracay, exceptuando a Puerto Cal)ello y la costa de Ocumare y Choroní.

Si no se obtuviese este partido, se pasará al de una capitulación decorosa que salve las personas y propiedades de todos los que han promovido y seguido la justa causa de Caracas en provincias, quedando en libertad para permanecer o salir de ellas, y disponer de sus bienes en el término de tres meses.

Serán puestos inmediatamente en libertad todos los prisioneros hechos por una y otra parte, y ninguno de los comprendidos en este y en el anterior artículo podrá ser perseguido ni molestado por sus opiniones políticas, ni por su conducta ni procedimientos consecuentes.

En estos mismos artículos son comprendidos los extranjeros.

Para mayor seguridad de los que deliberaren dejar el país en el caso de la capitulación, se estipulará que en el término de treinta días queden los ejércitos en las líneas en que se hallan.

Este mismo término será suficiente para que el Generalísimo consulte la capitulación con los gobiernos de las provincias que se hallasen en este caso.

Se procurará eximir de la capitulación a la isla de Margarita, para que continuando allí el mismo orden de cosas establecido actualmente, puedan emigrar a ella los extranjeros y nacionales que no quieran tomar otro destino.

Continuará el valor del papel y moneda nacional.

La Victoria, 17 de julio de 1812.

Respuesta definitiva del Comandante General del Ejército de S. M. Católica, don Domingo de Monteverde a las últimas proposiciones que le han hecho los comisionados por parte de las tropas caraqueñas, don José de Sata y Bussy y don Manuel Aldao, en la conferencia acerca de los medios de evitar la efusión de sangre y demás calamidades en la presente guerra

Primera.-El territorio aun no conquistado de las Provincias Unidas de Venezuela se entregará al ejército de la Regencia Española.

Respuesta.-La entrega será del territorio no reconquistado y las armas y municiones de guerra y demás existencias, a disposición del ejército de S. M. Católica.

Segunda.-Sus habitantes serán gobernados según el sistema que han establecido las Cortes españolas para todas las Américas.

Respuesta.-Entretanto que se promulgue la Constitución de las Españas, las leyes del Reino y las disposiciones de las Cortes serán la regla del gobierno.

Tercera.-No podrán ser aprehendidos, juzgados ni sentenciados a ninguna pena corporal ni pecuniaria, las personas que se crea o juzgue que han promovido y seguido la causa de Caracas en estas provincias, de cualquier clase, estado o condición que sean; estas personas quedarán en libertad para permanecer o salir del país y disponer de sus bienes en el término de tres meses.

Respuesta.-Las personas y bienes que se hallen en el territorio no reconquistado serán salvas y resguardadas; dichas personas no serán presas ni juzgadas, como tampoco extorsionados los enunciados sus bienes, por las opiniones que han seguido hasta ahora, y se darán los pasaportes para que salgan de dicho territorio los que quieran, en el término que se señala.

Cuarta.-Serán puestos inmediatamente en libertad los prisioneros hechos por una y otra parte, y ninguno de los comprendidos en este y en el anterior artículo podrá ser perseguido molestado por sus opiniones políticas.

Respuesta.-Serán puestos en libertad los prisioneros de una y otra parte con la reserva del anterior artículo.

Quinta.-Los extranjeros residentes en este país serán comprendidos en los artículos anteriores.

Respuesta.-Los extranjeros gozarán la condonación expresada, pero su residencia será a discreción del gobierno.

Sexta.-Se dará el término de treinta días para que el Generalísimo de Venezuela consulte la capitulación con los gobiernos de las provincias que se hallen en libertad.

Respuesta.-Este convenio quedará concluido y ratificado dentro de cuarenta y ocho horas después que llegue al Cuartel General de La Victoria, sin más espera, demora ni propuesta, en inteligencia de que si pasado este término no se verifica la ratificación, queda por el mismo hecho disuelto el armisticio, y el ejército de S. M. Católica expedito para obrar como le parezca.

* * *

Séptima.-Durante este término permanecerán ambos ejércitos en las líneas en que se hallan hasta el total allanamiento de las provincias.

Respuesta.-Contestado por el anterior.

Octava.-Se

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