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Actividad 2 Historia Universal Del Derecho


Enviado por   •  10 de Octubre de 2012  •  1.440 Palabras (6 Páginas)  •  1.835 Visitas

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y

DE ADMINISTRACIÒN PÙBLICA

DE LA FSTSE

HISTORIA UNIVERSAL DEL DERECHO

SISTEMA DE ENSEÑANZA MIXTA

QUINTA GENERACIÓN

1er CUATRIMESTRE

MAESTRA: LIC. PATRICIA SEPULVEDA

ALUMNO: EDGAR HUGO VIZCARRA CERON

1.- ¿Cuáles eran las fases y formas en el proceso de romanización?

La romanización fue el proceso de aculturación de las zonas conquistadas por Roma durante la República Romana o durante el Imperio.

FASES:

1. Adopción del latín, primero de forma oficial e inicialmente por parte de las élites.

2. Penetración de las costumbres: ropas, arquitectura, etc.

3. Penetración de las religiones existentes en Roma, tanto la propia como las orientales: cultos a Cibeles, Mitra y cristianismo.

4. Adopción de bienes materiales romanos y progresiva introducción de las materias primas y tecnologías necesarias para producirlos. Eso comporta además la adopción de la moneda y el sistema de unidades de medida romano, etc.

5. Adopción progresiva del latín por parte de los estratos populares.

6. Aceptación generalizada del derecho romano.

7. Abandono definitivo de ciertos elementos autóctonos y homogeneización de la cultura material con la metrópoli romana.

Además de la lengua las élites adoptaron frecuentemente las formas exteriores distintivas de los romanos, vestido, estilo, religión, costumbres formales, etc. Esa adopción de elementos materiales romanos requiere frecuentemente el uso la importación y/o producción de productos típicamente romanos, lo cual frecuentemente implica también la importación de la tecnología para producirlo localmente.

2.- ¿Cuál era la cultura Social y Política de los visigodos?

Los poderes del rey eran amplios: juez supremo, jefe del ejército, legislador, encargado de la guerra y de la paz

se muestran favorables a la cultura romana adoptando una estructura social paralela a la romana, con una relación de dependencia para con los romanos.

La organización politica de los visigodos se sustentaba en el derecho germánico. La institución fundamental de gobierno era la Asamblea de los hombres libres, en la que residía el poder del reino, que era conferido a un rey (monarquía electiva).

3.- ¿Quiénes eran los facultados para regirse dentro del Derecho de romanización?

las personas que disfrutan de mayor poder e influencia en la sociedad conquistada lo son por ser aliados políticos de los conquistadores romanos.

4.- ¿Qué es el Liber Iudiciorum?

fue un cuerpo de leyes visigodo, de carácter territorial, dispuesto por el rey Recesvinto y promulgado probablemente el año 654. También es conocido como Código de Recesvinto, Libro de los Jueces, Liber Iudicum, Liber Gothorum, Fori Iudicum, Forum Iudicum y Forum Iudiciorum. Ha pasado a la historia como la gran obra legal del reino visigodo

5.- ¿Como nace el Derecho Canónico?

El derecho canónico, nace como constitucionalismo de la iglesia en el imperio, se llama así porque es fruto sobre todo de las reuniones eclesiásticas de la actividad conciliar, que dictan ciertas reglas y por esto se denomina canónico, (cánones).

6.-¿cual es el objeto de la historia interna del Derecho?

Su objeto es la exposición de cada institución de ese mismo derecho; la exposición de la patria potestad, de la posesión. etc

7.-¿Qué es la historia externa del Derecho?

Es la historia de las fuentes formales del derecho

8.- Familias jurídicas contemporáneas más importantes y a que países pertenecen

jurídicamente.

1).-Familia romano germanica o romanista: A esta familia pertenecen los países en los que la ciencia jurídica se ha construido sobre la base de Derecho romano.

2).-FAMILIA COMMON LAW:Comprende esta segunda familia del Derecho de Inglaterra, desarrollado a partir del siglo XI, así como los diversos derechos nacionales que han tenido como al modelo inglés.

9.- ¿Que es el common law?

Las características del Common Law son totalmente diferentes de las familias Romano-germánica. El Common Law ha sido elaborado por los jueces, en el curso de dirimir los litigios entre los particulares y este origen es todavía hoy evidente. La norma jurídica Del Common Law menos abstracta que la de los Derechos Romano-germánicos, es una norma que proporciona solución a un proceso, no una norma de conducta general para el futuro. Es un Derecho público surgido del procedimiento.

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