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Administrativo La Administración Pública Como Objeto Del Derecho Administrativo.


Enviado por   •  30 de Abril de 2012  •  977 Palabras (4 Páginas)  •  915 Visitas

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La Administración Pública como objeto del Derecho Administrativo.

Administrar significa, en términos generales, obrar para la gestión o el cuidado de determinados intereses, propios o ajenos. La administración pública puede ser definida como la actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de intereses colectivos. Esto se diferencia mucho de la administración privada, en la que el elemento primordial es la satisfacción de los intereses particulares, pero discrepo mucho de los doctrinantes que piensan que satisfacer dichos intereses tiene como connotación un fin egoísta[1], puesto que ciertas entidades de carácter administrativo realizan de igual forma aunque no siempre, labores para cumplir un fin común como por ej. Saludcoop, que realiza donaciones mensualmente a niños y familias desplazadas, de igual forma otorga programas de educación para las mismas.

Para precisar el concepto de función administrativa es necesario recordar la doctrina de la división de poderes. De acuerdo con tal doctrina, las funciones del estado pueden ser concebidas en dos sentidos diversos, uno material y otro formal. Desde el punto de vistas formal, las diversas funciones son definidas de acuerdo a la índole de los poderes: así, la legislativa es atribuida al congreso; la jurisdiccional, a los jueces y tribunales y la administrativa a los órganos colectivos.

Esta delimitacion no coincide en todo caso con la índole material de las distintas funciones. Puede ocurrir que un acto administrativo desde el punto de vista formal, sea, desde el material, jurisdiccional o legislativo, o que un acto realizado por el congreso o por los tribunales tenga, desde el segundo punto de vista, carácter administrativo.

En los estados modernos tanto la administración como la jurisdicción encuéntrase normativamente reguladas. Esta subordinación de las citadas funciones al orden legal es distinta en cada caso. Al ejercitar la de juzgar, el estado persigue la realización del derecho controvertido o incierto; al ejercitar la administrativa, tiende a realizar intereses generales.

Los procesalistas[2] han elaborado un criterio que permite distinguir claramente las funciones administrativa y judicial. Al realizar esta última, el estado obra por cuenta ajena, sustituyéndose a los particulares para la realización y tutela del derecho controvertido o incierto, en tanto que, al desempeñar la primera, obra por cuenta propia.

Entonces tenemos que la administración publica —para que se pueda ubicar su contexto—, debe ser entendida desde sus distintos aspectos, en efecto, la administración publica en sentido material u objetivo, es la actividad del estado encaminada a la satisfacción de intereses generales (sea cual fuere el órgano que la realice). En sentido formal, por administración pública se entiende todo acto del poder[3] ejecutivo (aun cuando tenga, desde el punto de vista material, carácter diverso).

Uniendo los dos aspectos podemos tener ya una visión mas esclarecedora de la administración pública, partiendo desde el ámbito formal hasta llegar al material, con ello se adiciona también su posterior legalización mediante estudio del Derecho Administrativo como sigue:

“es la actividad estatal que realiza los cometidos estatales en cuanto requieren ejecución practica, mediante actos jurídicos que pueden ser reglamentarios, subjetivos o actos acción y operaciones materiales destinados a satisfacer las necesidades del conglomerado social por medio de la legislación”.

Esto se plasma también en el llamado constitucionalismo

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