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Constituciones De Costa Rica


Enviado por   •  11 de Julio de 2011  •  3.007 Palabras (13 Páginas)  •  2.635 Visitas

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Costa Rica ha tenido las siguientes Constituciones:

Constitución de 1812 (Constitución de Cádiz), vigente en Costa Rica de 1812 a 1814 y de 1820 a 1821.

La Constitución española de 1812, también denominada La Pepa, fue promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812 en Cádiz. La importancia histórica de la misma es grande, al tratarse de la primera Constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. Respecto al origen de su sobrenombre, la Pepa, fue promulgada el día de San José. La constitución establecía el sufragio universal masculino indirecto, la soberanía nacional, la monarquía constitucional, la separación de poderes,1 2 la libertad de imprenta, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas.

Pacto de Concordia de 1821 (Pacto Social Fundamental Interino), vigente de 1821 a 1823.

El Pacto de Concordia fue la Constitución provisional de Costa Rica (1821-1823), denominada Pacto Social Fundamental Interino (o Pacto de Concordia) de la Provincia de Costa Rica. El 1° de diciembre de 1821 se presentó a la Junta de Legados el proyecto correspondiente, que fue discutido, reformado y aprobado en esa misma fecha, con el nombre de Pacto Social Fundamental Interino o Pacto de Concordia. El documento entró en vigencia con carácter provisional, a la espera de ser sancionado por una nueva asamblea de legados en enero de 1822.

Primer Estatuto Político de 1823, emitido el 19 de marzo de 1823; abrogado por el golpe de Joaquín de Oreamuno y Muñoz de la Trinidad el 29 de marzo de 1823.

El Primer Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica se promulga en 1823 por un Congreso general de la Provincia, dando por concluida la anexión al imperio mexicano. El Estatuto proclama la independencia de Costa Rica y le da como órgano de gobierno una junta de tres personas con sede en la ciudad de Cartago.

Como consecuencia de la caída de Iturbide debíamos definir nuestra situación.

Tampoco cambia lo referente a nacionalidad y religión, pero se le quitó a ésta lo de única y verdadera.

El gobierno consistía en una junta de 3 individuos: un jefe político, un intendente y un comandante general de armas y se llamó de Costa Rica. Residió en Cartago.

Los costarricenses debían contribuir en proporción de sus ingresos a los gastos de gobierno (impuestos). Durante su vigencia se dio el combate de Ochomogo (5 de abril de 1823), como consecuencia de la lucha entre ciudades por la capitalidad y otras diferencias entre ellas.

Segundo Estatuto Político de 1823, vigente de mayo de 1823 a marzo de 1824.

Sólo cambia en cuanto a la forma de gobierno el cual se compondría de cinco propietarios y dos suplentes, llamándose “Junta Superior Gubernativa de Costa Rica”, y el nombramiento duraba hasta la anexión o reforma del Estatuto, residiendo en San José, la capital, por declaración de la Asamblea General del 2 de marzo de 1823. Estas tres cartas constitutivas fueron de inmediato de origen español, provisional, unionista, detallado y reglamentista. Obedecieron a un mismo propósito político, no obstante las luchas de los partidos que contribuyeron a su formación.

Bases de Constitución Federal de 1823, vigente en Costa Rica de marzo a noviembre de 1824.

Se refería a la soberanía nacional, la división tripartita de poderes, el afianzamiento de los derechos del hombre y el ciudadano y la adopción de un sistema de gobierno republicano, representativo y federal. Indicaba que la religión sería la católica Romana, con exclusión del ejercicio público de cualquiera otra, lo cual implícitamente autorizaba el ejercicio privado de otros credos.

La segunda sección se refería al Poder Legislativo, que residiría en una sola cámara, denominada Congreso Federal, elegida sobre base numérica y renovable por mitades cada año, cuya función principal sería aprobar las leyes federales.

La tercera sección regulaba el Senado, compuesto por Senadores elegidos popularmente y renovable por tercios cada año. Al contrario de lo que ocurría en el sistema americano, donde el Congreso estaba formado por dos Cámaras, una de Representantes y otra de Senadores, las Bases diseñaban un sistema unicameral, ya que el Senado no tendría iniciativa en la formación de la ley, sino que se limitaría a darle o negarle la sanción. Le corresponderían además funciones de consejero forzoso del Poder Ejecutivo y algunas potestades contraloras.

La cuarta sección sobre el Poder Ejecutivo, que ejercería un Presidente elegido popularmente cada cuatro años, con posibilidad de ser reelegido para el período inmediato siguiente. El Presidente tendría muy limitados poderes, ya que no podría vetar los proyectos de ley y se limitaría a publicar los sancionados y cuidar de su observancia y del orden público, así como a dirigir la fuerza armada de la Federación

La quinta sección regulaba el Poder Judiciario. El máximo órgano de éste sería una Suprema Corte de Justicia.

La sexta sección se refería al Poder Legislativo de cada uno de los Estados federados

La séptima sección versaba sobre el Consejo Representativo, órgano de elección popular que en cada Estado daría la sanción o veto a las leyes aprobadas por el Congreso estatal y tendría otras funciones análogas a las del Senado federal.

La octava sección se refería al Poder Ejecutivo de los Estados, que ejercería un Jefe elegido popularmente. En su falta haría sus veces un Segundo Jefe, también elegido popularmente, que presidiría el Consejo Representativo, aunque sufragaría solamente en caso de empate.

La novena sección regulaba el Poder Judiciario de los Estados federados. En cada uno de éstos habría una Corte Superior de Justicia formada por jueces elegidos popularmente, que sería el tribunal de última instancia y a la cual correspondería hacer efectiva la responsabilidad de los altos funcionarios estatales.

La décima y última sección contenía disposiciones generales y enumeraba una serie de derechos y libertades públicas de la tradición liberal.

Constitución de la República Federal de Centroamérica de 1824, vigente en Costa Rica de 1824 a 1838.

La Constitución federal constaba de 211 artículos distribuidos en quince títulos. Su texto, en lo fundamental constituía un desarrollo pormenorizado de las Bases de Constitución Federal. Entre sus principales innovaciones cabe destacar su tratamiento

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