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DIVISION POLITICA TERRITORIAL


Enviado por   •  15 de Agosto de 2013  •  1.748 Palabras (7 Páginas)  •  1.325 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Politécnica Territorial del Estado Aragua

“Federico Brito Figueroa”

Comisión Académica del Programa Nacional de Formación Administración

Maracay – Estado Aragua

Maracay 04 de Julio 2013

I N T R O D U C C I O N

Realizaremos el presente trabajo, con el fin de profundizar nuestro conocimiento concerniente a la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, especialmente lo relacionado al tema del espacio Geográfico y la División Política Territorial de nuestra Nación, comprendido en los Artículos 16, 17 y 18 del Capítulo II, Titulo II. La importancia de organizar políticamente la República comprendida dentro del territorio Nacional, las Dependencias Federales, el desarrollo del Gobierno y el Poder Nacional y Municipal.

D E S A R R O L L O

El Territorio puede entenderse como la delimitación territorial donde un Estado ejerce y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución "los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad. El territorio constituye una unidad jurídica, puesto que todo el territorio forma parte de lo que se conoce como República Bolivariana de Venezuela.

Para realizar un análisis crítico sobre los sistemas de ejes fluviales, marítimos de espacio del territorio y demás espacios geográficos debemos primeramente hacer un breve resumen sobre la independencia de nuestro país. Cuando Venezuela proclamó su independencia de España (1810) su frontera oriental, en virtud del Utis Possidetis Juris, era el Río Esequibo. La controversia de los límites tuvo su origen en las sucesivas usurpaciones del territorio venezolano por parte de la Gran Bretaña entre 1840 y 1897.

Desde 1849 Inglaterra incorpora a su territorio 141.930 kilómetros cuadrados adicionales al oeste del río Esequibo, basada en un mapa trazado por el alemán Robert H. Schomburgk que lleva la línea sobre el Atlántico hasta la desembocadura del río Amacuro y al sur del Monte Roraima.

Ahora bien tanto el rio Orinoco como el Apure representa, un bastión tanto en el sentido histórico, geográfico, estratégico, hídrico, comercial, fluvial y de otro tipo que se encuentran en este eje.

El eje Orinoco – Apure surge con el nombre de Plan Nacional de Desarrollo Regional durante el periodo (1973 – 1978), en el primer mandato del Señor Carlos Andrés Pérez, como Presidente de la República de Venezuela. Este promulga un decreto en La Grita Estado Táchira" para el desarrollo del eje fluvial. En ese momento comienza este plan, auspiciado por el Ministerio del Ambiente los Recursos Naturales Renovables y No Renovables (actual Ministerio del Ambiente) y la oficina Proyecto Orinoco – Apure.

En el mandato del Dr. Jaime Lusinchi, (1984 -1989), específicamente en el año 1986, cuando se da inicio a la apertura del ansiado proyecto del eje fluvial Orinoco – Apure, con más de 1150 Kilómetros, que comprende los estados; Apure, Barinas, Guárico, Anzoátegui y Bolívar con influencia directa hacia Portuguesa, Monagas y Delta Amacuro.

Este eje comienza con la creación por parte del Estado Venezolano de tres puertos fluviales: Guasdualito, Santo Luzardo, Puerto Nutrias, población del mismo nombre, ambos en el estado Barinas y el Puerto de San Fernando de Apure.

El eje Orinoco – Apure tiene como objetivo fundamental la estructuración de un eje de desarrollo en el área de influencia inmediata de los ríos Orinoco y Apure, a través de la identificación, promoción y ordenamiento de una serie de actividades productivas y sociales capaces de generar un significativo proceso de ocupación territorial y servicios.

El artículo 11 de la Constitución Bolivariana de Venezuela establece los lineamientos acerca de cómo estará establecida la Soberanía de la República Bolivariana de Venezuela, y los espacios donde se ejercerá la misma. Tales como los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, además del suelo y el subsuelo de éstos, el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, sus productos derivados y los correspondientes intangibles que por causas naturales allí se encuentren. Además establece que la República tiene derechos sobre las áreas que son o puedan ser patrimonio de la humanidad, siempre y cuando se respete los términos, extensiones y condiciones establecidas en acuerdos internacionales y en la legislación venezolana.

Los derechos que un Estado ejerce sobre su territorio lo hace de forma tridimensional: espacio aéreo, espacio terrestre y espacio marítimo; y para ello el Estado cuenta con una serie de instituciones que salvaguardan y vigilan estos territorios, como lo son La Fuerza Aérea Venezolana, La Marina Mercante Venezolana y la Fuerza Armada Nacional. Los derechos que un Estado tiene sobre su territorio se dividen en:

Dominio Terrestre:

Constituido por la masa continental.

Dominio Marítimo:

• Mar territorial, que es

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