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Deerecho Comercial


Enviado por   •  3 de Abril de 2012  •  528 Palabras (3 Páginas)  •  639 Visitas

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DERECHO COMERCIAL:

¿DERECHO EXEPCIONAL O ESPECIAL?

Derecho excepcional: Derecho que presupone la existencia de normas de mayor alcance y jerarquía a las cuales se les introducen derogaciones o modificaciones en aspectos parciales. Es excepcional porque, en los aspectos modificados, contradice al Derecho común. Para integrar este Derecho habrá que recurrir a las normas del Derecho civil pues lo excepcional es de interpretación estricta.

Derecho especial: Derecho que regula una materia propia. No contradice el Derecho Común; sólo aparta categorías y las somete a un régimen específico. Para integrar este Derecho, habrá que recurrir a las leyes análogas comerciales, principios generales propios del Derecho comercial y a las doctrinas más recibidas en la materia.

Se discute si el derecho comercial es o no autónomo frente al derecho civil, toda vez que ambos derechos hacen parte de derecho privado, máxime que en nuestro país existen regímenes legislativos separados, pues contamos tanto con un código de comercio como con un código civil.

La distinción tiene importancia a los efectos integrativos. Para quienes sostienen que el Derecho comercial es excepcional, ante una laguna de la Ley comercial, hay que acudir a las normas análogas del Derecho civil puesto que lo excepcional debe aplicarse estrictamente. Para quienes entienden que es un Derecho especial, la laguna legal se debe integrar con el recurso a las leyes análogas, los principios generales del Derecho o las doctrinas más recibidas dentro del mismo Derecho comercial y, sólo cuando falte la solución en este ámbito, corresponde acudir al Derecho civil.

Es importante decir que, Una rama del Derecho tiene autonomía científica cuando es autosuficiente para integrar sus vacíos legales gracias a principios jurídicos que le son propios y exclusivos y que, precisamente, la diferencian de otras ramas del Derecho que no los poseen.

Pude deducir atravez de lo investigado que para algunos el derecho comercial es autónomo porque tiene principios propios que le sirven para integrar sus normas sin necesidad de utilizar los principios generales del Derecho establecidos en el Derecho Civil.

Hay quienes sostienen que es un Derecho especial pues no es una rama jerárquicamente inferior al Derecho Civil. Otros sostienen que es excepcional puesto que el Derecho Comercial necesita del Civil para la integración de sus vacíos.

Del examen de las distintas posiciones y sus consecuencias, resulta que no afecta mayormente la toma de una u otra tesitura. En efecto, sea cual fuere la posición que se adopte, la conclusión común es que el Derecho Civil cumple una función integradora del Derecho Comercial; mediata si se le considera derecho especial o inmediata si se le considera excepcional.

Hay

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