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Derecho Publico


Enviado por   •  7 de Julio de 2011  •  1.413 Palabras (6 Páginas)  •  1.339 Visitas

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Derecho público

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración entre sí.

La característica del Derecho público, tal como lo señala el prestigioso autor jurídico Julio Rivera, es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el Derecho privado). Son mandatos «irrenunciables y obligatorios», en virtud de ser mandados en una relación de subordinación por el Estado (en ejercicio legítimo de su principio de imperio). La justificación es que regulan derechos que hacen al orden público y deben ser acatados por toda la población.

También se ha definido al Derecho público como la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de supraordenación y de subordinación entre el Estado y los particulares y las relaciones de supraordenación, de subordinación y de coordinación de los órganos y divisiones funcionales del Estado entre sí.

Caracterización y distinción

Tradicionalmente, el Derecho se ha dividido en las categorías de Derecho público y de Derecho privado. No obstante esta división ha sido ampliamente criticada y en la actualidad no tiene tanta fuerza, ante la aparición de parcelas del ordenamiento jurídico en las que las diferencias entre lo público y lo privado no son tan evidentes. Aunque generalmente el Derecho público hace referencia a las normas que ordenan y regula a los órganos públicos (estatales) entre sí, y entre los privados y públicos.

Asimismo, habitualmente se suele definir el Derecho público por contraposición al Derecho privado. Sin embargo, se ha estimado que la clasificación o distinción entre Derecho público y privado debe ser tomada con prudencia, al considerársele poco atractiva desde el punto de vista científico.

Como diferencias entre Derecho privado y Derecho público se suelen mencionar las siguientes:

 Mientras que en el Derecho público predominaría la heteronomía y las normas de corte imperativo u obligatorio, en el Derecho privado se haría prevalecer la autocomposición de los intereses en conflicto y las normas de corte dispositivo (normas que actúan en el caso de no haber acuerdo o disposición contractual previa entre las partes implicadas).

 Las partes en el Derecho privado se suponen relacionadas en posiciones de igualdad, al menos teórica. La típica relación de Derecho público, en cambio, estaría marcada por una desigualdad derivada de la posición soberana o imperium con que aparece revestido el o los organismos públicos (poderes públicos) que en ella interviene.

 Se dice que las normas de Derecho privado tenderían a favorecer los intereses particulares de los individuos, mientras que en las normas de Derecho público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

Principios de Derecho público

Los principios del Derecho público pueden varían de un Estado a otro. Sin embargo, la doctrina jurídica moderna ha establecido dos de manera prácticamente unánime: el principio de legalidad, es decir, someter al Estado al cumplimiento del ordenamiento jurídico, y todos los principios para el mantenimiento del desenvolvimiento del Estado democrático, es decir, que permitan la mayor realización espiritual y material posible.

Tradicionalmente los principios de Derecho público se suelen contraponer con los principios de autonomía de la voluntad y de igualdad de partes del Derecho privado.

Principio de legalidad

Es un principio fundamental del Derecho público conforme al cual todo ejercicio de potestades debe sustentarse en normas jurídicas que determinen un órgano competente y un conjunto de materias que caen bajo su jurisdicción. Por esta razón se dice que el principio de legalidad asegura la seguridad jurídica.

Potestad de imperio

El Estado y sus órganos, en sus relaciones con los particulares dentro del Derecho público, no actúa situado dentro de un plano de igualdad, sino en uno de desigualdad, derivado de la posición soberana o imperium con que aparece revestido, ejerciendo una potestad pública.

Derecho Privado

Es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo,

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