ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Diferencias Entre Derecho Civil Y Mercantil


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  321 Palabras (2 Páginas)  •  33.742 Visitas

Página 1 de 2

-Derecho civil tiene como materiafundamental de estudio los derechos yobligaciones de la persona desde sunacimiento, hasta su muerte.

El Derecho Mercantil únicamente regula unaparte de la actividad humana, la actividadprofesional del comerciante

-El derecho civil es un derecho común.

El derecho Mercantil en cambio es underecho especial.

-El derecho civil regula la vida y la muerte, Ej.La Sucesión hereditaria.

El derecho Mercantil regula únicamente lavida

-En la contratación Civil no se necesita tenerningún tipo de profesión para poder llevar acabo dichos contratos.

En el contrato Mercantil, es indispensable quepor lo menos una de las partes seacomerciante. Art. 2036 C.C. y 1 Y 5 C.Com.

-Los Negocios jurídicos en lo civil, pueden serlucrativos o de forma Gratuita.

En el Derecho Mercantil todos los negociosque se den, son eminentemente Lucrativos.

-Toda asociación que se crea deberá serinscrita en el Registro civil.

Toda sociedad que se crea deberá ser inscritaen el Registro Mercantil o bien en el Registrode mercados de valores.

-Los cónyuges no pueden constituir sociedadcivil salvo que lo hagan como socios terceraspersonas. Art. 1736 C.C.

Los cónyuges si pueden crear sociedad. Art. 19C.Com.

-En la Compraventa civil se prohíbe laretroventa Art. 1791 C.C.

En el Derecho Mercantil si está permitida laretroventa.

-El Derecho Civil es eminentementeFormalista.

El derecho Mercantil es anti formalista, aexcepción de algunos contratos que requierensolemnidades especiales. Art. 671 C.Com.

-Todo el Derecho Civil se rige por sus propiasleyes Civiles.

Mientras el Derecho Mercantil se rige por susleyes Mercantiles y supletoriamente con lasleyes civiles en lo que no regula Art. 1 y 694C.Com.

-En caso de Mora en el Derecho Civil tieneque existir Requerimiento Notarial o JudicialArt. 1428 y 1430 C.C.

La Mora en lo Mercantil es automática. Art.677 C.Com.

-La solidaridad civil debe de ser expresa. Art.1353 C.C.

La solidaridad en Mercantil se presume. Art.674 C.Com.

-Las sociedades civiles no están sujetas apublicidad para poder constituirse.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com