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Estructura Política En La Nueva España, Análisis De Los Cargos De Corregidor Y/o Alcalde Mayor: Para Una Diferenciación Poco Explicada


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  1.872 Palabras (8 Páginas)  •  1.187 Visitas

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Gilberto Pérez Argüelles.

Trabajo Modulo II

TEMA: Impacto de la conquista española entre las poblaciones indígenas mesoamericanas. Política.

Título. “Estructura política en la Nueva España, análisis de los cargos de Corregidor y/o Alcalde mayor: para una diferenciación poco explicada”

Partiendo de la esfera política, en el presente ensayo se pretende hacer una explicación en términos generales de la diferencia entre dos figuras en la estructura política de la Nueva España, me refiero a las figuras de Alcalde mayor y Corregidor, sobre todo pensado en la forma que impactaron a las sociedades mesoamericanas. ¿A qué obedece esta idea? Pues en realidad surge por la poca información que se otorga al momento de explicar la estructura política de la Nueva España, pues de cierta forma las figuras anunciadas aparecen como si fueran las mismas, aunque tienen similitudes, no debemos pensar que son lo mismo.

En épocas de sociedades mesoamericanas, la estructura política estaba conformada, por medio de jerarquías bien definidas, la existencia del Huey Tlatoani en el caso de los mexicas daba por sentada una forma de liderazgo dirigido desde la visión de una persona. Debajo a esta figura aparecen los pillis grupo conformado por la nobleza mexica, donde por medio de lazos sanguíneos los herederos desde el nacimiento eran educados para labores de gobierno, mismos que por medio de los Calpullis encabezaban las riendas de la estructura política de esta cultura, desde luego esta estructura contenía figuras como ancianos, sacerdotes, guerrero, etc. Con la conquista de la Corona española en tierras mesoamericanas se inicia una serie de cambios en la estructura política, pues en el caso de los recién llegados, aparece una nueva forma de gobernar. Aunque se trataba también de una ordenación jerárquica ésta era mucho más amplia y compleja. En el caso de la organización política recién llegada a la Nueva España, es importante decir que el análisis de esfera debe realizarse con la idea de intentar comprender lo no existencia de un Estado Nacional, tal como lo conocemos ahora, se trataba entonces de una organización que controlaba ámbitos jurídicos y culturales, donde por medio de controles diseñados por la Monarquía, ésta tenía influencia en sectores de la vida cotidiana, tanto en la creación de leyes y su aplicación, como aspectos sociales relacionados, por ejemplo con la religión. Ideas de laicismo o democracia no se buscaban, al contrario la población en gran medida se encontraba complacida con la Monarquía como forma de gobierno.

Con respecto al monarca de España, podemos mencionar las siguientes características para ilustrar la importancia de su papel como tal, tenemos, que su principal atributo era la justicia, las decisiones debían ser guiadas bajo el supuesto de garantizarla. Al mismo tiempo era juez de jueces, todo estaba vinculado a él, pues era la cabeza de un sistema corporativo cuya existencia debía obedecerle y serle fiel. El monarca de España controlaba a la vez la esfera espiritual, la religión en gran medida obedecía ideas originadas desde la Monarquía. Debajo de esta figura desde España se encontraba el Consejo de Indias, “inspirados en Aragón y Castilla, [era un] tribunal supremo, de apelación respecto en algunos asuntos de cierta cuantía ya decididos en la colonia” Esta institución tenia influencia en aspectos de Hacienda, Guerra, Policía, entre otras más. No tenía sede, contaba con un presidente y 12 consejeros. Estas personas proponían leyes al rey, personajes para cargos y autorizaba la impresión de libros. Con respecto a su origen, “Este consejo fue formado en 1519, como sección dentro del Consejo de Castilla, e independizado en 1524…tenía un secretario para la Nueva España, otro en Perú, y un fiscal, todos designados por la Corona” Esta institución fue vehículo de cambio en las formas de gobierno, pues en realidad logró en gran medida la defensa de los derechos de los indios de la Nueva España. Debajo de estas dos instituciones aparecía el Virrey, “…fueron generalmente nobles con experiencia militar eran considerados como alter ego del rey, y por tanto todo atentado contra su persona era tenido como delito de lesa majestad” Se trataba de la representación simbólica y directa del rey de España en sus colonias. Entre algunas de funciones se puede destacar, jefe de función de guerra, protector de indios, presidente del juzgado general de indios etc. aparece en la Nueva España en 1535. Un peldaño inferior estaba ocupado por la Real Audiencia, “inspirada en antecedentes españoles, fueron organismos sobre todo judiciales, pero al mismo tiempo gubernativos y legislativos.” En el caso de la audiencia de la Nueva España era la única con carácter de “Audiencia Virreinal” misma que se encontraba presidida por el Virrey mismo. Continuado en orden descendente aparece la figura del Gobernador, se trataba de una figura con responsabilidad administrativa que se encontraba en las provincias, casos como la Nueva Galicia, o la Nueva Vizcaya, este cargo tenía entre sus responsabilidades, “…las mismas que los virreyes, es decir representaban la misma autoridad…aunque estas autoridades tenían extensos poderes, [sólo] en algunas materias debían obediencia al virrey” . La figura de gobernador de provincia se mantiene hasta las reformas borbónicas. Debajo de los gobernadores de provincia, en distritos y ciudades aparecen Alcaldes mayores y/o Corregidores, “la diferencia entre Corregidores y Alcaldes mayores es materia de controversia, se parecen mucho. Ambos eran responsables de la paz en términos en el terreno a ellos atribuido” . En el último peldaño se aparecían alcaldes ordinarios de los cabildos municipales y algunos corregidores especiales para pueblos indios , puestos que se encargaban de gobernar en casos menores, desde luego a escala local.

LOS CORREGIDORES. Y/O ALCALDES MAYORES.

En el caso de los Corregidores debían impartir justicia y

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