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Evolucion Del Presupuesto Publico En Venezuela


Enviado por   •  31 de Enero de 2014  •  2.706 Palabras (11 Páginas)  •  932 Visitas

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Puede decirse que siempre ha existido en la mente de la humanidad, la idea de presupuestar, lo demuestra el hecho de que los egipcios hacían estimaciones para pronosticar los resultados de su cosecha de trigo, con objeto de prevenir los años de escasez, y que los romanos estimaban las posibilidades de pago de los pueblos conquistados, para exigirles el tributo correspondiente. En los antiguos imperios que surgieron en Egipto y en Babilonia, se conformaron gobiernos centralizados, con administraciones dotadas de una organización capaz de emprender grandes obras materiales, donde la programación de gastos en relación a los ingresos no podía estar ausente. Del mismo modo, en las ciudades griegas se lograron importantes avances en la organización de la Hacienda Pública, hasta el punto de que se ha afirmado la existencia de presupuestos públicos con fundamento en el siguiente texto de Aristóteles: “ quien quiera administrar la Hacienda debe conocer cuáles y cuántos sean los ingresos del Estado a objeto de poderlos aumentar si no fueran suficientes para cubrir los fines previstos, debe también conocer todos los gastos para eliminar los superfluos y reducir los que sean excesivos”.

Desde luego, analizando sus aspectos más simplistas es posible también suponer que el presupuesto surgió espontáneamente al igual que la planificación, desde los orígenes del hombre, o por lo menos, cuando este aprendió a contar y a valorizar.

Sin embargo, no fue hasta fines del siglo XVIII cuando el presupuesto comenzó a utilizarse como ayuda en la Administración publica, al someter el Ministro de finanzas de Inglaterra a la consideración del parlamento, sus planes de gastos para el periodo fiscal inmediato siguiente, incluyendo un resumen de gastos del año anterior, y un programa de impuestos y recomendaciones.

En 1820, Francia y España adoptan el sistema en el sector gubernamental y los Estados Unidos lo acoge en 1821, como elemento de control del gasto público y como base en la necesidad formulada por funcionarios, cuya función era presupuestar para garantizar el eficiente funcionamiento de las actividades gubernamentales.

En Venezuela, a raíz de la declaración de la independencia en el año 1811, nace la primera Constitución en la que se le da formalidad jurídica al funcionamiento de la República. Dada la influencia que para aquel entonces se tenía de España, por haber formado parte de sus colonias, se hace referencia de forma explícita, en dicho documento, específicamente en el Artículo 102 , a la forma como van a ejecutarse los ingresos y gastos públicos: “…Todos los años el ejecutivo presentará al Congreso en sus dos Cámaras, una razón circunstanciada del estado de la nación en sus rentas, gastos y recursos, indicándole las reformas que deban hacerse en los ramos de la administración pública…”

Dos nuevas Constituciones fueron decretadas posteriormente, la de 1819 y la de 1821. Esta última establece, en su Sección Segunda Artículo 55: “…Son atribuciones exclusivamente propias del Congreso:…”, Numeral 1:”… Fijar cada año los gastos públicos en vista de los presupuestos que le presenta el Poder Ejecutivo…”. Como se aprecia hay más claridad en el hecho de la obligación que tiene el ejecutivo anualmente de presentar un presupuesto al Congreso de la República.

En el año 1830, se separa Venezuela de la Gran Colombia y es redactada una nueva Constitución. En ésta se especifica, no solo la obligatoriedad del ejecutivo de formular un presupuesto anual que contenga los gastos públicos a realizar, sino la potestad del Congreso para decretar sumas extraordinarias para gastos imprevistos. Así, se establece en el Título 14, Artículo 87: “…El Congreso tiene la potestad de decretar los gastos públicos en vista de los presupuestos que le presente el ejecutivo por las respectivas secretarías y una suma extraordinaria para los gastos imprevistos…”

Los años 1857, 1858, 1864, 1874, 1881, 1891, 1893 y 1901 fueron reflejo de la aprobación de nuevas constituciones, pero fue en la última, la Constitución de 1901, donde se establece la obligatoriedad de presentar un Presupuesto que refleje no solo el gasto público sino las rentas en las que se sustenta. Lo anterior queda plasmado en la Sección V, Artículo 54, “…El Congreso de los Estados Unidos de Venezuela tiene las atribuciones siguientes…:” Numeral 18: “...Discutir y sancionar el Presupuesto General de rentas y gastos públicos que en ningún caso dejará de votarse cada año…”

Entre los años 1901 y 1931 fueron decretadas 8 constituciones más, todas establecen al igual que las anteriores el rol del Congreso en la aprobación del Presupuesto General de Rentas y Gastos del Estado sin más profundidad que las anteriores. Sin embargo, la Constitución de 1931 en su Sección VI, Articulo 78, establece “…La cámara de diputados y la del senado, tienen las siguientes atribuciones…”: Numeral 13 “…En la Ley de Presupuesto General de Rentas y Gastos Públicos, fijará el Congreso Nacional la partida o partidas en globo que se destinen a cubrir erogaciones sobre pensiones civiles, jubilaciones, retiros y montepíos militares y el ejecutivo federal las distribuirá debidamente…”. Como se puede apreciar, se hace especial énfasis en el apartado que debe realizar el ejecutivo para el pago de las pensiones y jubilaciones de los empleados públicos, así como del personal militar.

La Venezuela petrolera sustituyó a la Venezuela agraria de la época anterior (1830-1936). Aunque el petróleo hizo su presencia durante el tiempo que gobernó Juan Vicente Gómez (1917-1935), la estructura económica sólo varía, propiamente, con la aplicación de los ingresos a las modificaciones de la infraestructura material del país, a partir del Programa de Febrero que el presidente Eleazar López Contreras diseñó y comenzó a poner en vigencia desde 1936: carreteras, construcciones escolares, sanidad, edificaciones públicas, proceso industrial. Aunque el Programa de Febrero no produjo cambios profundos en la Venezuela de comienzos del siglo XX, fue el primer gran proyecto de reforma del Estado moderno venezolano.

La importancia de la industria petrolera se refleja en el proceso histórico del presupuesto nacional. En 1936, cuando comienza el período, los ingresos están situados en 274 millones de bolívares; en 1945 habían subido a 713 millones; en 1946 pasan a 1.099 millones.

Es por esto, que la formulación y ejecución del Presupuesto de Rentas y Gastos exige la existencia de una normativa más específica para su contenido. Dado lo anterior, es promulgada la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 210 Extraordinario, de fecha 30 de septiembre de 1948. Dicha ley fue producto de varias reformas siendo

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