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Eficacia y autoridad de la sentencia judicial


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  Ensayos  •  833 Palabras (4 Páginas)  •  648 Visitas

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Eficacia y autoridad de la sentencia judicial.

-Eficacia: Las resoluciones judiciales requieren cumplir determinadas formalidades para validez y eficacia, siendo la más común la escrituración o registro (por ejemplo, en audio), según sea el tipo de procedimiento en que se dictan.

-Autoridad: La sentencia judicial es la resolución más importante pues pone fin al proceso.

Impugnabilidad de las resoluciones judiciales.

*Teoría General: Las resoluciones judiciales serán impugnables sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos.

Las impugnaciones, según el caso, tienen por objeto examinar si en la resolución recurrida no se aplicó la Ley correspondiente o se aplicó inexactamente; si se violaron los principios reguladores de la valoración de la prueba, o si se alteraron los hechos.

Al referirnos a las razones, para nosotros, fundamentalmente de la unidad del derecho procesal, advertimos que en todo proceso existe un principio general de impugnación, o sea que las partes deben contar con los medios para combatir las resoluciones de los tribunales, si estas son incorrectas, ilegales, equivocadas o irregulares o pronunciadas sin apego a derecho.

*Vías Impugnativas: Otra de las innovaciones de verdadera trascendencia, que introdujo la ley federal del trabajo en 1970, en relación con la de 1931, la encontramos en las vías para impugnar la competencia.

Al amparo de la ley anterior, existía como una calca del derecho procesal civil, dos vías para impugnar la compendia, que eran la vía declinatoria y la vía inhibitoria. La declinatoria, que es aquella que se promueve ante el juez que se considera incompetente, para que decline su competencia y la inhibitoria, que es aquella que se promueve contra el juez, que se considera competente, y así con su competencia le diga a otro juez que se considera incompetente, que la decline y remita lo actuado.

Las cuestiones de competencia pueden promoverse únicamente por declinatoria.

*Clasificación. Los que pretenden la corrección de los actos o resoluciones ante el mismo órgano electoral partidario del cual emanaron (por ejemplo, las observaciones y las aclaraciones).

Los que se interponen dentro del mismo procedimiento, ante el órgano electoral superior, contra las violaciones cometidas tanto en el procedimiento como en el fondo de las resoluciones.

-Revocatoria:

Se trata de un recurso horizontal, es decir del cual conoce el mismo juez que dictó la resolución. La revocatoria debe ser fundamentada, no procede contra todas las resoluciones, se limita a los autos, también puede llevarse a cabo por el juzgador, debe pedirse dentro del plazo legal correspondiente. En el proceso penal la interposición del recurso de revocatoria debe ser mediante escrito fundado, dentro del plazo de tres días siguientes a la notificación, salvo en las audiencias orales.

-Apelación:

Consiste en que el superior en grado examina nuevamente lo resulto por el inferior para

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