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Geopolitica De Venezuela


Enviado por   •  27 de Enero de 2012  •  2.794 Palabras (12 Páginas)  •  1.069 Visitas

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Republica bolivariana de Venezuela

Ministerio de educación superior

Universidad bolivariana de Venezuela

Misión sucre

Núcleo: Evelia A. de Pimentel

Cátedra: soberanía y geopolítica venezolana

Alumna:

Ysquel torres CI.: 18.918.519

Profesor: Gustavo Abreu

Estudio jurídico 6º semestre

Maracaibo, 29 de enero de 2012

Desarrollo:

1º definir el principio del estado soberano en la libre determinación de los pueblos del ejercicio de la soberanía en el Art. 15 de la constitución de la republica bolivariana de Venezuela:

Es preciso comenzar haciendo referencia a la dificultad para abordar e intentar resolver las cuestiones que suscita el principio de autodeterminación o libre determinación de los pueblos, por diversos motivos:

1.- Las definiciones, conceptos y principios tienen límites imprecisos.

2.- Se trata de un ámbito muy influido por sentimientos y

Apasionamientos irracionales (vinculación histórica con el movimiento

Romántico).

3.- Hasta la fecha se han producido escasas aproximaciones doctrinales,

al menos en España.

4.- Existencia en nuestra patria de un complejo entre los que se oponen

al reconocimiento del derecho de autodeterminación de los pueblos con el

Carácter de absoluto, general e incondicional que le confieren las fuerzas

nacionalistas que lo invocan.

“EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS Y DE LA

LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS.

En virtud del principio de la igualdad de derechos y de la libre

determinación de los pueblos, consagrado en la Carta, todos los pueblos

tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su

condición política y de proseguir su desarrollo económico, social y

cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de

conformidad con las disposiciones de la Carta.

Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción

conjunta o individual, la aplicación del principio de la igualdad de

derechos y de la libre determinación de los pueblos, de conformidad con

las disposiciones de la Carta, y de prestar asistencia a las Naciones Unidas

en el cumplimiento de las obligaciones que se le encomiendan por la Carta

respecto de la aplicación de dicho principio, a fin de:

a) Fomentar las relaciones de amistad y la cooperación entre los

Estados; y

b) Poner fin rápidamente al colonialismo, teniendo debidamente

en cuenta la voluntad libremente expresada de los pueblos de que se trate;

y teniendo presente que el sometimiento de los pueblos a la

subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una

violación del principio, así como una denegación de los derechos humanos

fundamentales, y es contraria a la Carta de las Naciones Unidas.

Todo Estado tiene el deber de promover, mediante acción

conjunta o individual, el respeto universal a los derechos humanos y a las

libertades fundamentales y la efectividad de tales derechos y libertades de

conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre

asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de

cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo

constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese

pueblo.

Todo Estado tiene el deber de abstenerse de recurrir a cualquier

medida de fuerza que prive a los pueblos antes aludidos en la formulación

del presente principio de su derecho a la libre determinación y a la

libertad y a la independencia.

Formas de ejercicio del derecho de libre determinación de

los pueblos.

El contenido de este derecho se concreta en el párrafo séptimo del

apartado “El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación

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