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HISTORIA UNIVERSAL DEL DERECHO


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  6.693 Palabras (27 Páginas)  •  422 Visitas

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HISTORIA UNIVERSAL DEL DERECHO

SARA BERTHA MORGA ARIAS

LIC. EN DERECHO

SEPTIEMBRE DE 2013

Saber_morga@hotmail.com

CONCEPTO DE ROMANIZACION

 Romanización: es el proceso de aculturación que experimentaron las diversas regiones conquistadas por Roma, por el que dichos territorios incorporaron los modos de organización político-sociales, las costumbres y las formas culturales emanadas de Roma o adoptadas por ella. En el caso correspondiente a la península Ibérica, fue de diferente intensidad según las zonas —mayor en el sur y este peninsulares— y se produjo en distintos momentos (más tardío en el oeste y norte).

EL PROCESO DE ROMANIZACION

LAS FASES Y FORMAS:

En la primera fase se procedió a la conquista militar de la zona cartaginesa.

En una segunda fase, iniciada cuando aún gran parte de lo que será Hispania no había sido conquistada, se procedió a una asimilación cultural del territorio.

En resumen las fases del tema serían:

 Adopción del latín, primero de forma oficial e inicialmente por parte de las élites.

 Penetración de las costumbres: ropas, arquitectura, etc.

 Penetración de las religiones existentes en Roma, tanto la propia como las orientales: cultos a Cibeles, Mitra y Jesús.

 Adopción de bienes materiales romanos y progresiva introducción de las materias primas y tecnologías necesarias para producirlos. Eso comporta además la adopción de la moneda y el sistema de unidades de medida romano, etc.

 Adopción progresiva del latín por parte de los estratos populares.

 Aceptación generalizada del derecho romano.

 Abandono definitivo de ciertos elementos autóctonos y homogeneización de la cultura material con la metrópoli romana.

 El culmen de la romanización llegó en algunos lugares con la concesión del la ciudadanía romana a los habitantes del lugar, que fue general en el año 212.

CULTURA SOCIAL Y POLITICA DE LOS VISIGODOS

 La Hispania visigoda es la denominación del período histórico que abarca el asentamiento del pueblo visigodo en la Península Ibérica, entre mediados del siglo V y comienzos del siglo VIII.

Aspectos demográficos

 En cualquier caso, los godos debieron formar una minoría que se supone que empezaría a estar integrada en la sociedad hispanorromana. Su número no ha sido precisado con exactitud por historiador alguno, pero los cálculos más fiables hablan de entre 150.000 y 200.000 visigodos instalados en la península, sobre una población de cuatro millones de hispanorromanos.

ECONOMIA

 La sociedad visigoda estaba dominada por las actividades de carácter agrícola y ganadero. En este punto continuaron la misma actividad económica de la Hispania romana, con los mismos cultivos, introduciendo alguno nuevo, como el de las espinacas o la alcachofa. La explotación de la tierra seguía organizada en torno a grandes villae. Una villa estaba dividida en reserva y mansos. No obstante, la mano de obra no era ya esclava, sino que se trataba de colonos, lo cual se había iniciado en la época del Bajo Imperio.

INSTITUCIONES POLITICAS

 La monarquía

 El rey era el jefe supremo de la comunidad. La institución monárquica llevaba largo tiempo afianzada en el pueblo visigodo (germano) cuando éste llegó a la Península. Los reyes debían ser de condición noble y accedían al trono mediante un sistema electivo en el que intervenían los obispos y los magnates palatinos. Junto al rey estaba el Aula Regia, consejo asesor.

FORMA DE GOBIERNO

 La forma de gobierno de la sociedad hispano-visigoda era la monarquía electiva, es decir la nobleza elegía al sucesor del rey de entre los nobles visigodos. No era por tanto, hereditaria aunque los reyes intentaban que la sucesión recayera en sus hijos.

 En un principio tuvieron su capital en Barcelona, pero el rey Leovigildo establece la capital del reino visigodo en Toledo en el año 576.

Rey Leovigildo

QUIENES ERAN FACULTADOS PARA REGIRSE POR EL DERECHO DE ROMA

 En la expansión de la cultura romana en la península, cada pueblo vive sujeto a su derecho. A medida que la expansión ponía en contacto Roma con otros pueblos vivieron diversos grados de implantación del derecho romano:

 1.- los ciudadanos romanos se rigen por el derecho romano, 2.- los peregrinos eran extranjeros que viven dentro de las fronteras del imperio, se rigen por su propio derecho, 3.- los latinos eran unos estatus intermedio por concesión de Roma, facultados para regirse por el derecho romano.

EL LIBER IUDICIORUM

 fue un cuerpo de leyes visigodo, de carácter territorial, dispuesto por el rey Recesvinto, concluido en el año 654, compuesto por doce volúmenes También es conocido como Código de Recevinto, Libro de los Jueces.

 Un motivo que hace especialmente memorable el reinado de Recesvinto es la finalización de esta obra emprendida por Chindasvinto, tendente a la fusión de godos e hispanorromanos en un solo pueblo, recopilando y unificando la legislación existente en el llamado Liber Iudiciorum. Una de las medidas de Recesvinto que más contribuyó a la fusión de pueblos fue la abolición de la legislación anterior, que prohibía los matrimonios mixtos entre godos e hispanorromanos.

COMO NACE EL DERECHO CANONICO

 Los orígenes del Derecho canónico se remontan al Nuevo Testamento. fue la obra realizada en el siglo VI por Dionisio el Exiguo. Tradujo al latín los cánones de los concilios orientales y añadió 39 decretos papales.

 Derecho canónico es el derecho de la Iglesia Católica. En la Iglesia,

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