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INSTITUCIONES JURIDICAS


Enviado por   •  9 de Junio de 2013  •  762 Palabras (4 Páginas)  •  785 Visitas

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INSTITUCIONES JURIDICAS

Las instituciones jurídicas indianas, desde el descubrimiento, son un trasplante de las castellanas, debido a que los territorios descubiertos se incorporan a la Corona de Castilla, siendo este Derecho, y no otros, el que rige la vida indiana (v. DERECHO INDIANO). Las instituciones que se crean en los territorios americanos

se van adaptando a lo largo de los tres siglos de permanencia de España en América a las peculiaridades y necesidades de los nuevos territorios.

La unidad de criterios con el Derecho castellano es mucho mayor en el Derecho privado que en el público, en el que las peculiaridades americanas propician modificaciones sustanciales. Hay que tener en cuenta que a partir de la firma de las Capitulaciones de Santa Fe (v. CAPITULACIONES DE INDIAS) se organiza territorialmente un espacio geográfico aún desconocido, estableciéndose las bases jurídicas de su gobierno. A Cristóbal Colón (v.) se le conceden los títulos de Virrey, Almirante y Gobernador, sin que se pueda precisar exactamente el alcance que para la Corona y Colón tenían tales nombramientos.

Establecida la empresa de las Indias como monopolística y personal de los Reyes Católicos (v.) y Colón, se propicia la implantación de las primeras I. de I.: adelantamiento, en la persona de Bartolomé Colón, y la organización del primer cabildo. La realidad económica de la nueva tierra y los errores gubernativos del Almirante hacen a la Corona retomar el control sobre toda la tarea colonizadora, y, sin abandonar el control de los descubrimientos, permiten la intervención de la iniciativa privada mediante «capitulaciones», lo que posibilita un enorme potencial humano y abundantes recursos económicos, ambos fuera del alcance de la Corona por otros medios.

3.7.1 CAPITULACIONES

Capitulaciones significa “asiento, concierto, acuerdo, convenio, pacto o contrato “se trata de un documento público, que se divide en párrafos o capítulos,

en el que se hace costar un mutuo compromiso entre la corona y otra u otras personas individuales o colectivas, a fin de llevar a cabo tareas de descubrimiento, conquista, fundación o colonización.

Las capitulaciones fueron el instrumento más usual empleado por España para realizar una conquista tan vasta que, de haberla emprendido la corona de manera directa, le hubiera resultado sumamente onerosa. De hecho, la capitulación es una figura del derecho castellano que solamente se trasplanto al derecho indiano.

Las capitulaciones indianas podían ser firmadas directamente por el monarca o por alguno de sus representantes, como el virrey.

Las capitulaciones no fueron la única base jurídica de las intervenciones. Únicamente fungían como un permiso del rey al caudillo conquistador; y junto

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