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La Formulación De Una Acusación Exactamente Determinada Y 2. Las Formas De Interrogación Y Demás Actos De Instrucción.


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2012  •  3.385 Palabras (14 Páginas)  •  3.216 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACÓN UNIVERSITARIA

ALDEA EZEQUIEL ZAMORA

MATERIA: DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS PROCESALES

VIII SEMESTRE FINES SEMANA

1. La Formulación de una Acusación exactamente determinada y 2. Las Formas de Interrogación y demás actos de Instrucción.

Profesora: Autores:

Nelly Echezuría Jackeline Hernandez

V-9761223

José García

V- 12.252.861

Néstor Ramos

V- 13609230

Eli Lerma

V- 15560361

Juana Aguilar

V- 11.836.502

Ángel Balagay

V- 5.526974

Mérida Moreno

V- 3804298

Cúa, 05 de Noviembre de 2011.

ÍNDICE

Introducción

Índice

Las Formas de Interrogación

Actos de Instrucción.

Definición.- Interrogatorio

De la declaración del imputado

Del Interrogatorio

La Formulación de una Acusación exactamente determinada

Definición.- Acusación

La acusación hasta la finalización de la fase preliminar

Conclusión

Bibliografía

INTRODUCCIÓN

El interrogatorio en el Derecho procesal, es la serie o catalogo de preguntas que se hacen a las partes y los testigos para probar o averiguar la verdad de los hechos. Los Códigos Procesales regulan las formulas de proceder a los interrogatorios que varían mucho en las diversas legislaciones

En la Fase Preparatoria las formas de interrogación serán dadas por el Fiscal del Ministerio Público y los especialistas.

Declaración del imputado, el imputado declarará durante la investigación ante el funcionario del Ministerio Público encargado de ella.

Se abre el interrogatorio inicial, el fiscal cita a la parte victimaria, siempre y cuando la víctima quiera seguir con el proceso (víctima y victimario).

Actos de instrucción: Estos actos se denominan actos procesales y están causados casi exclusivamente por las partes y el órgano jurisdiccional.

Clases de actos procesales:

Criterio subjetivo y funcional.

Actos de parte

Actos de petición

Actos de alegaciones

Actos de prueba

Actos de conclusión

Actos procesales del juez:

Resolución gubernamental

Resolución jurisdiccional

Providencias

Autos y Sentencias

Por su finalidad:

Actos del secretario judicial.

La formulación de una acusación exactamente determinada:

Definición.- acusación Según, Manuel Osorio (2000). Define, En general se entiende por acusación, la que se ejercita ante el juez o tribunal de sentencia, contra la persona que en el sumario aparece como presunta culpable.

Acusación: “Art. 326.C.O.P.P. Cuando el Ministerio Público estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado o imputada, presentará la acusación ante el tribunal de control.”

LAS FORMAS DE INTERROGACIÓN.

DEFINICIÓN.- INTERROGATORIO

Según, Manuel Osorio (2000). En Derecho procesal, la serie o catalogo de preguntas que se hacen a las partes y los testigos para probar o averiguar la verdad de los hechos. Los Códigos Procesales regulan las formulas de proceder a los interrogatorios que varían mucho en las diversas legislaciones.

Según el Autor (2011). En la Fase Preparatoria las formas de interrogación serán dadas por el Fiscal del Ministerio Público y los especialistas, veamos el C.O.P.P donde establece la declaración del imputado, concatenado con el Art. 49 Num. 5 de la Carta Magna (en adelante CRBV), posteriormente el Art. 125 Num. 6 C.O.P.P. de los derechos del imputado. Y por ultimo el Art. 356 C.O.P.P del Interrogatorio y sus formas.

Análisis: Según el Autor (2011). Dice, Indudablemente que si es flagrancia no se presentara por su propia voluntad, pero si lo hará cuando la parte interesada quiere aclarar la situación anormal en la que se encuentra como imputado, en este caso el que denuncia o la victima comparece ante la fiscalía que corresponda y darán cita para que se presente el imputado (véase el Art. 130 C.O.P.P), Aunque halla sido denunciado y este en un proceso como imputado, es obligatorio que se tomen en cuenta, los derechos constitucionales para el imputado y así se hace, cita: Art. 49 CRBV Num. 2 y 5 “Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su conyugue, concubino, concubina, o pariente dentro de cuatro grado de consanguinidad

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