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Los Derechos De La Mujer En México


Enviado por   •  23 de Octubre de 2014  •  7.053 Palabras (29 Páginas)  •  162 Visitas

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Los Derechos de la mujer en México

El derecho de ejercer el voto por cualquier persona mayor de edad es visto ahora como algo trivial, pero es un derecho que ha causado luchas alrededor del mundo para grupo marginados por pertenecer a un grupo indígena o por su género. Es un reconocimiento completo de igualdad y ciudadanía, ejerce un efecto directo sobre quién gobernará para todos, por lo tanto ha sido restringido por los grupos, y el género, en el poder.

El voto de la mujer en México y en otros países.

El 17 de octubre de 1953 apareció en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular. Este decreto fue el producto de una larga lucha.

En México los primeros antecedentes exitosos del voto datan de 1923 en Yucatán, aunque hubo peticiones desde 1916. Yucatán reconoció el voto tanto municipal como estatal en 1923, con tres mujeres electas para diputadas al congreso estatal: Elvia Carrillo Puerto, Raquel Dzib y Beatriz Peniche de Ponce; además Rosa Torre fue electa para regidora en el ayuntamiento de Mérida. Sin embargo, cuando el gobernador Felipe Carrillo Puerto murió asesinado en 1924, las cuatro tuvieron que dejar sus puestos.

En San Luis Potosí, las mujeres obtuvieron el derecho a participar en las elecciones municipales en 1924 y en las estatales en 1925 pero este derecho se perdió al año siguiente. En Chiapas, se reconoció el derecho a votar a las mujeres en 1925.

En 1937 Lázaro Cárdenas envió una iniciativa de reforma al artículo 34 de la Constitución, que permitiría votar a las mujeres. La iniciativa fue aprobada por ambas cámaras y por las legislaturas de los estados, sólo faltaba el cómputo y la declaratoria para su vigencia. Esta parte nunca se concluyó porque dentro del Partido Nacional Revolucionario, antecedente directo del PRI, se argumentó que el voto de las mujeres “podría verse influenciado por los curas”.

Diez años después, el 17 de febrero de 1947 durante la presidencia de Miguel Alemán se publicó en el Diario Oficial la reforma al artículo 115 de la Constitución que concedía a las mujeres el derecho de votar pero sólo en las elecciones municipales. Esta medida se consideró como un gran avance ya que les daba un lugar a las mujeres en la vida política del país aunque fuera uno muy restringido. En una de las primeras jornadas electorales en Chiapas a finales de ese mismo año, la mujer mexicana finalmente ejerció éste derecho.

El 4 de diciembre de 1952 –tres días después de la toma de posesión de Adolfo Ruiz Cortines- el Partido Acción Nacional solicitó concluir el trámite de la iniciativa presentada por Cárdenas en 1937. Pero el 9 de diciembre, el mismo presidente presentó su propia iniciativa de ley; y desde 1954 la mujer obtuvo el derecho a votar en todas las elecciones. El 3 de julio de 1955 fue la primera vez que la mujer mexicana emite su voto en unas elecciones federales a fin de integrar la XLIII Legislatura del Congreso de la Unión.

Uno de los primeros países del mundo en el mundo que dio igualdad a las mujeres fue Australia en 1912, pero sólo a las mujeres blancas ya que las mujeres – y los hombres- aborígenes no pudieron votar hasta 1962. Lo mismo ocurrió en Canadá en donde las mujeres descendientes de ingleses pudieron votar en 1917 mientras que los nativos, hombres y mujeres, lo pudieron hacer en 1960. Estados Unidos lo concedió en 1920 y Suiza en 1971. El último país del mundo en aceptar el voto femenino fue Arabia Saudita en 2011 aunque las mujeres no podrán ejercer el derecho hasta el 2015.

El 17 de octubre de 1953 apareció en el Diario Oficial un decreto en el que se anunciaba que las mujeres tendrían derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular. Esto fue el resultado de un largo proceso que había comenzado muchos años atrás y que aquí explico. Durante la Revolución mexicana, la incorporación de las mujeres fue importante, no sólo como acompañantes de los hombres y realizando sus tareas tradicionales (lavar, cocinar y cuidar a sus hijos, entre otras), sino que también tuvieron actividades militares.

Se dedicaron a difundir ideas revolucionarias, fueron espías, correos y enfermeras, consiguieron ayuda para la población civil y colaboraron en la redacción de proyectos y planes. Realmente fue una contribución activa e importante. Tradicionalmente se ha dicho que las que participaron, lo hicieron para ayudar a sus hijos y esposos, que su lucha fue callada y desinteresada, pero es muy probable que ellas hayan sentido que su situación mejoraría en el momento que las cosas cambiaran en el país. A fines de 1916, Hermila Galindo, secretaria particular de Venustiano Carranza, envió al constituyente un escrito en el que solicitó los derechos políticos para las mujeres argumentando lo siguiente:

“Es de estricta justicia que la mujer tenga el voto en las elecciones de las autoridades, porque si ella tiene obligaciones con el grupo social, razonable es, que no carezca de derechos. Las leyes se aplican por igual a hombres y mujeres: la mujer paga contribuciones, la mujer, especialmente la independiente, ayuda a los gastos de la comunidad, obedece las disposiciones gubernativas y, por si acaso delinque, sufre las mismas penas que el hombre culpado. Así pues, para las obligaciones, la ley la considera igual que al hombre, solamente al tratarse de prerrogativas, la desconoce y no le concede ninguna de las que goza el varón”.

Eran argumentos coherentes con el liberalismo político del constitucionalismo que, en las Adiciones al Plan de Guadalupe de 1914, se había comprometido a: “asegurar a todos los habitantes del país la efectividad y el pleno goce de sus derechos y la igualdad ante la ley”.

Sin embargo, al redactarse la Constitución de 1917 nos encontramos con que, al discutirse la petición, se decidió -sin mucha discusión- negar a las mujeres los derechos políticos argumentando:

“[...] en el estado en que se encuentra nuestra sociedad [...] las mujeres no sienten la necesidad de participar en los asuntos públicos, como lo demuestra la falta de todo movimiento colectivo en este sentido”.

Y a pesar de que había habido una incorporación masiva de las mujeres a la lucha armada, al redactar la Constitución declaraban:

“El hecho de que algunas mujeres excepcionales tengan las condiciones para ejercer satisfactoriamente los derechos políticos no funda la conclusión de que éstos deban concederse a la mujer como clase. La dificultad de hacer la selección autoriza la negativa”.

En estos argumentos vemos que los legisladores encadenaron los intereses

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