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La tentativa y el desistimiento debe ser penado porque pone en peligro el bien juridico protegido


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  Trabajos  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  275 Visitas

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PRESENTACIÓN

El presente trabajo desarrolla un tema muy importante en la teoría del delito, la tentativa, muestra de ello lo encontramos en el Derecho romano, el cual careció de un vocablo técnico para su identificación y de una noción conceptual que la definiera, a pesar de que penalizaba los hechos incompletamente cometidos como si hubieran sido consumados, sin embargo con el pasar del tiempo se propició la atenuación de la pena en los hechos cometidos.

El Derecho germánico tampoco logró en sus etapas iniciales la elaboración de un concepto general de la tentativa, de ahí que en la época franca se equiparó la tentativa a la consumación cuando se trataba del delito flagrante, y en algunas de sus leyes menos antiguas se pueden apreciar indicios de las características de la tentativa y del delito frustrado. Por otra parte el Derecho canónico desde el siglo IV reconoció que los pecados de pensamiento no eran judicialmente punibles, pero sus fuentes no ofrecen noción alguna de la tentativa, no obstante algunos actos de tentativa fueron penalizados como el delito consumado al cual estaban dirigidos.

Hoy en día la tentativa se encuentra ubicada en el código penal en el siguiente artículo.

Artículo 16.- Tentativa

En la tentativa el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo. El Juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena.

La defensa contra el delito no debe sin embargo alterar el sistema de valores morales sobre el cual se basa la ley penal y que es el paradigma de la responsabilidad individual.

Esto debe subrayarse ante la perturbación de los principios sobre los que la comunidad humana apuesto sus bases. El reconocimiento y la reafirmación de los valores , que substancian el imperativo penal, es una exigencia fundamental para la supervivencia de la civilización en este tiempo en el que, con el avance del progreso tecnológico, aumenta el número y la variedad de comportamientos ilícitos.

Desde el punto de vista de interés social, el sistema penal se considera como dirigido a controlar las manifestaciones delictuosas y a reducirlas al máximo posible atraves de este trabajo trataremos de dilucidar los interrogantes señalados procedentemente.

I.GENERALIDADES

Titulo:

“LA TENTATIVA Y EL DESISTIMIENTO DEBE SER PENADO PORQUE PONE EN PELIGRO EL BIEN JURIDICO PROTEGIDO “

II.DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN:

1. EL PROBLEMA

1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA:

La tentativa forma parte del libro I del código penal y le corresponde al capítulo II del título II denominado en el código del hecho punible el cual integra los artículos 16°,17°,18°,19°.

Lo cual expresa lo siguiente:

- Artículo 16.- En la tentativa el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo. El Juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena.

Tentativa impune

- Artículo 17.- No es punible la tentativa cuando es imposible la consumación del delito, por la ineficacia absoluta del medio empleado o absoluta impropiedad del objeto.

Desistimiento voluntario - Arrepentimiento activo

- Artículo 18.- Si el agente desiste voluntariamente de proseguir los actos de ejecución del delito o impide que se produzca el resultado, será penado sólo cuando los actos practicados constituyen por sí otros delitos.

Participación de varios agentes en la tentativa

-Artículo 19.- Si varios agentes participan en el hecho, no es punible la tentativa de aquél que voluntariamente impidiera el resultado, ni la de aquél que se esforzara seriamente por impedir la ejecución del delito aunque los otros partícipes prosigan en su ejecución o consumación.

Carlos Fontan balestra expresa que “Tentativa es comienzo de ejecución de un delito determinado con dolo de consumación y medios idóneos, que no llega a consumarse por causas ajenas a la voluntad del autor.

Javier villa stein”cuando el autor pase el límite máximo de los actos preparatorios e inicia los actos ejecutivos sin consumar el delito, estamos frente ala tentativa

El concepto de “tentativa” es una noción que excede el campo específico del derecho penal. Así intentar es tratar de alcanzar un objetivo a través de la conducta realizada. Tal concepto de la realidad social aparece recogido por el derecho y, concretamente por el derecho penal, que lo limita en términos del concepto de “tentativa punible”, al relacionarlo con la acción orientada por la voluntad de cometer un delito, ámbito en el que se hace necesario limitar su alcance y precisar su punibilidad.

1.2. ENUNCIADO DEL PROBLEMA:

-¿la

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