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Organos Del Poder - Estuctura Política De Colombia


Enviado por   •  23 de Marzo de 2013  •  1.576 Palabras (7 Páginas)  •  570 Visitas

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ÓRGANOS DEL PODER

1. Órganos de Control

No están adscritos ni vinculados a las ramas del Poder Público, y se trata de aquellos órganos a los cuales la Constitución Política les confía las funciones relacionadas con el control disciplinario, el control defensorial (defender al pueblo) y al control fiscal.

El control disciplinario está a cargo de la Procuraduría General de la Nación y de los Personeros distritales o municipales y el control defensorial lo ejercen el Defensor del Pueblo y la organización que este preside. Por su parte, el control fiscal corresponde a la Contraloría General de la República y a los Contralores departamentales, distritales y municipales.

¿Quién los integra?

El ministerio Público: Hacer cumplir la ley y velar por la defensa de los intereses generales de la sociedad. Tiene a su cargo, por mandato de la Constitución, la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.

• Procuraduría General de la Nación: Autónomo e independiente encargado de ejercer el Ministerio Público en los órdenes nacional y territorial, cuyo jefe es el Procurador General de la Nación, a quien le corresponde fijar las directrices y orientación para el ejercicio de las funciones del Defensor del Pueblo y de los Personeros Municipales.

El Procurador es elegido por el Senado de la República, para un periodo de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

El procurador o sus delegados deben:

– Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.

– Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo.

– Defender los intereses de la sociedad.

– Defender los intereses colectivos, en especial los relacionados con el ambiente.

– Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas.

– Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular. Así como ejercer preferentemente el poder disciplinario, adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley.

– Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario, en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.

– Rendir anualmente informe de su gestión al Congreso de la República.

– Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria.

Defensoría del Pueblo: Tiene bajo su cuidado la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual atiende y tramita quejas, interpone acciones y recursos, presta el servicio de defensoría pública y adelanta programas de difusión del saber de los derechos fundamentales entre los servidores públicos y la sociedad.

El Defensor del Pueblo es elegido por la Cámara de Representantes, para un periodo de cuatro años, de terna presentada por el Presidente de la República.

El Defensor ejerce las siguientes funciones:

– Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional, y a los colombianos en el exterior, en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.

– Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.

– Invocar el derecho de Hábeas Corpus105 e interponer las acciones de tutela

106, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.

– Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley.

– Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.

– Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.

– Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones

El control fiscal: Es una función pública consistente en la vigilancia del manejo de los recursos públicos, por parte de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

• Contraloría General de la Nación: Se trata de una entidad de carácter técnico que tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración. El Contralor General de la República es elegido por el Congreso en pleno para un periodo igual al del Presidente de la República, de terna integrada por candidatos presentados por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, y no podrá ser reelegido.

El Contralor General de la República 108 tiene las siguientes funciones:

– Establecer los métodos y la forma de rendir cuentas de los responsables del manejo de los fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse.

– Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia, economía, equidad y sostenibilidad

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