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POLITICA EXTERIOR CON ANTONIO LOPEZ DE SANTA ANNA


Enviado por   •  1 de Julio de 2012  •  1.253 Palabras (6 Páginas)  •  2.258 Visitas

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Política exterior con Antonio López de Santa Anna

¿Quién fue Antonio López de Santa Anna?

Antonio López de Santa Anna (1794-1876), militar y político mexicano, presidente de la República (1833-1855, con interrupciones), que dominó la política mexicana durante un cuarto de siglo.

En 1829 apoyó la presidencia del liberal Vicente Guerrero, mientras él se hacía cargo del gobierno de Veracruz. Durante ese mismo año, hizo frente, en las cercanías de la desembocadura del río Pánuco, al desembarco de las fuerzas del general Isidro Barradas, que pretendían reconquistar México para la Corona española. Santa Anna fijó su cuartel general en Tampico y, tras diversos encuentros, consiguió que Barradas capitulara el 11 de septiembre. Santa Anna se convirtió así en El Héroe de Tampico y fue declarado “Benemérito de la Patria”.

Politica Exterior

Pese a que se opuso al golpe protagonizado por el vicepresidente y general Anastasio Bustamante, no pudo evitar el derrocamiento (1829) y la posterior ejecución (1831) de Guerrero. Después de los sucesivos gobiernos de Bustamante (1830-1832), Melchor Múzquiz (1832) y Manuel Gómez Pedraza (1832-1833), el 30 de marzo de 1833 accedió por primera vez a la presidencia. Designó como vicepresidente a Valentín Gómez Farías y, a partir de esa fecha, comenzó una etapa de numerosas ausencias interesadas, y de nombramientos y destituciones de presidentes y políticos, a todos los cuales manejaba a su antojo. Ello explica que fuera presidente, y dejara de serlo, en hasta siete ocasiones.

En este contexto, durante la última administración del general Antonio López de Santa Anna se decretaron las Bases de la Administración Política de la República Mexicana, el 22 de abril de 1853, las que señalaban que serían cinco los Ministerios de Estado para el Despacho de los negocios del gobierno, uno de ellos con el nombre de Ministerio de Relaciones Exteriores, mismo que en mayo de ese año apareció en primer término dentro del decreto para el orden y denominación de los ministerios instituidos.

Con el fin de afirmar y definir sus acciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió su tercer Reglamento Interior el 8 de agosto de 1853, en atención al artículo tercero del Decreto de gobierno del 28 de junio de ese año.

De la misma manera, para 1853, se promulgó la Ley de arreglo del cuerpo diplomático. Se expidió el 25 de agosto de 1853, en este ordenamiento se intentó codificar las distintas disposiciones en materia diplomática que se habían dictado; el primer título del estatuto orgánico definió un nuevo orden jerárquico del cuerpo diplomático, además de confirmar la composición de las legaciones ordinarias y extraordinarias de la ley de 1829. Otras características de este documento, radican en las disposiciones de “las cualidades de los empleados diplomáticos y reglas para nombrarlos”; se reivindicó la nacionalidad mexicana como requisito para formar parte del cuerpo diplomático y denotó como cualidades de todo empleado diplomático, la buena reputación, la acreditada aptitud, la probidad calificada en cualesquiera de las profesiones honrosas y literarias.

Al estar en el poder los liberales, se creó el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana del 15 de mayo de 1856, el cual señalaba la existencia de seis ministerios, instituidos para el buen gobierno, determinándose que uno de ellos sería el de Relaciones Exteriores.

El 5 de febrero de 1857 se adoptó una nueva Constitución para la República Mexicana, en donde se establecieron las facultades del Congreso General (artículo 72, fracciones XII y XIII) y las del presidente de la República (artículo 85, fracciones II, III, X y XI), respecto de la ratificación y aprobación de los asuntos internacionales y del nombramiento y remoción de secretarios, agentes diplomáticos y cónsules, así como de la concertación de compromisos internacionales. En plena Guerra de Reforma, la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores emitió, el 12 de agosto de 1858, su cuarto Reglamento Interior.

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