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Refugiados


Enviado por   •  28 de Marzo de 2014  •  11.177 Palabras (45 Páginas)  •  276 Visitas

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Introducción

La monografía que se aborda en lo adelante tiene como título las Cláusulas de Cesación de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, las cuales tienen la finalidad de establecer las condiciones generales para que el estatus de un refugiado llegue a su feliz término.

Con el mismo nos proponemos analizar los siguientes aspectos, antecedentes que dieron origen a las Cláusulas de Cesación, determinar cuál es la situación de las personas afectadas por las Cláusulas de Cesación, establecer el procedimiento a seguir para la ejecución de cada una de estas.

Es importante por el alto interés político jurídico y social la temática que estamos abordando, ya que nos adentra al marco regulatorio de los refugiados y los derechos establecidos para los mismos.

La condición de la cesación de los estatutos de refugiado se le aplica a la persona o grupo de personas que ya han regularizado su situación, ya sea regresando a su nación de origen o que hayan adquirido una patria nueva del país receptor o de un tercero.

En el primer capítulo del marco teórico se da a conocer la descripción de los diferentes acontecimientos e instrumentos jurídicos creados para brindarles asistencia y ayuda humanitaria a los refugiados.

En el segundo capítulo se tocara la condición del refugiado desde una perspectiva humanitaria y verificando las condiciones inhumanas que muchos de ellos tienen que vivir cuando se ven afectados por persecución y temores fundados.

En el tercer capítulo se describen los diferentes procedimientos utilizados por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para aplicarles las Cláusulas de Cesación a aquellas personas cuyo estatus ha finalizado y en virtud de lo establecido en la Convención de 1951.

Esperamos que la presente investigación tenga utilidad académica y científica tanto para el ACNUR como para entes involucrados en el derecho internacional humanitario.

Resumen

Conocer las Cláusulas de Cesación de la condición de refugiado, contenidas en el artículo 1-C, 1-6, de la Convención de 1951, son muy interesante, porque ellas permiten poner fin a una condición humanitaria de temores y persecución; es por ello que en este monográfico se describen los antecedentes que dieron origen a las Cláusulas de Cesación, analizando la situación de las personas afectadas, los procedimientos que se deben seguir para la ejecución de cada una de estas.

Glosario de Abreviaturas

ACNUR: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Art. : Artículo

Arts. : Artículos

DIH: Derecho Internacional Humanitario

R. Refugiado

1.1 Antecedentes Históricos

Los Estados se ven envueltos en controversias y diferencias políticas que dan origen a grandes enfrentamientos bélicos, los cuales traen como consecuencia el desplazamiento de un sinnúmero de personas, entre ellos: niños, adolescentes, adultos y ancianos, que en la mayoría de los casos son personas que no tienen nada que ver en esta polémica entre las partes.

Es ahí donde se produce el desplazamiento forzoso, donde es necesaria la creación un organismo regulador y garantista de los derechos de estos seres humanos, los cuales son atacados de una manera directa e indirecta por estos Estados en conflictos.

Partiendo de que la condición de refugiado se adquiere cuando una persona o un grupo de personas son objeto de persecución por motivo de raza, religión, nacionalidad, o pertenencia a determinado grupo social u opinión política, se ven forzados a dejar su nacionalidad de origen optando por desplazarse para salvaguardar sus derechos y preservar sus vidas.

Después de haber cesado la persecución de la persona o grupo personas que se desplazan por temor, su situación de refugiado podría llegar a su feliz término cuando este retorna a su país de origen y hayan desaparecido las circunstancias en virtud de las cuales fue reconocido como refugiado, no podrá continuar negándose a acogerse a la protección del país de su nacionalidad.

Según lo que establece la Constitución de la Organización Internacional de Refugiados. (1946). Aceptada por la República Dominicana en 1947, establece que: “El principal objetivo de la Organización será dar rápida y ser positiva en la solución al problema de los verdaderos refugiados y personas desalojadas, justa y equitativamente para todos los interesados”.

Tomando como parámetro lo que establece la Constitución de la Republica Dominicana (2010), en su artículo 46, numeral 2, “Toda persona tiene derecho a solicitar asilo en el territorio nacional, en caso de persecución por razones políticas. Quienes se encuentren en condiciones de asilo gozarán de la protección que garantice el pleno ejercicio de sus derechos, de conformidad con los acuerdos, normas e instrumentos internacionales suscritos y ratificados por la República Dominicana. No se consideran delitos políticos, el terrorismo, los crímenes contra la humanidad, la corrupción administrativa y los delitos transnacionales”.

De acuerdo con el Manual de Procedimientos y Criterios para Determinar la Condición de Refugiado (1992), esta cláusula de cesación comporta tres requisitos: a) voluntariedad: el refugiado debe actuar voluntariamente: b) intención: el refugiado debe tener el propósito, con su comportamiento, de acogerse de nuevo a la protección del país de su nacionalidad; c) efectos: el refugiado debe obtener efectivamente esa protección.

Nomihas, (2001). En sus reflexiones sobre el derecho de los refugiados para América Latina, examina los enfoques de la política regional y los procesos que deben seguirse respecto a los refugiados.

1.2 Justificación

Basados en la necesidad que tienen las personas refugiadas en otros países de regresar a su patria natal después de haber finalizado el conflicto que dio origen a su expatriación, nos

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