ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resumen De Derecho Civil


Enviado por   •  28 de Agosto de 2011  •  9.392 Palabras (38 Páginas)  •  2.781 Visitas

Página 1 de 38

CIVIL I PARTE GENERAL

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

DERECHO OBJETIVO: conjunto de normas que gobiernan la vida o preceptos legales que gobiernan la vida de los hombres que viven en sociedad.

DERECHO SUBJETIVO: es la facultad o poder que son titulares las personas para satisfacer sus necesidades.

IHERING. Dice que el derecho es la seguridad jurídica; el derecho protege nuestros derechos las leyes obedecen todas a conductas. Donde hay conducta hay una consecuencia.

El derecho es una ciencia que está en el deber ser.

Las normas tienen dos partes:

1. HECHO. Debe ser jurídico porque está sujeto a la ley, está hecho lo realizan las personas.

2. PERSONAS. Es el sujeto que realiza la acción, puede ser natural o jurídica.

3. NATURALES. Art. 74. Son personas todos los individuos de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe, o condición.

4. JURIDICAS. Art. 633. Se llama persona jurídica a una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente.

Un apersona tiene derecho y obligaciones.

Hay situaciones que no dependen de la voluntad de las personas, ejemplo: nacer, morir, ser hijo ilegitimo.

Cuando se realiza un hecho jurídico este tiene una consecuencia.

HISTORIA DEL DERECHO CIVIL

EL DERECHO CIVIL SE DIVIDE EN:

Común LAW: ingleses, anglosajones.

Civil LAW: al resto del mundo latino, viene del derecho romano y en la actualidad todo esto viene del derecho francés.

La historia del derecho arranca con el descubrimiento de América en 1492 hasta el 26 de mayo de 1873.

Se dicta el código civil colombiano, rige en Colombia el derecho español, el derecho de indias y algunas normas que se dictan en Colombia 1825.

En 1503 comienzan los españoles a legislar especialmente para América o para la colonia (vasca, andaluz, Y Catalán).

En 1680 se hace la recopilación de las leyes del reino de indias que son leyes especiales que se van a aplicar a las colonias americanas.

Hasta 1825, el derecho español se aplica a las colonias americanas con subsidiarias.

En 1825 13 de mayo se propugna una, que dice cual es el orden de la aplicación de las normas de España en su reino.

1. Las leyes decretadas por el legislador se aplican a España y en todas sus colonias.

2. Los pragmáticos tomados del derecho romano. Son leyes que dicta el gobierno, las cedulas reales, las ordenes, los decretos que fueron dictados hasta el 18 de mayo de 1808.

Nivel jerárquico en Colombia: constitución – leyes orgánicas – leyes estatutarias – leyes comunes.

3. Las leyes de la recopilación de indias.

4. Las leyes de la recopilación de castilla se hacen bajo el gobierno de Felipe II en 1567.

5. En 1805 la novísima recopilación de castilla.

6. Las siete partidas 1256 a 1263

Con la ley 153 de 1967 en su artículo 15 quedan abolidas todas las leyes españolas.

CODIGO CIVIL DE ANDRES BELLO

En 1822 el vicepresidente FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, dicto un decreto para crear una constitución con ideas modernas de Europa.

En 1829 bolívar crea una comisión para legislar sobre el código civil y penal.

En 1840 se encarga a ANDRES BELLO (Venezuela), para que presente un proyecto del código civil chileno.

En 1855 se aprueba el código civil que hizo ANDRES BELLO.

En 1858, se crean los estados unidos de Colombia lo que se llama el gobierno de la unión, la constitución de 1858 le permite a los estados darse sus leyes.

El código del magdalena dura vigente 9 años hasta el 62.

En 1859 el estado de Cundinamarca también adopta junto con el cauca el mismo código de Chile.

1860 panamá.

En 1864 Antioquia y Boyacá.

En 1873, la época del federalismo llega a la presidencia murillo toro y logra que se adopte el código civil único que es el mismo de chile, este código comenzó a regir el 1 de abril de 1876.

En 1886, vuelve Colombia a el estado unitario, que es el que tenemos hoy y se adapta a la constitución que hoy rige, hay un artículo transitorio que dice; “seguirán vigentes en los estados las leyes, hasta que los cuerpos legislativos no las deroguen estas siguen rigiendo”.

En 1887 se adopta como código civil colombiano el de 1883, que es el mismo que había adoptado murillo toro, tanto la ley 52 Art. 4 , como la ley 153 Art. 7 de 1887, señalan que el Título III de la constitución que hablaba de derecho se incorporaba como garantía.

CORRIENTES EN QUE SE DIVIDIO EL DERECHO ROMANO

1. Antiguos derechos consuetudinarios, francés mezcla de derechos romanos con la costumbre francesa.

2. Escuelas de pandectistas: corpus juris civile

Radio escrita

Corpus juros canoníca: es el derecho canónico: usos modernos

3. Antigua legislación española, especialmente las 7 partidas y la novísima recopilación.

Todo esto desemboca en el código de Napoleón 1804.

1794 código de Prusia.

1811 código de Austria.

Andrés bello se sales de estas fuentes y toma como fuentes:

1. El derecho romano puro.

2. El derecho germano – savigny- es una de las grandes escuelas clásicas del

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (58.1 Kb)  
Leer 37 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com