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SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS


Enviado por   •  5 de Junio de 2014  •  2.240 Palabras (9 Páginas)  •  1.666 Visitas

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ÍNDICE

pág.

INTRODUCCIÓN…………………………………….…………………..…3

1. SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS…………….….…4

2. ADMISIÓN Y PERMANENCIA…………………………………..……..4

3. EXPULSIÓN………………………………………………………….…..5

4. EXTRADICIÓN………………………………………………….………..6

5. PROCEDIMIENTO………………………………………………….……7

CONCLUSIÓN…………………………………….…………………….11

BIBLIOGRAFÍA/LISTA DE REFERENCIA……………………….….12

INTRODUCCIÓN

Venezuela ha tenido la necesidad de regular la situación de los ciudadanos extranjeros desde los comienzos de la vida republicana hasta los actuales momentos, para tal fina garantiza los derechos y obligaciones como también los deberes que estos tienen con la nación; al darle cumplimiento a la norma constitucional de conceder la naturalización a ciudadanos extranjeros, el Estado venezolano no solo favorece a los individuos como tal, sino que asegura el normal funcionamiento que debe existir en todo ordenamiento jurídico.

Cabe destacar, que la palabra extranjero proviene del vocablo latín “extraneus” que tiene como significado “extraño”, es decir aquellas personas ajenas a un país determinado. Carlos Arellano García considera al extranjero como “la persona física o moral que no reúne los requisitos establecidos por el sistema jurídico de un Estado determinado para ser considerada como nacional”. Por lo cual un extranjero es una persona física o moral que desempeña alguna actividad determinada fuera de su lugar de origen, y se encuentra bajo la autoridad del país que lo recibe, según las leyes que en el mismo se aplican.

A continuación se presenta una investigación detallada y exhaustiva con respecto a las competencias internacional de los estados, dentro de estas competencias se encuentran las competencias personales de los estados. En esta investigación nos basamos en la Ley de Extranjería y Migrantes de la República de Venezuela.

1. SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS

La condición jurídica no es más que la determinación de los deberes y derechos que los extranjeros gozan en cada país y esta condición resulta única y necesariamente de la ley de este. Examinada la situación desde el punto de vista en que es acogida, los derechos de los inmigrantes no son en realidad las mismos que los derechos de los nacionales, dada la existencia en numerosos

Estados de normas Respectivas en materia de inmigración.

Existe una enorme proliferación de legislación de tratados y convenios internacionales bilaterales, como multilaterales, que regulan los aspectos laborales familiares educativos, asistenciales entre otros. En nuestra constitución se asientan algunos artículos referentes a este tema así como en algunas legislaciones.

2. ADMISIÓN Y PERMANENCIA

Para ser admitidos, poder ingresar, reingresar y permanecer en la República, los extranjeros o extranjeros deben poseer un pasaporte válido y vigente, con el respectivo visado o documento que autorice su ingreso o permanencia.

No podrán ser admitidos en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, los extranjeros y las extranjeras que se encuentren comprendidos en los supuestos siguientes:

1. Cuando su presencia pueda ser motivo de alteración del orden público interno o comprometa las relaciones internacionales de la República como consecuencia de ser requeridos por autoridades extranjeras policiales o judiciales, en relación con causas penales comunes o que estén vinculados con organizaciones delictivas nacionales e internacionales.

2. Cuando hayan sido expulsados del territorio de la República y permanezca vigente la prohibición de entrada al país.

3. Cuando hayan cometido delito que la ley venezolana califique y castigue, mientras no hubieren cumplido condena o hubiere prescrito la acción o pena en el país donde ésta se originó.

4. Cuando hayan incurrido en violaciones a los Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario o a las disposiciones contenidas en los instrumentos internacionales en los cuales sea parte la República.

5. Cuando estén relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes o psicotrópicas o realicen actividades conexas.

6. Cuando padezcan enfermedades infecto-contagiosas u otras que comprometan la salud pública.

3. EXPULSIÓN

De acuerdo a la Ley, las siguientes personas extranjeras están sujetas deportación del territorio de la República:

- Los que ingresen y permanezcan en el territorio de la República sin el visado correspondiente.

- Los que no hayan cumplido con el requisito de obtener la autorización laboral, en caso que dicho requisito aplique.

- Los que no cumplan con la obligación de renovar el visado en el plazo establecido por el Reglamento.

- Los trabajadores que ejecuten trabajos distintos a aquéllos para los que fueron contratados y en una jurisdicción diferente a la autorizada.

- Haber sido multado dos o más veces por la autoridad competente en extranjería y migración, y haber sido renuente a la cancelación de la multa.

Por otro lado, estarán sujetos a expulsión del territorio de la República las siguientes personas extranjeras:

- Los que hayan obtenido o renovada el visado de ingreso o permanencia en el país con fraude a la ley.

- Los que se dediquen a la producción, distribución o posesión de sustancia estupefacientes y psicotrópicas, o demás actividades conexas.

- Los que, estando legalmente en el territorio, propicien el ingreso ilegal o legal

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