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Sobre La Tutela En Roma


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  473 Palabras (2 Páginas)  •  717 Visitas

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SOBRE LA TUTELA

Tipos de tutela

Los tipos de la tutela son tres:

• Tutela testamentaria

• Tutela legítima

• Tutela deferida, o dativa

Es importante destacar que la tutela recae sobre las personas que caen dentro de alguna de estas tres categorías en ese orden. Si no hay un tutor testamentario, entonces se pasa a la tutela legítima. A falta de ésta segunda, es elegido un tutor por medio de la tutela deferida, la cual será explicada.

La tutela testamentaria es aquella que es designada en el testamento por el paterfamilias, o la persona que ejerce la patria potestad. Es transferida la responsabilidad tras la muerte de dicha autoridad paternal.

La tutela legítima recae, a falta de tutor testamentario, sobre los agnados, o demás miembros de la Gens. Es designado primero el agnato más próximo, y a falta de éste, un gentil.

La tutela deferida se abre a la falta de tutor testamentario, y falta de agnato o gentil que se haga cargo. La tutela deferida, o bien, dativa, es aquella en la que el magistrado (hoy en día un juez), designa un tutor.

Funciones del tutor

El tutor tiene dos funciones fundamentales:

• Inventario

• Satisdatio

El inventario consiste en que el tutor, al iniciar su cargo, hará un inventario de todos los bienes del pupilo (la persona sobre la cual tiene responsabilidad el tutor). El tutor está obligado a restituirlos al final de la tutela, y si no son restituidos en su totalidad, indemnizar los daños o perjuicios.

El satisdatio consiste en una especie de fianza, que se otorga para garantizar el cumplimiento de una obligación. En este caso, la obligación, que también es prometida por el tutor por medio del satisdatio, es el buen manejo de los bienes del pupilo.

Cabe destacar que dentro de las funciones del tutor están también la auctoritas y la gestio. La auctoritas es la cooperación del tutor en un acto realizado por el pupilo. Ya que el pupilo no tiene capacidad para por sí mismo llevar acabo un acto jurídico, necesita de la representación del tutor. Es voluntaria, la auctoritas, y no puede ser contradicha por un magistrado. La gestio es aquel acto administrativo que el tutor hace a favor del patrimonio del pupilo.

Efectos que arroja la mala administración de los bienes del tutor

Existen efectos que son causados por la mala administración de los bienes del tutor, o el manejo en mala fe de los mismos. Por ejemplo: si un tutor no restituía

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