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TUTELA Y CURATELA, DERECHO ROMANO I


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2012  •  2.124 Palabras (9 Páginas)  •  3.800 Visitas

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INTRODUCCION

El presente ensayo tiene como objetivo, dar cumplimiento en lo pautado en la asignatura Derecho Romano, con respecto a los Temas sobre: la Tutela y Curatela. Esto coadyuvará a enriquecer los conocimientos acerca de la estructura legal romana, facilitando una comparación con el derecho actual.

El ensayo se realizó por temas. En la primera parte se abordó el tema sobre la Tutela y luego de Curatela. Sobre la Tutela se inició el tema con el concepto, clases de tutela, funciones del tutor, responsabilidad del tutor, acciones derivadas de la tutela. Sobre la Curatela se explicó su concepto, clases de curatela. Posteriormente se realiza el cierre del tema con la conclusión. En el tema sobre tutela y curatela, se desglosó todo lo concerniente a concepto, diferencias entre tutela y curatela, concepto de las cosas y clasificación de las cosas dentro del derecho romano.

La tutela es una institución jurídica que tiene por objeto la guarda y protección de la persona y los bienes del incapacitado. Es consecuencia de un proceso de incapacitación, en la que se establece, y se constituye como un deber que se ejerce en beneficio del tutelado, siempre bajo la supervisión de la autoridad judicial.

Los que estaban sujetos a la tutela eran los infantes (menores de 7 años) y, los impúberes (aquellos hombres y mujeres que no hubiesen alcanzado la edad de 14 y 12 años). Asimismo las mujeres púberes sui juris (tutela mulierum).

La tutela se extingue por la mayoría de edad del menor, por su adopción, por su fallecimiento, por recuperación de la patria potestad del progenitor o progenitores o por resolución judicial que ponga fin a la incapacidad que dio origen a la tutela.

El tutor es el representante del menor o incapacitado, salvo para aquellos actos que pueda realizar por sí solo, ya sea por disposición expresa de la Ley o de la sentencia de incapacitación. Los sujetos a tutela deben respeto y obediencia al tutor, que les podrá corregir razonable y moderadamente.

La curatela era el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que ésta represente y proteja

Al final se establece la conclusión de tan interesante tema. En el tema sobre tutela y curatela. De la misma manera que se procedió a establecer las conclusiones en el cierre de dicho tema. En éste sentido éstos temas aportan elementos cognitivos tan importantes para la carrera, facilitando la comparación entre el derecho romano, el cual se conoce como la cuna del derecho, y nuestro derecho actual, el cual tiene influencia romanista

DESARROLLO

Proviene del latín tueri que significa proteger, es la institución supletoria o subsidiaria a la patria potestad por la cual provee al cuidado de la persona y de los bienes de los menores de edad que no están sujetos a la patria potestad.

La tutela mirando más a su objeto. Así, el colegio español en el Art. 199, cuya fuente está en el fuero Juzgo, establece que el objeto de la tutela es la guarda de la persona y bienes o solamente de los bienes, de los que, no estando bajo la patria potestad, son incapaces por sí mismos.

El código Argentino en su Art. 377, establece que la tutela es el derecho que la ley confiere para gobernar la persona y bienes del menor de edad que no está sujeto a la patria y para representarlo en todos.

La tutela aparece en Grecia, al destacarse la personalidad del hijo de la del padre y de los parientes, primero la tutela familiar, y luego, el órgano de protección pupilar.

Derecho romano, la tutela como la curatela, está comprendido dentro del Derecho de las personas. Al lado de las personas sui juris existían en Roma, los Alieni Juris, la tutela como la curatela, fueron instituidas sólo para los sui juris, ya que los alieni juris, el jefe de familia era para tales personas un protector natural, de modo que no necesitaba de un tutor.

En cambio los sui juris, podían hallarse en dos situaciones: estar en aptitud de cumplir solo los actos jurídicos, ser capaces; o no cumplirlos, ser incapaces.

Eran cuatro las causas de incapacidad: La impubertad y el sexo femenino, que originaban una tutela

TUTELA La palabra tutela proviene del sustantivo latino "tutela ae", que significa protección o defensa y tutela ae proviene de "tutoraris ari" verbo que significa fundamentalmente defender, guardar, preservar, sostener, sustentar, socorrer. Podemos considerarla como el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que ésta proteja a otra incapaz por razones de edad o de sexo. En esta situación se encontraban los impúberes sui juris y las mujeres púberes sui juris.

CLASES DE TUTELAS

Existían diferentes clases de tutela, a mencionar: TUTELA TESTAMENTARIA:

Cuando el paterfamilias nombraba un tutor en su testamento para sus hijos impúberos. Esta designación del tutor hecha en sutestamento por el paterfamilias para asistir a los impúberes y a las mujeres, también para hijo póstumo los que se convertían en sui juris al morir el paterfamilias..El impúber debe ser contemplado por el testador ya sea como heredero o legatario. Y Se admite la renuncia del tutor

El tutor que cometa fraude en la gestión de los bienes del pupilo puede ser separado de la tutela mediante el ejercicio de una acción pública (accusatio suspectitutoris)

TUTELA DE IMPUBERES

Es la necesaria para asistir a los impúberes en la ejecución de actos dedisposición en tanto que estos no gozan de plena capacidad de obrar. Distinguimos: a)

Infantes no pueden hablar razonablemente ( 5 a 7 años ) y por ende no pueden obligarse civil ni penalmente. La tutela es completa Infantes mayores: son responsables de los delitos y pueden intervenir en actos jurídicos pero asistidos por el tutor mediante la autorías

TUTELA LEGÍTIMA:

Aquella que por disposición de la ley de las XII Tablas se le otorgaba al agnado más cercano del impúber o a falta de éste a los gentiles, siempre y cuando no existiera tutela testamentaria. Dicho en otras palabras la Ley le confiere la tutela al adgnatus proximus, pariente varón y púber más próximo, o en defecto los gentiles. Varios adgnados de mismo grado, son todos tutores.

Puede transmitir la tutela a otra persona mediante la in iurecessio, pero el tutor originario era quien mantenía la titularidad ya que si moría o incapacitaba el nuevo tutor, volvía al cedente.

No puede renunciar ni ser removido

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