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3 El Derecho Comercial Y Las Sociedades Mercantiles.


Enviado por   •  31 de Octubre de 2011  •  1.944 Palabras (8 Páginas)  •  12.847 Visitas

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3.1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL

Es una rama del ordenamiento jurídico que tiene por objeto específico regular el sector de la actividad humana constituido por el comercio, es decir son normas rectoras del intercambio de mercancías.

Hoy en día llamamos al Derecho Mercantil Derecho del Comercio o Derecho comercial, pero tienen sus orígenes con el Trueque, cuando los hombres primitivos inician con intercambio de bienes y servicios, cuando se advierte la dificultad o la imposibilidad de producir bienes que otros poseen y que se adquieren cambiándolos con quienes los producen.

El Derecho Mercantil ha evolucionado en la medida en que ha evolucionado del desarrollo socio-económico político y legislativo de los países.

3.1.1 CONCEPTO

Podríamos definir al Derecho Mercantil como el conjunto de normas jurídicas que regulan los bienes y servicios; a las personas físicas o morales que actúan; las relaciones que derivan de las mismas y los procedimientos administrativos y procesales que sirven para resolver controversias mercantiles.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO MERCANTIL

Es un Derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.

Es un Derecho individualista; al ser una parte del Derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.

Es un Derecho consuetudinario ya que, a pesar de estar codificado, se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes.

Es un Derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el Derecho mercantil ha de ir actualizándose

3.1.2 ACTOS DE COMERCIO

Un acto de comercio es un concepto jurídico utilizado para deslindar el campo de actuación del Derecho mercantil con respecto al Derecho civil (como Derecho común).

La idea que subyace es la necesidad de distinguir casos concretos, en la medida que en los negocios jurídicos, contratos y obligaciones poseen estatutos jurídicos diferenciados: de Derecho civil o de Derecho mercantil

3.1.3 REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE

SEGUN EL CODIGO DE COMERCIO SON:

Utilizar medios de comunicación para darse a conocer.

A la inscripción en registro público de comercio

Llevar contabilidad adecuada.

A conservar la correspondencia relacionada con el giro del comerciante.

Dar a enterar la apertura del establecimiento o sucursal con los requisitos necesarios.

Informar cualquier cambio relacionado a lo anterior.

La secretaría de Comercio y Fomento Industrial emitirá los lineamientos necesarios para la adecuada operación del registro público de comercio.

La inscripción o matrícula será un derecho para los individuos que se dediquen al comercio y obligatoria para todas las sociedades mercantiles.

Existirá un folio electrónico por cada comerciante o sociedad con los datos en base al art. 21.

3.1.4 OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES

TITULO SEGUNDO

De las Obligaciones Comunes a todos los que Profesan el Comercio

Artículo 16.- Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados.

I.- A la publicación, por medio de la prensa, de la calidad mercantil; con sus circunstancias esenciales, y en su oportunidad, de las modificaciones que se adopten;

II.- A la inscripción en el Registro público de comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios;

III.- A mantener un sistema de Contabilidad conforme al artículo 33.

IV.- A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante.

3.1.5 AUXILIARES DEL COMERCIO

El comerciante, en el ejercicio de su empresa, requiere la colaboración de otras personas; de la actividad y servicios ajenos.

Esta colaboración puede ser meramente de carácter intelectual o material (como en el caso de los abogados, contadores, ingenieros, obreros, etc.), o además, de carácter jurídico, esto es, con poder de representación.

Precisamente aquellas personas que, además de prestar su actividad material o intelectual, colaboran jurídicamente con el comerciante, actuando, en menor o mayor grado, en su representación, son los llamados auxiliares del comerciante. Es, pues, nota característica de los auxiliares del comerciante tener –en diferente grado- facultad de representación

Los auxiliares autónomos, por el contrario, no forman parte de la organización de la empresa y se encuentran, por tanto, en una posición independiente respecto al comerciante. Su actividad se despliega no solo al servicio de un comerciante determinado, sino de todo el que lo solicita, y, por eso, la doctrina los conoce también con el nombre de auxiliares del comercio.

Son auxiliares dependientes, los factores y los dependientes del comercio; son auxiliares autónomos: los corredores, los comisionistas y los agentes

3.2 SOCIEDADES MERCANTILES

3.2.1 Concepto

La sociedad mercantil es una asociación de personas, de acuerdo con nuestro derecho la Sociedad Mercantil nace o surge a la vida jurídica como consecuencia de un contrato. Es un contrato sui generis en virtud del cual dos personas o más combinan sus recursos y sus esfuerzos para la realización de un fin común preponderantemente económico y de especulación mercantil.

CONSTITUCIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

La ley reconoce los siguientes requisitos de las Sociedades mercantiles:

1.- Personalidad jurídica

2.- Patrimonio y Capital social

3.- Prever la forma de cómo se den los aumentos y disminuciones

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