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Capítulo I.-Evolución Del Derecho Penal En México


Enviado por   •  8 de Julio de 2013  •  5.445 Palabras (22 Páginas)  •  682 Visitas

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Surgimiento y Evolución del Derecho Penal

La historia del Derecho Penal podría ocupar varios volúmenes sin embargo, el surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en sociedad, para controlar sus acciones y proteger el grupo social.

El crimen nace con el hombre, cuando aún no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, el delito ya se manifestaba en sus formas más rudimentarias.

El hombre todavía no articulaba palabra, pero ya desarrollaban conductas que afectaban a los demás, Por ejemplo, el apoderamiento ilegitimo del animal casado por otro, la violencia física ejercida sobre una mujer, etc.

De ahí la necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr el orden y la convivencia pacífica.

En esta parte interesa, sobre todo, destacar las etapas de evolución por las que ha pasado esta disciplina jurídica, y aclarar que la división por etapas o fases, que más adelante veremos, es más didáctica que real, pues estas no se pueden separar entre sí tajantemente y de manera exacta.

VENGANZA

La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene satisfacción sobre otro acto violento. En ésta fase cabe distinguir cuatro sub-fases:

a).- VENGANZA PRIVADA.- También conocida como la venganza de sangre, y consiste en que el ofendido sea hace justicia por propia mano, es decir, el afectado ocasiona a su ofensor un daño igual al recibido. Esta fase se identifica como la “LEY DEL TALION”, cuya formula es “OJO POR OJO, Y DIENTE POR DIENTE”, ahí se ve claramente la venganza individual, en la que se infringe un mal por otro recibido.

b).- VENGANZA FAMILIAR.- En este periodo, un familiar del afectado realiza el acto de justicia y causa un daño al ofensor.

c).- VENGANZA DIVINA.- Es el castigo impuesto a quien ocasiona un daño, en virtud de creencias divinas, de modo que a veces se entre mezclan rituales mágicos y hechiceros. Generalmente el castigo lo imponen los representantes de diversas deidades.

d).- VENGANZA PÚBLICA.- Es un acto de venganza pero ejercida por un representante del poder público. En éste caso simplemente se traslada la ejecución justiciera a alguien quien representa los intereses de la comunidad, en sus manifestaciones más primitivas.

El interés primordial por castigar por severidad a quien causa un daño caracteriza a esta fase. La semejanza o igualdad en el castigo hacen ver claramente que se trata de una verdadera venganza.

En el Código de Hammurabi y la Ley de las Doce Tablas, se encuentran disposiciones relativas a esta fase; de modo evidente, la biblia plasma la ley del talión en el párrafo siguiente: “SI EN RIÑA DE HOMBRES GOLPEARE UNO A UNA MUJER EN CINTA HACIENDOLA PARIR, Y EL NIÑO NACIERE SIN MÀS DAÑO SERÁ MULTADO EN LA CANTIDAD QUE EL MARIDO DE LA MUJER PIDA Y DECIDAN LOS JUECES, PERO SI RESULTARE ALGUN DAÑO, ENTONCES DARÁ VIDA POR VIDA, OJO POR OJO Y DIENTE POR DIENTE, MANO POR MANO, PIE POR PIE, QUEMADURA POR QUEMADURA, HERIDA POR HERIDA, (…)”, cuando el estado impone las penas, éstas se caracterizan por su crueldad, de modo que se observan las formas de castigo más variadas e inhumanas, en las que predominan las sanciones corporales y de muerte, la cual es precedida por tratos humillantes y aflictivos.

ETAPA HUMANITARIA

Como respuesta a la fase anterior, surge una reacción humanista en materia penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto, y erradicar a la dureza del castigo. Grandes pensadores, filósofos y humanistas, con su obra e ideas, han influido en el derecho penal, y ciencias a fines. Cesar Beccaria y John Howard, con su valiente y enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de volver al hombre el respeto a su dignidad. En su tratado de los delitos y de las penas, BECCARIA destaca diversos aspectos, como los procedimientos arbitrarios e inhumanos para obtener confesiones; se refiere a la tortura y rompe con ancestrales creencias relacionadas con la eficacia de la pena: (VER PAGINA 5 PARRAFO 5º).

ETAPA CIENTÍFICA

En ella se mantiene los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del delincuente. Se piensa que el castigo no basta, por humanizado que sea, si no que además se requiere llevar acabo, un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el por qué del crimen saber cuál es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y, sobre todo, prevenir la posible comisión de delitos. En esta etapa se estiman, que el delito y el sujeto son productos de las fallas sociales, con influencia de factores de índole diversa (interna y externa).

Desafortunadamente, pese a los esfuerzos realizados por los estudiosos e interesados en estos aspectos, aún no se ha resuelto el delicado problema que representa la delincuencia.

ESCUELAS JURÍDICO PENALES

En relación estrecha con el apartado anterior, en éste se ofrece un panorama referente a la concepción que diversas corrientes tuvieron respecto de los problemas fundamentales que plantea el derecho penal, cuyo conocimiento es vital para entender las actuales figuras e instituciones jurídico-penales.

1).- ESCUELA CLÁSICA.- Es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas surgidas como reacción vigorosa a la anterior y ancestral forma de ver el derecho penal.

Los pensadores cuyas obras dieron origen a ésta escuela son varios, entre los cuales se considera a Francisco Carrara, como el máximo representante; otro fueron ROMAGNOSSI, HEGEL, ROSSI y CARMIGNANI.

Lo sobresaliente de cada escuela son las conclusiones concretas o postulados que llegaron a sus seguidores, pues en ellos se resume su postura y su filosofía, dichos postulados son los siguientes:

A).- LIBRE ALBERDRIO.- Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contraría lo hace a su libre elección.

B).- IGUALDAD DE DERECHOS.- Derivado del anterior, se colige que el hombre nace igual en cuanto a sus derechos, por ello, la ley debe aplicarse de la misma manera a todos los hombres, por provenir de esa circunstancia de igualdad.

C).- RESPONSABILIDAD MORAL.- Como el hombre nace del libre albedrio y puede escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es de tipo moral.

D).- EL DELITO COMO EJE Y COMO ENTIDAD JURÍDICA.- El punto de partida de los problemas penales, lo constituye el delito, que es una entidad meramente jurídica, así, importa más lo objetivo que lo subjetivo.

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