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Compartivo De La Constitucion Politica De Los Estados Unidos Mexicanos Y El Espiritu De La Leyes


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2011  •  724 Palabras (3 Páginas)  •  1.476 Visitas

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El Espíritu de las Leyes. Montesquieu.

Su teoría señala que en todo gobierno (Estado) existen tres clases de poderes: el poder legislativo, el ejecutivo con relación a las cosas que dependen del derecho de las naciones y el judicial con relación a las cuestiones que dependan del derecho civil.

Según Montesquieu, esta división del poder del Estado en tres, es la única manera de asegurar la libertad de los ciudadanos.

Cada uno de esos poderes es ejercido por órganos distintos e independientes entre sí, siendo esta separación orgánica, la garantía para la esfera de libertad de los particulares, ya que los poderes rivalizan, se equilibran, siendo cada uno celoso guardián de su respectivo ámbito de competencia, de suerte que queda entre ellos una esfera libre para actuaciones no reguladas, en las que ninguno está autorizado para interferir con los otros y que precisamente constituye el ámbito de libertad garantizado a los particulares.

Cada uno de los poderes ejerce su función en forma exclusiva y excluyente, así sólo al poder legislativo corresponde dictar la ley; al ejecutivo, la ejecución de la ley sin que pueda dictar leyes ni realizar otros actos que los autorizados por ellas; y al judicial, corresponde la aplicación de las leyes en las relaciones entre particulares o entre éstos y la Administración del Estado.

El poder del Estado es el que se divide en tres.

Existen en la división de poderes de Montesquieu una serie de funciones que se ejercen por ciertos órganos independientes.

Para Montesquieu en el poder legislativo, el príncipe o el magistrado promulga leyes transitorias o definitivas y enmienda o deroga las leyes

El poder ejecutivo, este dispone de la guerra o la paz, se ocupa de las relaciones exteriores y de establecer la seguridad pública

El poder judicial castiga los delitos o juzga las diferencias entre particulares.

Menciona que el poder judicial que es un poder tan grande (juzgar a los hombres) que conviene que no sea dado a un grupo permanente, que debe ser ejercido por ciudadanos comunes y tener la duración necesaria para el juicio.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En nuestra Constitución también existe la división de poderes que marca el artículo 49, que menciona: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

La división de poderes supone un control para el ejercicio del Supremo Poder (pesos y contra pesos), que brindan seguridad jurídica al gobernado.

Los

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