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Contabilidad, Costos Y Presupuestos


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  2.512 Palabras (11 Páginas)  •  1.352 Visitas

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Defensa ante una demanda laboral

RESUMEN.- Esquema del procedimiento seguido ante las Juntas derivado de la presentación de una demanda laboral, y vigilancia de su desarrollo

Cuando una empresa recibe la demanda de algún trabajador en automático llama al asesor laboral que llevará el juicio, sin ni siquiera leer el documento que recibieron, en virtud de desconocer la terminología y los procedimientos legales. Sin embargo, en un sin fin de ocasiones estos juicios son perdidos, bien por el descuido del profesional contratado o bien por la falta de elementos proporcionados al mismo para llevar a cabo su trabajo. Bajo esta perspectiva, se pretende dar una orientación sobre los puntos básicos con los que pueden coadyuvar para lograr resoluciones favorables en estos juicios.

Fases del procedimiento laboral

Demanda del trabajador

La persona que interpone la demanda es el trabajador a quien generalmente se le denomina como "actor", éste la presenta por escrito en la Junta de Conciliación y Arbitraje local o federal dependiendo de la actividad de la empresa, en términos del artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

En cuanto al domicilio de la Junta donde se puede presentar puede ser: del lugar de prestación de servicios, de la celebración del contrato o del domicilio del trabajador, en términos del artículo 700, fracción II del mismo ordenamiento.

Debe ser presentada dentro de los dos meses siguientes de que se dio el hecho origen de la demanda, según lo dispuesto por el artículo 518 de la LFT.

Establecer el nombre o nombres del o los supuestos patrones que demandan y los hechos con los que sustentan el derecho a presentarla, así como las pruebas que ofrecen, conforme al artículo 872 de la LFT.

Finalmente debe contener la firma de quien promueve.

Junta de Conciliación y Arbitraje dicta Auto de radicación ordenando la notificación de la misma al patrón

Una vez recibida la demanda, la autoridad es responsable de la elaboración y publicación del auto de radicación (respuesta de la autoridad, indicando que tiene por recibida la demanda, especificando día y hora para la celebración de la primera audiencia y la orden de notificación de la misma a la parte demandada, lo anterior conforme al artículo 873 de la LFT).

El texto de la mencionada resolución debe contener la:

• confirmación de que se tiene por recibida la demanda;

• declaración de competencia o incompetencia para conocer del juicio instaurado (ya sea por jurisdicción, materia o territorio);

• fecha para la audiencia;

• orden de la notificación personal a las partes involucradas, y

• el apercibimiento a las partes de que en caso de no comparecer a la audiencia, se les tendrá por: inconformes con todo el arreglo, contestada la demanda en sentido afirmativo y perdido su derecho para ofrecer pruebas.

Notificación de la demanda al patrón y vista al trabajador señalando la fecha de la primera audiencia (puede realizarse en una o más fechas)

La autoridad notificará al patrón, a través de un funcionario llamado "actuario", en el domicilio de la negociación la demanda interpuesta en su contra, conjuntamente con el auto de radicación para que acuda a juicio a defenderse. Ésta debe hacerse por lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de la audiencia señalada en el citado auto, de lo contrario no podrá celebrarse y los apercibimientos mencionados no serán aplicables contra de la empresa si no acude, caso en el cual la autoridad deberá señalar nueva fecha para su celebración. Dicho plazo se otorga con la finalidad de que la parte demandada cuente con un tiempo prudente para preparar la contestación de la demanda y su ofrecimiento de pruebas.

Puntos a analizar por la empresa al momento de recibir esta notificación

• Pedir la acreditación al funcionario que realice la diligencia, y

• verificar que la demanda esté instaurada en contra de la negociación y en el domicilio donde la están notificando, de no contener estos datos se debe rechazar la notificación haciendo mención de no ser el sujeto demandado.

Datos a revisar de la demanda y del acuerdo de radicación antes de enviarla al abogado

Fecha de presentación de la demanda por parte del trabajador a la Junta de Conciliación y Arbitraje y la fecha que menciona fue despedido o rescindido sin causa justificada, con el objeto de saber si la demanda fue presentada dentro del plazo legal (dos meses). Este punto es muy relevante porque si hubiese sido presentada fuera del plazo legal se podrá señalar la improcedencia de la demanda por presentación extemporánea lo que da como resultado que sea desechada sin que la junta entre al fondo del juicio.

• Acción que demanda el trabajador: indemnización por despido injustificado o la rescisión en su puesto, para saber la instrucción que se dará al asesor legal.

• Leer bien los hechos sobre los que el trabajador funda la demanda para saber con cuáles pruebas se cuenta para que el asesor legal pueda manejar la defensa o negociación en su caso, al no contar con las pruebas que desvirtúen dichos hechos.

• Verificar la fecha de la audiencia para calendarizar la presencia el día de su celebración.

Estar conscientes de que en dicha audiencia, de no haber arreglo con el trabajador, se debe presentar la contestación de la demanda pues de no hacerlo el juicio se va en rebeldía y se disminuye a un 95% las posibilidades de continuar en el proceso legal, por ello este punto es el más importante de atender por el patrón y el asesor legal.

Datos a revisar del acuerdo de radicación

Sobre este documento deberá revisarse si la Junta de Conciliación y Arbitraje resulta competente en cuanto a si es una autoridad federal o local, lo cual depende de la actividad a la que se dedique la empresa:

Es Federal si la empresa se dedica a alguna de las actividades establecida en el artículo 527 de la LFT, de lo contrario será local. En el caso de que la autoridad no sea competente es posible interponer un incidente de previo y especial pronunciamiento de incompetencia de la autoridad para que la demanda sea enviada a

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