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Costo Control Mando De Obra


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  1.376 Palabras (6 Páginas)  •  555 Visitas

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CONTROL Y CONTABILIDAD DE LA MANO DE OBRA

INTRODUCCIÓN

Toda actividad empresarial requiere el concurso del hombre para desarrollar labores de oficina y, las industriales, en la planta de producción.

Estas labores, en conjunto, cargadas a cuentas de resultado o activadas al valor de las existencias u otros bienes y servicios, se denominan mano de obra.

CLASIFICACIÓN

Se distinguen dos clases de mano de obra-. Directa e Indirecta.

La Mano de Obra Directa.- Es la que se emplea directamente en la transformación de la materia prima en un bien o producto terminado.

Se caracteriza porque fácilmente puede asociarse al producto y representa un costo importante en la producción de dicho artículo.

Ejemplo: La del carpintero, del trabajador textil, del operador de maquinaria de imprenta, del tornero, zapatero, etc.

Mano de Obra Indirecta.- Labor desarrollada por personal auxiliar en tareas complementarias no ligadas directamente al proceso de fabricación, tales como las de supervisores, trabajadores ocupados en el mantenimiento y reparación de la maquinaria y equipo, personal de limpieza, etc.

Remuneración.- Pago que recibe el trabajador en contra prestación de un servicio personal en relación de dependencia o sin ella. Tienen calidad de remuneración los sueldos, salarios, comisiones, salario dominical, pagos por horas extras, salarios de días festivos, entre las más comunes.

Remuneración Ordinaria.- Es aquella que percibe el trabajador, semanal, quincenal o mensualmente, según corresponda, en dinero o en especie.

Remuneración Mínima Vital.- Cantidad mínima que debe percibir un trabajador por el servicio que presta en relación de dependencia; ningún trabajador puede ganar menos de lo que establece el gobierno por una jornada legal.

Jornada Legal de Trabajo.- La jornada de los trabajadores de la empresa “PARAIZAMAN S.A.C.” Se resume así:

a. De lunes a sábado de 8:00am a 1:00pm y de 3:00pm a 6:00pm

b. Los trabajadores tienen que estar 15 minutos antes para que puedan vestirse.

c. Al estar ya con ropa de trabajo deberán firmar un cuaderno dónde la secretaria llevará el control de los días laborados de cada trabajador (Asistencia).

d. La jornada ordinaria de los trabajadores de dicha empresa es de 8 horas diarias o 48 semanales.

e. La jornada diaria puede extenderse a más de 8 horas para compensar la reducción de la jornada correspondiente a otros días.

ESTRUCTURA DE LA MANO DE OBRA

En general, todas las remuneraciones cualquiera sea su denominación, las cargas sociales, impuestos y contribuciones que asume el empleador, son partes integrantes de la estructura de la mano de obra, bien de la directa, indirecta o la que tiene otros fines.

1. REMUNERACIONES

a) Sueldos o Salario.- Remuneración que percibe el trabajador empleado u obrero- según corresponda- por la jornada legal o contractual de trabajo. El sueldo se paga mensualmente con opción a un adelanto quincenal; el salario, semanal, quincenal o mensualmente, según política de la empresa o modalidad de contrato.

b) Salario dominical.- Remuneración exclusiva de los trabajadores obreros, establecida como estimulo a la asistencia regular rendimiento en el trabajo.

c) Horas extras.- Remuneración a que se hace merecedor el trabajador que realiza labores dentro de la misma empresa fuera de la jornada legal o contractual de trabajo. Las horas extras se pagan con un recargo a convenir que no puede ser inferior a 25% por las dos primeras horas y de 35% por las restantes de la remuneración ordinaria que percibe el trabajador.

d) Salario en días feriados.- Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo.

Son días feriados: Año Nuevo (1 de enero), Jueves y Viernes Santo (fecha variable en marzo o abril), Día del Trabajo (1 de mayo), San Pedro y San Pablo (29 de junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de julio), Santa Rosa de Lima (30 de agosto), Combate de Angamos (8 de octubre), Todos los Santos (1 de noviembre) y Navidad (25 de diciembre).

e) Jornada Nocturna.- Se entiende como tal, la que se realiza entre las 10:00 p.m. y 6:00 a.m. por la cual el trabajador tiene derecho a percibir una remuneración que no puede ser inferior a la remuneración mínima vital mensual a la fecha de pago, con una sobre tasa de treinta y cinco por ciento (35%) de aquella.

f) Remuneración vacacional.- Haber a que tienen derecho los trabajadores empleados u obreros después de cada año de servicios, siempre que cumpla la jornada ordinaria mínima de cuatro horas. El trabajador que adquiere este derecho se hace merecedor a 30 días de descanso físico debidamente remunerado.

2. CARGAS SOCIALES

a) Asignación Familiar.- El trabajador deberá acreditar tener a su cargo uno o más hijos menores de 18 años, beneficio que puede extenderse en caso que el hijo al cumplir la mayoría de edad se encuentre efectuando estudios superiores

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