ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Delitos En Contra De La Familia


Enviado por   •  30 de Marzo de 2014  •  1.912 Palabras (8 Páginas)  •  250 Visitas

Página 1 de 8

DELITOS EN CONTRA DEL ORDEN DE LA FAMILIA

 SUPOSICIÓN

 La suposición se produce cuando se hace figurar en el Registro Civil de Nacimientos un niño que no existe. Según Carrara:

 la suposición puede ser de niño o de parto: hay sustitución de parto cuando una mujer simula, movida por fines exclusivamente suyos, la preñez y el parto, para presentar luego como fruto de estos hecho que nunca han existido, una criatura que no es suya; y hay suposición de niño si la gravidez y el parto han existido realmente, pero por haber muerto el fruto de esa preñez, se ha colocado en su lugar otro niño.

 La suposición de estado es denominada también por algunos expositores ficción o simulación de parto, porque es eso: se finge un parto, bien mediante la representación del embarazo y el ulterior alumbramiento que no se han producido, simulando el progresivo crecimiento del vientre de la mujer, primero; y luego el parto mismo, con la intervención del partero, inclusive, o de la comadrona; o simplemente haciendo inscribir en el Registro Civil a un niño imaginario o supuesto, es decir, que no existe ni ha existido.

 SUPRESIÓN

 El caso contemplado en la primera hipótesis ocurre cuando por cualquier medio se quita a un niño su estado civil, sin crearle o asignarle otro, de manera que quede fuera del grupo familiar del que formaba parte sin integrarse a ningún otro.

 Se da el caso previsto en la segunda hipótesis cuando el culpable hace figurar en los registros del estado civil un niño que no existe. Según Carrara:

 Los padres legítimos que ponen a sus hijos en el torno, se hacen responsables de este delito, ya que no se les puede considerar como reos de exposición de niños,… y también lo cometen los que entregan a extraños el hijo con el objeto de que lo mantengan por siempre a oscuras de su verdadero origen y de sus correspondientes derechos.

CONDUCTA TÍPICA

 La conducta típica es hacer incierto, alterar o suprimir el estado civil de otra persona, vale decir que incurre en este delito el que convierte en equívoco o ambiguo el estado civil de otro de modo que no pueda determinarse con exactitud cuál es el real. Delinque el que lo modifica o sustituye y también quien lo suprime, es decir quien crea la imposibilidad de que el sujeto pueda determinar o acreditar su estado civil.

SUJETO PASIVO

 La víctima de este delito ha de ser otra persona, por lo tanto no importa delito la supresión o suposición del propio estado civil. El sujeto pasivo debe contar con 10 años de edad.

SUJETO ACTIVO

 El sujeto activo debe ser una mujer, pero se aplica también la pena de autoría al médico o partera que cooperaren a la ejecución del delito. La conducta punible consiste en fingir la preñez o parto y de ese modo hacer aparecer como propio a un hijo ajeno, con el propósito de dar a este supuesto hijo derechos que no le corresponden, debe existir el propósito de causar perjuicio.

 Artículo 177. Se impondrán de uno a tres años de prisión al que, con el fin de alterar el estado civil, incurra en alguno

 de los casos siguientes:

 I. Presentar ante el Registro Civil a un niño, señalándolo como hijo de quien no sea realmente su padre o madre;

 II. Hacer inscribir en las oficinas del Registro Civil un nacimiento o un fallecimiento no ocurrido;

 III. A los padres que no presenten a un hijo suyo al Registro Civil, con el propósito de hacerle perder su estado civil,

 o que declaren falsamente su fallecimiento, o lo presenten ocultando sus nombres o suponiendo que los padres son

 otras personas;

 IV. A los que substituyan a un niño por otro, o lo oculten con la finalidad de alterar su estado civil; y

 V. Al que usurpe el estado civil de otro, con el fin de adquirir derechos de familia que no le corresponden.

 El responsable de alguno de los delitos señalados en este artículo perderá el derecho de heredar que tuviere,

 respecto de las personas a quienes por la comisión del delito perjudique en sus derechos de familia.

 EXPOSICIÓN DE INFANTES

Artículo 178. Se impondrán de dos a seis años de prisión al que exponga en una casa de expósitos a un menor de siete años que se le hubiese confiado, o lo entregue a otro establecimiento de beneficencia o a cualquiera otra persona, sin anuencia de la que se lo confío o de la autoridad, en su defecto. Si el responsable es ascendiente o tutor, además, perderá los derechos que tenga sobre la persona y bienes del menor.

SUBSTRACCIÓN, ROBO Y TRÁFICO DE MENORES

 Artículo 179. Se impondrán de dos a seis años de prisión al que sustraiga a un menor de dieciocho años, sin causa justificada o sin orden de autoridad competente, de la custodia o guarda de quien legítimamente la tenga, o bien que lo retenga sin voluntad de éste. Si la víctima de este delito es un menor de doce años de edad, al responsable se le impondrá una pena de cuatro a doce años de prisión.

 Cuando el delito lo efectúen los padres, abuelos o bisabuelos que no ejerzan la patria potestad, o terceros, por encargo de alguno de éstos, la sanción será de seis meses a dos años de prisión. En este caso el delito sólo se perseguirá a petición del legítimo representante de la parte ofendida.

 En cualquier supuesto, si se pone espontáneamente en libertad al menor, o se devuelve, antes de formuladas las conclusiones y sin causarle algún daño, la sanción será de tres meses a un año de prisión.

 El robo de infante lo comete el que se apodere de un menor de dieciocho años de edad a cualquier sexo, sin derecho y sin consentimiento de sus padres o de quienes legítimamente lo tengan en su poder, con el fin de segregarlo del medio familiar que le es propio. Este delito se castigará con pena de siete a veintidós años de prisión.

 Si el menor es restituido a su familia o a la autoridad espontáneamente, dentro de los quince días a partir de la fecha de la substracción

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.8 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com