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Deltos Contra El Medio Ambiente


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  1.704 Palabras (7 Páginas)  •  260 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente informe detalla cuales son los delitos que se cometen contra el medio ambiente las infracciones administrativas, cuales son las leyes que los regulan y que sanciones conllevan los delitos. Se considera delito contra el medio ambiente la explotación ilícita de fauna y flora silvestres en cualquier lugar del planeta; y, delito de contaminación, el comercio y la eliminación de residuos o materiales peligrosos en contravención de las leyes nacionales e internacionales.

OBJETVOS

GENERAL

Señalar cuales son los delitos contra el medio ambiente

ESPECÍFICOS

 Especificar cuales son las sanciones para los delitos cometidos contra el medio ambiente

 dar a conocer las infracciones administrativas para lo delitos contra el medio ambiente

DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE

Tipificados en la ley general del medio ambiente

Se considera delito contra el medio ambiente la explotación ilícita de fauna y flora silvestres en cualquier lugar del planeta; y, delito de contaminación, el comercio y la eliminación de residuos o materiales peligrosos en contravención de las leyes nacionales e internacionales.

Articulo 92. Constituyen delitos ambientales:

a) Expeler o descargar en la atmósfera contaminantes activos o potencialmente peligrosos, cuyo uso esté prohibido o que no haya sido objeto de los tratamientos prescritos en las normas técnicas aplicables, que causen o puedan causar la muerte de una o más personas o graves daños a la salud humana o el ecosistema

b) Descargar contaminantes peligrosos cuyo uso esté prohibido o sin su previo tratamiento, en los mares de jurisdicción nacional, incluyendo la zona marítimo-terrestre, en los cursos o depósitos de aguas continentales o subterráneas incluyendo los sistemas de abastecimiento de agua a poblaciones, o infiltrar en el suelo o subsuelo, aguas residuales o desechos con las mismas características de las indicadas, que causen o puedan causar muerte de una o más personas, o grave daño a la salud humana o al ecosistema en general.

c) Fabricar, almacenar, importar, comerciar, transportar, usar o disponer sin observar lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia, sustancias o productos tóxicos o contaminantes que causen o puedan causar riesgo o peligro grave a la salud pública o al ecosistema en general; y,

d) contaminar o permitir la contaminación de alimentos y bebidas.

La acción debe dirigirse contra el responsable directo del delito cometido y debe tomarse en cuenta los casos de fuerza mayor o caso fortuito.

Articulo 93. La comisión de los delitos tipificados en los literales a) y b) del Artículo anterior, serán sancionados además de la pena por el delito específico que se cometiere como resultado de la acción u omisión, con pena de reclusión de tres (3, a diez (10), años, pudiendo imponerse a la vez, las sanciones establecidas en los incisos c), d), e), f), y g), del Artículo 87 de esta Ley.

Artículo 94. La comisión de los delitos tipificados en los literales c) y ch) del Artículo 92, además de la pena específica por el delito que se cometiere como resultado de la acción u omisión, será sancionado con pena de reclusión, de uno (1) a cinco (5) años, pudiendo imponerse a la vez las sanciones establecidas en los incisos c), ch), d), e), f) y g), del Artículo 87 de esta Ley.

Artículo 95. Las leyes sectoriales que regulen la ordenación de los recursos naturales u otras actividades Potencialmente contaminantes, podrán tipificar otras infracciones constitutivas de delito.

SANCIONES

Articulo 87. Cualquier acción u omisión de la normativa ambiental que constituya delito o infracción administrativa, dará lugar a la aplicación de las sanciones siguientes:

a) Reclusión decretada en su caso por la autoridad judicial ordinaria, por la comisión de un delito ambiental;

b) Multa, cuya cuantía será la establecida en esta Ley y sus reglamentos;

c) Clausura definitiva, total o parcial, de actividades o instalaciones, si la actividad contamina y perjudica la salud humana o el medio ambiente más allá de los límites establecidos en los reglamentos y normas técnicas;

d) Suspensión temporal de actividades o instalaciones causantes del daño ambiental;

Decomiso de las artes e instrumentos utilizados en la comisión del delito o infracción;

e) Cancelación o revocación de autorizaciones generales o beneficios económicos o fiscales concedidos por las autoridades públicas;

f) Indemnización al Estado o a terceros por los daños y perjuicios ocasionados al ambiente y a los recursos naturales, y;

g) Reposición o restitución de las cosas y objetos afectados a su ser y estado naturales, si fuera posible.

Artículo88. La imposición de las sanciones se graduarán atendiendo a la:

a) Gravedad de la acción u omisión causada al ambiente y/o a la salud y vida humana;

b) Reincidencia;

c) Repercusión social y económica; y,

d) Capacidad económica del responsable del delito o infracción debidamente comprobada.

INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo 96.- Constituyen infracciones administrativas para los efectos de esta Ley, además de las establecidas en las leyes especiales:

a) Las acciones u omisiones violatorias de los planes de ordenamiento de los recursos naturales y demás disposiciones o resoluciones dictadas por las autoridades competentes, siempre que no produzcan los efectos señalados en el Artículo

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