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Derecho Internacional


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  936 Palabras (4 Páginas)  •  326 Visitas

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Igualdad Diversidad y Jurisprudencia

De acuerdo con la opinión del doctor Miguel Vasco, en su “Diccionario de Derecho Internacional” propone la siguiente definición: “Tratado es un acuerdo formal y escrito celebrado generalmente entre Estados, regido por el derecho internacional y destinado a establecer derechos y obligaciones mutuos entre las partes contratantes, por su libre consentimiento”.

La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados dice: “Se entiende por *tratado* un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”.

“(…) lo que caracteriza el contrato unilateral es que no da nacimiento, sino a la obligación de una sola de las partes, ex uno latere; de suerte que una sola de las partes queda obligada esencialmente y no la otra parte que queda generalmente libre. El contrato unilateral es siempre un contrato de dos partes, un acto doble o bilateral: pero el contrato que este acto bilateral constituye, se llama unilateral, porque solamente da origen a una obligación principal. Por ejemplo, el mutuo o préstamo de consumo es un contrato de que nace la obligación del mutuario de restituir la cosa que se le ha entregado en préstamo, in que el mutuante contraiga la obligaciones”.

El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.”

Autor No.1, Tomo 6, pág. 45

CONVENIOS: Acuerdos institucionales, Acuerdos Marco, etc. Son convenios en los que se expresa la intención de establecer una relación duradera con otra entidad, que se puede concretar en una serie de actuaciones específicas.

Un acuerdo es, en Derecho, una decisión tomada en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.

Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos. Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.

Tratado

1 Ajuste o acuerdo al que se llega después de haber debatido sobre un asunto, especialmente el que tiene lugar entre dos o más naciones: un tratado de paz; un tratado comercial.

2 Obra que trata sobre una materia determinada: tratado de biología.

Diccionario Manual de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse Editorial, S.L.

Escrito, libro o discurso que explica una materia científica determinada.

der.

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