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Derecho Internacional


Enviado por   •  24 de Febrero de 2013  •  2.471 Palabras (10 Páginas)  •  479 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

La desmesura y la irracionalidad de los hechos recopilados en los diferentes conflictos armados y guerras internacionales y no internacionales que azotan los estados en el mundo, dan pie para la creación del Derecho Internacional Humanitario DIH, mecanismo fortalecido a través de tratados y convenios internacionales que buscan garantizar las condiciones de un conflicto o guerra; tratando de humanizarla al punto que sus actores no sean sometidos a las degradantes condiciones o penas contra la integridad humana, pero que haciendo un paralelo a la situación interna que vive nuestro país vemos si surge la efectividad de tal mecanismo mientras observamos cómo cada día las violaciones a la dignidad de las personas ajenas del conflicto armado crecen; y como las normas de guerra y que protegen el DIH son excluidas por los grupos terroristas en nuestro país.

INTRODUCCIÓN

Dentro de las violaciones al derecho internacional humanitario tenemos a los grupos terroristas de nuestro país como uno de los principales protagonistas; pues vemos como la población civil es discriminada por estos grupos sin medir las consecuencias ante ataques dirigidos supuestamente a objetivos militares; y que como consecuencia los mas afectados resultan la sociedad civil, además del desentendimiento de las normas establecidas y que buscan humanizar los conflictos en caso de confrontación enunciemos entonces la importancia

del comité de la cruz roja internacional; que trata en los lugares del conflicto en la atención de las victimas pues de su función depende de que la aplicación a los convenios y tratados que hace referencia en parte el DIH sean efectivos y puedan dar credibilidad a la fortaleza del DIH; que muchas veces observamos quedan al desnudo ante las atrocidades cometidas alineándolas a la problemática de nuestro país. Observemos que la aplicación de dicho derecho tiene como característica que no será efectiva solo a una institución esta busca además de la culpa individual a quien incurra en su violación.

Derecho Internacional Humanitario (D.I.H)

Empecemos por entender entonces que las naciones o Estados tiene como misión esencial el acogimiento y la protección de los derechos de las personas llamados derechos humanos base fundamental de una sociedad para el desarrollo integral de las personas, pero hay entonces un elemento que cobra importancia en esta ocasión y se trata no por el respeto de los derechos humanos, en si porque sabemos que estos derechos y consagrados en las políticas de cada país son inviolables. Sino en aquellas partes que se encuentran en confrontación armada toma fuerza la herramienta denominada D.I.H Derecho Internacional Humanitario.

Entiéndase entonces que el derecho internacional humanitario se acepta como la herramienta para la humanización de la guerra , que permite que las actuaciones de las partes en confrontación adopten y respeten una serie de normas y comportamientos mundialmente aceptadas en tratados y convenios que permiten un trato humano o menos degradante; a quienes se ven reducidos a condiciones de indefensión por una de las partes en disputa o combate, nos damos cuenta entonces que la mayoría de los conflictos que existen en el planeta hoy en día no son internacionales la mayoría son no internacionales y nada hace suponer que los protagonistas o transgresores; se comporten indiferente a que sean calificados de esta forma. La historia nos muestra como a medida que pasa el tiempo la desmesura de las conductas destructivas por parte de grupos terroristas en nuestro país ha cobrado miles de vidas inocentes y cantidad de violaciones a los tratados y convenios del derecho internacional humanitario.

Pero son estas circunstancias las que proclama la necesidad de que se reconozca una competencia tanto en nuestro estado como a nivel mundial para la condena y represión de las graves violaciones del D.I.H y que seria de aplicación a los conflicto no internacionales , donde en nuestro país los mas damnificados son la población civil que son los que ponen en las estadísticas el mayor numero de vidas humanas; además de poblaciones destruidas a causa de grupos terroristas como las FARC y ELN entre otros. Pero nuestra preocupación es ¿Qué pasara en realidad, será que si se reconoce aplicadamente en el derecho internacional humanitario la competencia en la persecución y el procesamiento de los autores de dichas violaciones hasta que punto puede ser efectiva su condena mientras se

observa que este mecanismo queda desnudo ante las atrocidades perpetradas por los desestabilizadores del orden social; y terroristas en nuestro estado. Es importante saber que ante la aplicación que quiere ajustar el D.I.H no es solamente la de condenar las actuaciones realizadas por determinado grupo busca además ajustar la responsabilidad al individuo como tal, responsable de la acción en eventos de conflicto interno ;es difícil entonces entender y sabiendo que lo que vivimos en nuestro país es un conflicto interno, como muchas de las actuaciones y condenas del D.I.H solo se encaminan hacia el conflicto internacional rescatamos que hay dos ilícitos que aplican favorablemente a lo que vivimos hoy como son el genocidio y los crímenes contra la humanidad, se observa como en repetidas ocasiones estos dos delitos quedan frágiles ante las atrocidades realizadas por los diferentes grupos terroristas en nuestro país; viendo como en repetidas ocasiones muchos de nuestros compañeros policías y soldaos son sometidos a situaciones de degradación humana y los cuales en los eventos de retención no hablaríamos de prisioneros de guerra; si no de torturados de guerra llegando hasta el punto de ajusticiarlos argumentando presiones por parte de los entes del estado u operativos militares; siendo esto falso notándose evidentemente la violación del D.I.H.

Enunciemos en este caso la importancia o la referencia a la que hace mención el protocolo II el cual es un componente de los 4 convenios de ginebra adoptado en esa ciudad

el 10 de junio de 1977 que tenia como misión hacer énfasis y darle mas amplitud a las disposiciones que buscan proteger a las victimas; que se encuentran en conflictos armados, entendiendo entonces que este busca garantizar de mejor manera la protección de las victimas. Los conflictos no internacionales y que como ejemplo vivo tenemos hoy e día en Colombia tengamos en cuenta que este aplica ante un estado legalmente establecido ante grupos organizados y que ejerzan dominio sobre parte del territorio estatal es acá la pregunta de la efectividad que pueda causar este protocolo sabiendo que los grupos terroristas en nuestro país ejercen

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