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El populismo penal como discurso y como práctica


Enviado por   •  29 de Marzo de 2015  •  Tutoriales  •  2.861 Palabras (12 Páginas)  •  233 Visitas

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

UAPA

Nombre:

Toni Díaz

Yaneth Rivera

Jonathan Duran

Eduardo Cruz

Tema:

El Populismo Penal

LL

Asignatura:

Derecho Penal I

Facilitador:

Lic. Gregorina Suero

INTRODUCCIÓN

Desde el punto de vista biológico el ser humano se mantiene en constante cambio evolutivo, no escapando las ciencias sociales de este dinamismo. A raíz de estos cambios que se manifiestan en la sociedad surge en el derecho penal tendencias que tratan de crear medidas coercitivas en la población a través del aumento de las penas y sanciones.

En el trabajo que hoy presentamos se presentan algunos peligros del populismo penal, se describe logran relación que existe entre el derecho constitucional y el derecho penal, pero más que nada la incuestionable naturaleza política del populismo penal afectando la misma todos los peldaños de poder dentro del sistema judicial.

Entendiendo que el populismo penal es visto como una estrategia comunicativa desplegada por los actores políticos y del sistema penal para calmar el clamor popular ante la inseguridad ciudadana. Este se trata de una ideología demagógica que propugna por la disminución de las garantías penales y procesales, la disminución de la imputabilidad juvenil, el aumento de las penas y la inflación o expansión punitiva mediante la aprobación de leyes que desbordan la capacidad operativa real del sistema penal.

El dictamen de leyes más implacables y punitivas se salen de lo real, para llegar al marco irreal, cosa que para los que dictan las leyes judiciales hace confiar que hará disminuir y mermará la delincuencia que arropa cada día nuestros países.

DESARROLLO

La expresión de populismo penal ha sido popularizada, por el jurista francés Denis Salas. Con ella se alude a la estrategia que despliegan los actores políticos y del sistema penal cuando hay problemas de inseguridad ciudadana y que consiste en calmar el clamor popular mediante apelaciones al aumento de las penas, el endurecimiento de los castigos, la disminución de la imputabilidad penal juvenil, y la aprobación de una serie de leyes que posteriormente, a la hora de la implementación, no tienen un impacto real en la prevención y disminución del delito.

La República Dominicana no escapa al influjo del populismo penal como se evidencia claramente en los reclamos por una modificación del Código Procesal Penal, por el restablecimiento de la pena de muerte, la propuesta de las castración química como sanción contra los agresores sexuales, la solicitud de que los menores de edad sean juzgados como adultos, y, en sentido general, el clamor por “mano dura” en la policía.

El populismo penal está cargado de un sin número de características que salen de la esencia del lo que es justo entre ellas esta que es un sistema anti garantista porque propugna por la disminución de las garantías; es extremista porque orienta al combate de la criminalidad como cruzada contra el mal, no ve las cosas desde el punto de vista parcial, sino completo; es panpenalismo porque considera al Derecho Penal como remedio de todos los males sociales, como la panacea social; y es simbólico y demagógico porque sólo crea la ilusión de que soluciona los problemas vía la intervención penal.

El populismo penal como discurso y como práctica, se radicaliza cuando se mezcla con una serie de tendencias y hábitos institucionales y culturales que caracterizan el sistema penal dominicano. De manera que podríamos decir que el populismo penal se caracteriza en República Dominicana por los siguientes rasgos, que a su vez constituyen sus mayores peligros para el Estado de Derecho y la protección de los derechos de las personas:

La disolución del principio de legalidad penal. El principio de legalidad está consagrado por el Artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello”. El principio de legalidad significa que no hay delito sin ley (nullum crimen sine lege). No hay delito sin ley porque no importa cuán nociva, desde Los Peligros del Populismo Penal la óptica social, sea una conducta, el Estado sólo podrá tomarla como motivo de sanciones penales si así lo ha establecido expresamente la ley. Ello explica por qué cuando, a raíz de la expansión del servicio eléctrico, comenzaron a proliferar las conexiones ilegales, hubo necesidad de legislar para combatir así el fraude eléctrico, pues éste no encajaba en la figura penal tipo del robo.

Ello permite entender, además, por qué, frente a la emergencia de fraudes realizados a través de mecanismos electrónicos o mediante la manipulación de instrumentos de pago se requiere una legislación penal que expresamente contemple estas nuevas figuras delictivas. El principio de legalidad protege a las personas frente a todo castigo por una conducta que no haya sido declarada de modo expreso punible con anterioridad al hecho.

Como bien expresa Roxin, “que con ello en alguna ocasión pueda quedar impune una conducta especialmente refinada, socialmente nociva y por ello merecedora de pena, es el precio que ha de pagar el legislador por la falta de arbitrariedad y la seguridad jurídica es decir, por la calculabilidad de la aplicación de la potestad punitiva del Estado.

En otras palabras, no basta con que la conducta sea punible por mandato expreso y anterior al hecho del legislador. Se requiere, además, que el legislador con anterioridad a la conducta haya establecido la clase de pena y su posible cuantía. Ello se infiere de la disposición convencional que establece que “tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito” de donde resulta claro que es inconstitucional toda agravación posterior y retroactiva de la pena.

El populismo penal ha implicado en los países en donde se ha asentado

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