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Derechos Reales Y Personales


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  841 Palabras (4 Páginas)  •  586 Visitas

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DERECHOS REALES Y PERSONALES

Los derechos patrimoniales son divididos en derechos reales y personales; son derechos reales: el dominio, el de usufructo, uso o habitación, los de servidumbre activa, el de prenda y el de hipoteca, y de aquí nacen las acciones reales.

Los derechos reales

sean definido como, el poder e inmediato sobre una cosa, poder o señorío que, dentro de los márgenes de la ley, puede ser más amplio o menos amplio.

En cuanto a los derechos personales, también llamado crédito, es el que nace de la relación de dos personas, deudor que se encuentra en la necesidad de cumplir una prestación (dar, hacer o no hacer algo), el acreedor, tiene la facultad de exigir tal prestación

; se ha practicado una división elemental de derechos reales y personales, por la necesidad de distinguir entre el derecho de goce de un bien y el derecho de prestación y de incluir entre los derechos personales absolutos o bienes de la personalidad, y entre los personales relativos, los que derivan de las relaciones de familia, categorías ambas en donde los toques moral y políticos son prevalecientes y definitivos.

Elementos de que consta cada derecho: En los derechos reales se les han dado dos elementos, la persona, el sujeto activo del derecho, y la cosa objeto del derecho, en los derechos personales se puede indicar que, además del sujeto activo o titular del derecho y el objeto mismo, interviene otro elemento, deudor o sujeto pasivo del derecho. Entonces, básicamente la diferencia entre derecho personal y real es el sujeto pasivo. En los derechos personales se requiere el concurso del mismo para el cumplimiento. En los derechos reales no se requiere la intervención de este sujeto para la realización del derecho.

Diferencia en cuanto al objeto: el objeto del derecho real es siempre una cosa, están delimitados por la órbita de las cosas, sean materiales o inmateriales. En el derecho personal puede ser la prestación de una cosa, encontramos objetos diferentes a las cosas, la realización de un hecho o su no realización, una abstención.

Determinación del objeto: En los derechos reales no es posible ejercerlos de manera directa si no tenemos una realidad representada en una cosa concreta; en los derechos personales se puede incluso tener por objeto una cosa futura, la realización de un hecho futuro etc.

Carácter absoluto del derecho real y relativo del personal: se entiende de aquel cuyo titular puede hacerlo valer contra todos los demás sujetos (erga omnes) porque sobre todos ellos pesa el deber de no violar ni perturbar el derecho mismo. Derecho relativo: derecho cuyo titular puede hacerlo valer solo contra una o más personas, ligadas por un vínculo especifico; hay ciertos derechos reales que propiamente no se ejercen con alcance general, ejemplo las relaciones u obligaciones propter rem, así como derechos

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