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El Objeto De La Prubea El Tema De La Prueba Y El Fin De La Prueba


Enviado por   •  31 de Agosto de 2012  •  795 Palabras (4 Páginas)  •  994 Visitas

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EL OBJETO DE LA PRUEBA JUDICIAL SON LOS HECHOS

Son objeto de la prueba judicial las realidades susceptibles de ser probadas, sin relación con ningún proceso en particular; se trata de una noción objetiva y abstracta, Desde este punto de vista, y siguiendo las enseñanzas del profesor Hernando Devis Echancria, son hechos objeto de prueba: a) Todo lo que puede representar una conducta humana, los sucesos, acontecimientos, hechos o actos humanos, voluntarios o involuntarios, individuales o colectivos, que sean perceptibles, inclusive las simples palabras pronunciadas, sus circunstancias de tiempo, modo y lugar, y el juicio o calificación que de ellos se ponga. b) Los hechos de la naturaleza en que no interviene actividad humana. e) Las cosas o los objetos materiales y cualquier aspecto de la realidad material scan o no producto del hombre, incluyendo los documentos, d) La persona física humana, su existencia y características, estado de salud, etc. e) Los estados y hechos síquicos o internos del hombre, incluyendo el conocimiento de algo, cierta intención o voluntad y el consentimiento tácito o la confolutidad (el expreso se traduce en hechos externos: palabras o documentos), siempre que no impliquen – una conducta apreciable en razón de hechos externos.

EL OBJETO DE LA PRUEBA JUDICIAL SON LOS HECHOS Y LAS AFIRMACIONES

Efectivamente, los hechos pueden ser afirmados o negados, pero de todas maneras lo que se prueba son los hechos y no las afirmaciones, ya que éstas son simplemente manifestaciones.

EL OBJETO DE LA PRUEBA JUDICIAL SON LAS AFIRMACIONES

Santiago Sentis Melendo sostiene: "¿Qué es lo que ha de verificarse? Esto es: ¿Qué se prueba? Aquí suele aumentarse la confusión. Porque no es raro y hasta es lo corriente, que se nos diga: se prueban hechos. No, los hechos no se prueban, tos hechos existen. Lo que se prueban son afirmaciones que podrán referirse a hcchos"2.

No estonios de acuerdo con el ilustre maestro, pues si bien es cierto, como él mismo lo dice, que las partes no le plantean al juez sus dudas, sino que efectivamente hacen afirmaciones de la existencia de determinados hechos que sirven de sustento a sus pretensiones o excepciones, éstos son los que son susceptibles de prueba.

El artículo 177 del C. de P.C. se refiere a la teoría que sostiene que el objeto de la prueba son los hechos, al preceptuar: "Incumbe a las partes probar el supuesto de hecho de las nomas,.."

Tema de Prueba

NOCIÓN

El tema de prueba está constituido por aquellos hechos que es necesario probar, por ser los supuestos de las normas jurídicas cuya aplicación se discute en un determinado proceso. Lo anterior significa que la noción de tema de prueba resulta concreta, ya que no se refiere sino a

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