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LA NORMA JURIDICA EN EL ESPACIO Y EN EL TIEMPO


Enviado por   •  9 de Julio de 2012  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  6.627 Visitas

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LA NORMA JURIDICA EN EL ESPACIO Y EN EL TIEMPO

¿QUÉ SON LAS NORMAS?

“Es un mandato de que a cierto supuesto debe seguir lógico jurídicamente una consecuencia, estando tal mandato respaldado por la fuerza del estado para el caso de su eventual incumplimiento. (RUBIO 2009:76)”.

Una norma jurídica esta conformada por hechos, consecuencias y sanciones que rigen a la sociedad, respaldado por el estado, quien va a manifestar y obligar a su cumplimiento.

A la proposición que no norma en sí misma sino que describe el modo como es normada la conducta. Indica aquello que debe ser lo que se considera justo. (ALZAMORA 1984:105).

Características de las Normas:

- Referencias a relaciones externas y mutuas entre los seres Humanos.

- Procedencia de una autoridad estatal encargada de dictarla o, en defecto de este último, de reconocerle validez legal (costumbre jurídica).

- Obligatoriedad garantizada por el uso de la fuerza estatal.

- Utilización dirigida a consagrar tres tipos de acciones: obligar, prohibir o permitir.

- Las normas son obligatorias y sancionadas por si no son cumplidas o violadas.

- Las normas son para una mejor convivencia en la sociedad

NORMA JURIDICA:

Es un origen central para la ciencia del Derecho, no se interesa por sí mismo sino que muestra como es normada la conducta, es decir, trabaja la conducta humana para regular a la sociedad en su conjunto.

La norma jurídica pertenece a la categoría de los objetos culturales y constituye una estructura lógica que debe ser de una conducta dirigida a determinado valor o valores.

Es la ordenación del comportamiento humano dictado por una autoridad competente para reglamentar una situación. Procedimientos de la autoridad jurídica. Manifestación de la voluntad de ésta autoridad, formalmente expresada a través de sus órganos e instancias productoras, regula la conducta humana, en un tiempo y lugar definidos.

Son reglas de conducta obligatoria que tiene por objeto mantener la convivencia humana para alcanzar el bien común. Las otras características de las normas jurídicas son su bilateralidad, su exterioridad, heterónoma y su coercibilidad.

APLICACIÓN DE LAS NORMAS EN EL ESPACIO:

EXCLUSIÓN:

“La relación entre dos ordenamientos jurídicos distintos (entre países, federación y entidades federativas, derecho nacional e internacional) son, en principio de exclusión, dado que cada uno posee su propio ámbito espacial de validez. De esta suerte la aplicación de sus normas ha de circunscribirse a su propio territorio. Una situación contraria violaría el principio de no aplicación extraterritorial de la ley. (ALVAREZ 2008).

La exclusión, según el autor nos dice que son cuando dos ordenamientos jurídicos poseen su propio ámbito espacial de validez. Y que la aplicación de sus normas se reduce a ciertos límites de su propio territorio.

APLICACIÓN TERRITORIAL:

Se refiere a que todo sistema jurídico positivo cubre un determinado espacio social, se refiere a cierto territorio y se mantiene bajo la tutela de un poder soberano. Es interesante la consideración de la incidencia del poder soberano sobre un territorio determinado: todo el territorio de un estado esta sometido a la protección y a la garantía de un sistema de derecho; y esta cobertura jurídica se realiza a través de diferentes reglas jurídicas de diferentes rangos.

Consiste en que las normas de un estado son aplicables en todo el ámbito de su territorio. El territorio es la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo encerrado dentro de sus fronteras. En tierra ello no ofrece dudas desde que nuestras fronteras fueron fijadas por sendos tratados. El territorio del estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre.

“Asegura que el principio general consiste en que las normas de un estado son aplicables en todo el ámbito de su territorio. Podemos afirmar que el territorio peruano es la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo encerrado dentro de sus fronteras. La norma correspondiente es el artículo 54º de la constitución establece “el territorio del estado es inalienable e inviolable”. (ALZAMORA 1984)”.

Este excelente autor acota que la aplicación territorial solo se da en su propio territorio o en todo su territorio, da entender que siendo un territorio inviolable no puede una ley que viene de afuera aplicarse dentro de ella.

APLICACÓN DE LAS NORMAS EN EL TIEMPO:

2.2.1 APLICACIÓN RETROACTIVA:

La aplicación retroactiva consiste en aplicar leyes actuales a hechos o actos jurídicos anteriores o viceversa, aplicar leyes anteriores a hechos o actos jurídicos

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