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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN


Enviado por   •  29 de Mayo de 2015  •  2.849 Palabras (12 Páginas)  •  195 Visitas

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN:

La educación puede definirse como el proceso de socialización de los individuos. Al educarse, una persona asimila y aprende conocimientos; también implica una concienciación cultural y conductual.

El proceso educativo se materializa en una serie de habilidades y valores, que producen cambios intelectuales, emocionales y sociales en el individuo. De acuerdo al grado de concienciación alcanzado, estos valores pueden durar toda la vida o sólo un cierto periodo de tiempo.

No solo se trata de transmitir el conocimiento en una institución, sino formar a los seres que se preocupen por el futuro de nuestro país, cuidando el medio ambiente, retomando los valores de identidad, que sean críticos, analíticos, propositivos; por eso en nuestro país la educación debe ser prioritaria, debe ser atendida por todos los agentes educativos y gubernamentales, porque ésta remarca el futuro de la nación.

La educación en México es un derecho consagrado por la Constitución vigente, que en su artículo 3° declara que la educación impartida por el Estado debe ser gratuita, laica y obligatoria para todos los habitantes del país. La Ley General de Educación de México obliga a quienes residen en México a cursar por lo menos los niveles primario y secundario de la educación, y establece que los jefes de familia tienen la responsabilidad de verificar que sus hijos cumplan con este deber.

_ El estado está obligado a prestar los servicios educativos para que toda la población curse la educación preescolar, primaria y secundaria.

_ Es obligación de todos los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, primaria y secundaria.

_La educación que imparta el estado será laica y gratuita.

_ Los hablantes de lenguas indígenas tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y en español.

_ Constituyen el sistema educativo nacional: los educandos y educadores, autoridades educativas, planes y programas educativos, instituciones educativas del estado y organismos descentralizados, las instituciones particulares con reconocimiento de validez oficial y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.

_ La autoridad educativa federal recae en la Secretaría de Educación Pública.

_ La autoridad educativa local corresponde a cada uno de los ejecutivos de los estados y a la entidad o dependencia que se encargue de la función social educativa.

_ La autoridad municipal es el ayuntamiento de cada municipio.

_Algunas atribuciones de la autoridad educativa federal son: determinar para toda la república, los planes y programas de estudio para la educación preescolar, primaria, secundaria y normal; establecer el calendario escolar aplicable en toda la república; elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuito; autorizar el uso de libros de texto para preescolar, primaria y secundaria; regular el sistema de créditos, revalidación y equivalencias de estudios y evaluar el sistema educativo nacional.

_ Corresponden a las autoridades educativas locales: prestar los servicios de educación inicial, básica, indígena, especial, normal y demás para la formación de maestros; proponer a la SEP los contenidos regionales que haya que incluir en los planes y programas; ajustar el calendario escolar; revalidar y otorgar equivalencias de estudios en preescolar, primaria secundaria y normal de acuerdo a los lineamientos de la SEP; otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y normal.

_ La autoridad municipal podrá promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad

_ Las autoridades locales serán responsables de la distribución de los libros de texto gratuito y demás materiales educativos que la SEP proporcione.

_ Las autoridades educativas revisarán los trámites y procedimientos con el propósito de simplificarlos y así reducir las cargas administrativas de los maestros, alcanzar mayor número de horas de clase y lograr un servicio educativo con mayor pertinencia y eficiente.

_ En las actividades de supervisión, se dará preferencia, respecto de los aspectos administrativos, a los apoyos técnicos, didácticos y demás para el adecuado desempeño de la función docente.

_ El ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa concurrirán al financiamiento de la educación pública. El monto anual que se destine, no podrá ser menor al 8% del producto interno bruto del país.

_ Los recursos federales recibidos por cada entidad federativa para la prestación del servicio educativo, no serán transferibles, es decir, deberán aplicarse a ese renglón.

_ Las autoridades educativas darán a conocer a toda la sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que realicen y la información global que permita medir el desarrollo y avance de la educación en cada entidad federativa.

_ Los tipos de educación que se definen son tres: 1) BASICA, que comprende preescolar, primaria y secundaria; 2) MEDIO- SUPERIOR que abarca el bachillerato y sus equivalentes; 3) SUPERIOR que corresponde a la que se imparte después del bachillerato con niveles de licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, además de la normal en todos sus niveles y especialidades.

_ En el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, especial y para adultos.

_ La educación inicial es la que se proporciona a los menores de 4 años, la especial está destinada a los individuos con discapacidades transitorias o definitivas y capacidades sobresalientes, y la educación para adultos está destinada a los individuos que no hayan cursado o concluido su educación primaria o secundaria o bien la formación para el trabajo.

_ Las modalidades de la educación son: escolar, no escolarizada y mixta.

_ La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la república, en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y normal, el cual deberá contener doscientos días de clases para los educandos.

_ La suspensión de clases solo podrá ser autorizada por la autoridad que haya establecido o ajustado en su caso, el correspondiente

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