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Actividad Administrativa


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2012  •  4.954 Palabras (20 Páginas)  •  549 Visitas

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La Actividad Administrativa

Es aquella en la cual el Estado satisface intereses colectivos o individuales en forma directa o inmediata. Es una actividad típicamente instrumental de la administración pública, es una forma de comunicación.

Vinculación de la legalidad formal, de forma imperativa, es decir, el acto administrativo debe ser conforme a la ley, la administración pública siempre debe actuar conforme a lo que dice la ley, sin contrariedad. La discrecionalidad es un poder que tiene la administración para valorar los intereses colectivos.

Función Administrativa

Función administrativa del estado es aquella que provee a la satisfacción delas necesidades colectivas, y permanente y actúa sobre el presente. El estado ejerce la función administrativa como gestor de interés público, a través de la cuales personas jurídicas estatales entra en relación con las particulares, como sujeto de derecho. Todos los órganos del estado puede cumplir la función administrativa, como por ejemplo la A.N, al autorizar diversos órganos o actos ejecutivos al dictar los actos relativos a su personal.

Delimitación Conceptual

La delimitación del acto administrativo como elemento esencial para el desarrollo del derecho administrativo. El acto administrativo toma un papel muy importante y fundamental en la actividad administrativa, tanto a nivel federal, estatal, municipal y autónomo.

Existen diferentes fuentes que definen este acto administrativo desde dos vertientes, una de los autores como Sayagués entre otros, que lo definen similarmente como la declaración unilateral de la voluntad de la administración pública que produce efectos subjetivos; y la otra que es la que nos habla el autor Manuel Jiménez Dorantes, de la cual explicaré enseguida.

Manuel Jiménez Dorantes en su obra diferencia y compara al negocio jurídico con el acto administrativo. Habla del negocio jurídico como la autonomía de la persona, la propiamente dicha autodeterminacion privada, de contenido preceptivo y con tutela del orden jurídico.

Por el contrario el acto administrativo no conlleva a expresar la voluntad de dicha autoridad administrativa, en cambio en el negocio jurídico la persona privada si expresa su voluntad tal cual. No puede haber comparación entre la declaración de la voluntad de una autoridad administrativa en el acto administrativo y la persona privada en un negocio jurídico. La ubicación que hay entre una persona privada y una autoridad administrativa es que la segunda tiene superioridad y esto le permite imponer u obligar con sus determinaciones. ¿Por qué hace esta afirmación el autor? porque la autoridad administrativa lo único que hace al emitir un acto administrativo es simplemente someterse al ordenamiento juridico para hacer cumplirlo, por lo tanto no se esta hablando de una autonomía propiamente dicha sino de una vinculación a los principios de legalidad, que con la emisión de esos actos se hace cumplir la ley, o sea se hace la voluntad de la ley, si queremos hablar de una declaración de la voluntad.

Régimen Jurídico

Este viene dado por la Constitución Bolivariana de Venezuela en su artículo137 y la ley orgánica de procedimiento administrativo LOPA. La constitución nacional en su artículo 141 reza La administración pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamentan en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuenta y responsabilidad en el ejercicio de la función publica, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

Principios que forman la actividad administrativa

De acuerdo con el artículo 141 de la Constitución, la Administración Pública se fundamenta en "los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho". Estos mismos principios los repite el artículo 12 de la LOAP al precisar que la actividad de la Administración Pública se desarrollará con base a los principios antes mencionados.

Principio de legalidad mas o menos el principio de la simplicidad: El artículo 12 de la LOAP dispone que las amplificación de los trámites administrativos será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, así como la supresión de los que fueren innecesarios, todo de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente. Este principio tiene el objeto de racionalizar los trámites que realizan los particulares ante la Administración Pública, mejorar la eficiencia, pertinencia y utilidad, a fin de lograr mayor celeridad y funcionalidad en las mismas; reducir los gastos operativos; obtener ahorros presupuestarios; cubrir insuficiencias de carácter fiscal y mejorar las relaciones de la Administración Pública con los ciudadanos.

Principio de información general (Internet): A fin de dar cumplimiento a los principios establecidos en la LOAP, ésta dispone (art. 12) que los órganos yentes de la Administración Pública deberá utilizar las nuevas tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas.

Para ello cada órgano y ente de la Administración Pública debe establecer y mantener una página en la Internet, con toda la información que se considere relevante misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que presta. Principio de publicidad de los actos generales:

Todos los reglamentos, resoluciones y actos administrativos de carácter general dictados por la Administración Pública deberán ser publicados, sin excepción, en la Gaceta Oficial de la República, según el caso, en el medio de publicación oficial del Estado, Distrito Metropolitano o Municipio correspondiente (art. 13). La norma recoge el principio general del comienzo de la eficacia de los actos administrativos de efectos generales (normativos) o de carácter general(destinados a varios sujetos de derecho), sujetándolo a la publicación en la Gaceta Oficial.

Principio de la sujeción a los planes, metas y objetos: Los órganos yentes de la Administración Pública, en su funcionamiento, deben sujetarse a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan

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