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Arbitraje De La OMPI En Materia De Marcas


Enviado por   •  2 de Octubre de 2011  •  1.327 Palabras (6 Páginas)  •  1.155 Visitas

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**Arbitraje de la OMPI en materia de marcas

Una sociedad informática norteamericana había registrado una marca para programas informáticos de comunicación en los EE.UU y el Canadá. Un fabricante de productos informáticos de otro país había registrado una marca prácticamente idéntica para equipo informático en varios países asiáticos. Ambas sociedades entablaron procedimientos judiciales en distintas jurisdicciones en relación con el registro y la utilización de sus marcas. Cada una de las sociedades puede impedir a la otra el registro y utilización de su marca en las jurisdicciones en las que es titular de derechos anteriores. A fin de facilitar la utilización y el registro de sus marcas respectivas en todo el mundo, las partes concertaron un acuerdo de cotitularidad que contenía una cláusula de arbitraje de la OMPI. Cuando la sociedad norteamericana intentó registrar su marca en China, su solicitud fue denegada debido al riesgo de confusión con la marca anterior de la que la otra parte era titular. La empresa norteamericana solicitó que la otra parte tomase las medidas necesarias para permitirle registrar su marca en un país asiático y, tras la negativa de la otra parte, inició un procedimiento de arbitraje.

Tras las propuestas formuladas por el Centro, las partes nombraron como árbitro único a un abogado experto en propiedad intelectual. En un laudo provisional el árbitro único hizo efectiva la solución propuesta por las partes, que preveía la concesión por el fabricante de hardware de una licencia en condiciones adecuadas para la compañía norteamericana, incluyendo una obligación de presentar informes periódicos a la otra parte.

** Procedimiento de mediación de la OMPI en materia de derechos de autor seguido por un procedimiento de arbitraje acelerado

Un productor de obras artísticas concluyó un contrato con una compañía de seguros para financiar procedimientos arbitrales. El contrato incluía una cláusula de arbitraje acelerado OMPI. El productor inició procedimientos arbitrales en Singapur contra una sociedad Asiática. El productor reclamaba las costas del arbitraje en Singapur amparándose en su contrato. La compañía de seguros rehusó pagar y el productor inició un arbitraje acelerado OMPI indicando que, como consecuencia del plazo impuesto por el tribunal arbitral en Singapur, necesitaba que se dictase un laudo definitivo dentro de seis semanas tras el comienzo del arbitraje acelerado OMPI. Después de haber consultado con las partes, el Centro de la OMPI nombró un árbitro único. Después de un día de audiencia, el árbitro único dictó un laudo cinco semanas después de iniciarse el procedimiento.

Tras la terminación de la mediación, la editorial inició un procedimiento de arbitraje acelerado. El Centro nombró a un juez como único árbitro, conforme lo acordado por las partes. El árbitro llevó a cabo una audiencia de un día en la que las partes expresaron su deseo de arreglar el caso, solicitando al árbitro que prepare una propuesta de acuerdo. Las partes aceptaron la propuesta del árbitro y solicitaron al árbitro emitir un laudo aceptado. Además de confirmar las condiciones del acuerdo, el laudo aceptado hizo referencia a un comunicado de prensa a ser publicado por las partes anunciando la solución de su disputa.

**. Arbitraje de la OMPI en materia biotecnológica y farmacéutica

Una empresa de biotecnología francesa, titular de varias patentes de procedimientos para la extracción y purificación de un compuesto para usos médicos, celebró un acuerdo de licencia y desarrollo con una gran empresa farmacéutica. La compañía farmacéutica tenía una experiencia considerable en la aplicación médica de la sustancia objeto de las patentes de las que era titular la empresa de biotecnología. Las partes incluyeron en su acuerdo una cláusula que estipulaba que todas las controversias derivadas de su acuerdo serían resueltas por un árbitro único en virtud del Reglamento de Arbitraje de la OMPI.

Varios años después de la firma del acuerdo, la empresa de biotecnología dio por terminado el contrato, alegando que la compañía farmacéutica había retrasado deliberadamente el desarrollo de los compuestos biotecnológicos. La empresa de biotecnología presentó una solicitud de arbitraje reclamando una cantidad importante como daños.

El Centro

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