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CONTESTACION DE DEMANDA


Enviado por   •  14 de Febrero de 2014  •  10.488 Palabras (42 Páginas)  •  509 Visitas

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H. MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

SALTILLO, COAHUILA.

P R E S E N T E.-

_________________________, mexicano, mayor de edad y en mi carácter de Apoderado Legal de la empresa___________________________., personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del expediente de origen numero 73/2002 acumulado al 337/2003, y señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en el despacho ubicado en la calle__________________________, autorizando en forma indistinta a la Licenciada en Derecho la C. ______________________ ello en los términos del segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Amparo, ante Ustedes con el debido respeto comparezco y expongo:

Que dentro del término al que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103 y 107 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 44, 46, 158, 163 y 169 de la Ley de Amparo, vengo a promover AMPARO DIRECTO solicitando el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, frente a los actos que en apartado especial enunciare, permitiéndome bajo protesta de decir verdad satisfacer los requisitos a los que se refiere el artículo 166 de la Ley de Amparo lo siguiente:

I. El quejoso lo es mi representada la empresa denominada _______________________________. con domicilio en la CARRETERA PRESA LA AMISTAD KM 7 en el Parque Industrial en la ciudad de__________________ y promuevo el suscrito ___________________________________L, en mi carácter de apoderado legal de la misma.

II. El tercero perjudicado lo es el C. JULIO GARCIA ESCAJEDA, representado por su apoderado _________________________, quienes señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones en Calle_________________en esta ciudad de ________, Coahuila.

III. La Autoridad responsable del Acto Reclamado lo son: la H. Junta Especial de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Acuña, Coahuila, como Autoridad ordenadora, y el C. PRESIDENTE de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje de Acuña, Coahuila, como Autoridad ejecutora.

IV. El Acto que reclamo de las Autoridades que señalo como responsables lo constituye el Laudo que se combate de fecha TRECE de JUNIO del 2013 dictado dentro del expediente numero 73/2002 acumulado 337/2003, el cual se origino por la demanda presentada por el C. JULIO GARCIA ESCAJEDA, en contra de _____________________., ante la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje de Acuña, Coahuila, así como la ejecución del mismo.

V. Bajo protesta de decir verdad manifiesto que el Acto Reclamado le fue notificado a mi mandante por los estrados de la responsable el día 24 de junio del 2013.

VI. Los preceptos constitucionales cuya violación se reclama y el concepto o conceptos de la misma violación; Los son los artículos 14 y 16 constitucionales, los artículos 840, 841, 842 y demás relativos a la Ley Federal del Trabajo permitiéndome señalar las disposiciones secundarias violadas en capitulo separado.

Me permito expresar a continuación los hechos que constituyen los antecedentes de los actos reclamados.

A N T E C E D E N T E S:

1. Mediante escrito presentado en fecha veintidós de marzo del dos mil dos, por el C. LIC. JOSE GUADALUPE RAMIREZ ABAD, apoderado jurídico del actor JULIO GARCIA ESCAJEDA, como lo acredita con carta poder que obra inserta en el escrito inicial de demanda, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en calle SANTA ELENA No. 806 de la ciudad de Piedras Negras, presentó demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Piedras Negras, Coahuila, en contra de ______________________ PLANTA IRVIN con domicilio en Parque Industrial Carretera presa la Amistad KM. 6.5 de la ciudad de Acuña, Coahuila; reclamando el pago de las siguientes PRESTACIONES : a).- El pago de la indemnización constitucional; b).- el pago de salarios caídos; c).- El pago de vacaciones y la prima vacacional; d).- el pago proporcional del aguinaldo; c).- el pago de la prima de antigüedad.- Fundando su demanda en los siguientes HECHOS: 1.- Que inicio la prestación de sus servicios para la demandada el 25 de julio del año 2000, en la categoría de ensamblador "PIN ROLLEN" con un horario de 4 de la tarde a la 1 de la madrugada, ósea a.m. y percibiendo como salario 64.00 pesos diarios por jornada legal ordinaria. 2.- Que como trabajador al servicio de la demandada siempre cumplió con sus obligaciones inherentes al trabajo contratado, es el caso que con fecha 12 de marzo del 2002 siendo las 8:30 hrs. p.m. fue voceado para que se presentara en la oficina del Sr. JOSE LUIS RAMIREZ Gerente de personal del turno de noche, comunicándole que ya estaba despedido del trabajo, preguntándole que cual era el motivo o razón del despido injustificado, contestándole que ya sus servicios ya no eran necesarios, que nada más le pagarían la liquidación base a derecho, mencionando que se encontraba el Sr. EMILIO HERNANDEZ Gerente de Personal de turno de día y que él fue quien le hablo al guardia de acuerdo con el Sr. JOSE LUIS para que lo sacara de la maquiladora; que el guardia de nombre JESUS GARCIA IBARRA lo insulto con palabras agresivas, que no se la iba acabar, estando presentes algunos compañeros de trabajo. En el capitulo de derecho señala el artículo 123 constitucional, la Ley Federal del Trabajo, así como la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social que considera son aplicables al caso.-----

2.- Mediante auto de fecha diez de abril del dos mil doce, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Piedras Negras, Coahuila, tuvo por radicada la demanda bajo el numero estadístico 73/2002 y se citó a las partes a una audiencia de CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS la que tuvo verificativo a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DOCE, a la que comparece el C. LIC. RAFAEL H. AGUIRRE RODRIGUEZ apoderado jurídico de la parte actora y por el demandado TAKATA IND. IRVIN DE MEXICO, S.A. DE C.V., PLANTA IRVIN comparece el C. LIC. SERGIO ROBERTO MALTOS VILLARREAL quien acredita su carácter de apoderado jurídico a juicio de la Junta, misma que se difirió y se señaló nueva fecha y hora para que tuviera verificativo la audiencia trifásica; la cual y después de diversos diferimiento se llevo a cabo sino hasta el día veintiséis de agosto del dos mil tres, misma que obra a foja 38 vuelta y 39 de autos. Compareciendo por el actor su apoderado jurídico LIC. FERNANDO JACOBO FONSECA y por la demandada compareció el LIC. ___________________________, personalidad

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