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CONTRATO DE PERMUTA


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2012  •  3.006 Palabras (13 Páginas)  •  1.085 Visitas

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CONTRATO DE PERMUTA

Entre el suscrito, FABIO MARTIN RÍOS RAMÍREZ mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de Villavicencio, identificado con cédula de ciudadanía numero 6.773.275 de Tunja, actuando en nombre y representación de CONSTRUCCIONES E INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA persona jurídica identificada con Nit. 822007352-1, con domicilio social principal en la ciudad de Villavicencio quien en adelante se denominara EL (PERMUTANTE 1) de una parte, y de la otra VENUR YOLIMA PEREZ LOPEZ mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía 21.181.586 de Cumaral – Meta en calidad de Representante legal de JUAN MATAS SAS NIT. 900356160-3 quien para los efectos del presente contrato se denominara EL (PERMUTANTE 2), manifestaron que han decidido celebrar un contrato de permuta, en adelante el "CONTRATO", el cual se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Por medio del presente Contrato, EL (PERMUTANTE1) transfiere a título de permuta a EL (PERMUTANTE 2), Los siguientes bienes: A-) Por el régimen de propiedad horizontal El derecho de dominio y la posesión de la construcción desarrollada de DOS (2) apartamentos de ochenta y un (81) metros cuadrados, en el proyecto denominado CONDOMINIO MIRADOR DE LAS PALMAS, el cual cuenta con piscinas para niños y adultos, parques infantiles, senderos peatonales, cancha de Tenis, cancha de voleibol playa, barbecue, sede social, capilla, cancha múltiple, portería, citofonía, supermarket, gimnasio, circuito cerrado de TV. las especificaciones y acabados de los Apartamentos (APARTAMENTO 701 TORRE C) (APARTAMENTO 702 TORRE C) se describen en forma detallada en documento escrito que se anexa al presente contrato de PERMUTA y el cual hace parte integral del mismo, apartamentos que se describe a continuación: (APARTAMENTO 701 TORRE C) (APARTAMENTO 702 TORRE C) de ochenta y un (81) metros cuadrados , cuyos linderos y ubicación se establecerán una vez se hallan expedido la totalidad de las licencias DE URBANISMO Y CONSTRUCCION, Inmuebles que hacen parte de DOS (2) predios de mayor extensión denominados BONAIRE ubicados en la ciudad de Acacias, y distinguido el primero con el numero 14, el cual cuenta con 39.191 metros cuadrados con referencia catastral No 00-01-0010-0085-000 Y Matricula inmobiliaria No 23230440 e alinderado de manera general así: POR EL NORTE, Partiendo del mojón 14,ubicada en la cerca colindancia con predios del SR. José Gutiérrez futura vía vehicular V-12 de promedio en línea recta dirección Noroccidente hasta el mojón número 39 en una distancia de 115.18 ML, Todo Este trayecto linda con el lote 4ª de la misma dirección POR EL OCCIDENTE, partiendo del mojón número 39 en línea recta y en dirección Sur occidente pasando por los mojones 32,34 y hasta el mojón 64 y en una distancia de 366.25 ML, Todo este trayecto linda con los lotes 14ª, 13 Y 4 de la misma división POR EL SUR PARTIENDO DEL MOJON NUMERO 64 en línea recta dirección sur oriente, hasta el mojón numero 63 y en una distancia de 112.52 ML, todo este trayecto linda con el lote numero 7 de la misma división POR EL ORIENTE, partiendo del mojón número 63 en línea quebrada distancias sucesivas Nororiente hasta el mojón numero 40 y encierra, con una distancia de 369.43 ML, Todo este trayecto linda con el predio del Sr. JOSE GUTIERREZ, futura vía vehicular V-12 de por medio. Y el segundo lote de terreno, distinguido con el numero 14ª con una extensión de 20.000 metros cuadrados, se identifica con la cédula catastral No. 00-01-0010-0077-000 y Matricula inmobiliaria No 232-30441 alinderado así: por el NORTE partiendo del mojón 30, en línea recta y dirección Noroccidente hasta el mojón Numero 29,en una distancia de 291.52 ML, todo este linda con el lote 15ª de la misma división POR EL OCCIDENTE partiendo del mojón número 29 en línea recta y dirección Sur occidente, pasando hasta el mojón número 31 en una distancia de 71.47 ML, todo Este trayecto linda con vía vehicular V-12; POR EL SUR, partiendo del mojón número 31 en línea recta dirección sur oriente hasta el mojón número 32 en una distancia de 291.52 ML;T todo este trayecto linda con el lote numero 13 de la misma división. POR EL ORIENTE partiendo del mojón número 32 en línea recta y dirección nororiente, pasando por el mojón numero 39 hasta el mojón numero 30, con una distancia de 71.47 ML y encierra; todo este trayecto linda con los lotes 14 Y 4ª de la misma división con una cabida superficiaria de 20.000 metros cuadrados. No obstante la mención de su cabida y linderos, de los Apartamentos (APARTAMENTO 701 TORRE C) (APARTAMENTO 702 TORRE C) se entregaran como cuerpo cierto junto con sus anexidades, usos y costumbres. De otra parte y a su vez, EL (PERMUTANTE 2) transfieren a título de Permuta AL (PERMUTANTE 1), el suministro de MATERIAL VEGETAL el cual se estima en la suma de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($400.000.000), sin embargo EL (PERMUTANTE 2) entregara a EL (PERMUTANTE 1) una cotización de los MATERIALES VEGETALES con sus especificaciones y precios detalladas, lista que se ANEXA y que hará parte integral del presente contrato de PERMUTA y en la que esta incluida la el diseño, suministro, transporte y siembra a favor del (PERMUTANTE 1) PARAGAFO PRIMERO: (EL PERMUTANTE 2) entregara todos los materiales vegetales que solicite el (PERMUTANTE 1) ,por medio de ordenes de pedido. PARAGRAFO SEGUDO: Las entregas mensuales pactadas, que deberá efectuar (EL PERMUTANTE 2) a favor de (EL PERMUTANTE 1) se podrán realizar, si así lo dispone, EL (PERMUTANTE 1) al día siguiente de la firma del presente contrato SEGUNDA: La enajenación mutua que las Partes hacen de los bienes debidamente identificados en la Cláusula Primera de este Contrato, es a título de permuta de acuerdo con lo establecido para el efecto en el Artículo 1955 y ss del Código Civil. Como consecuencia de lo anterior, las Partes asignan los siguientes valores a los bienes que se intercambian por medio de este Contrato, así: a).- los bienes descritos en la Cláusula Primera de este Contrato, de propiedad de LOS (PERMUTANTES), las Partes los estiman en la suma de SEISIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETESIENTOS VENTI DOS PESOS MCTE ($797.841.722); b) Los bienes mencionado en la CLÁUSULA PRIMERA de este Contrato, aportado por EL (PERMUTANTE 1), las Partes los estiman en DOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETESIENTOS VENTI DOS PESOS MCTE ($297.841.722), discriminados de la siguiente manera: (APARTAMENTO 701 TORRE C) (APARTAMENTO 702 TORRE C) que pertenecen al CONDOMINIO MIRADOR DE LAS PALMAS y Los bienes mencionados en la CLÁUSULA PRIMERA de este Contrato, aportado por EL (PERMUTANTE 2), las partes lo estiman en la suma de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($400.000.000), discriminados de la siguiente

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