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COSTO FISCAL DE LAS ACCIONES CON CASO PRÁCTICO Y DICTAMEN


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  3.540 Palabras (15 Páginas)  •  1.659 Visitas

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ANTECEDENTES:

En virtud de las constantes modificaciones que ha sufrido la mecánica para determinar la ganancia por la enajenación de acciones, ya que aun cuando se tiene una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), a partir del 01 de enero del 2002, resulta que los artículos que regulan dicha enajenación de acciones (artículo 24 y 25) fueron sustancialmente modificados el 30 de diciembre del 2002, para entrar en vigor el 01 de enero del 2003, además en el nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR), publicado el 17 de octubre del 2003, también se encuentran nuevas regulaciones referidas precisamente a la enajenación de acciones, lo cual dificulta su comprensión.

MARCO JURÍDICO:

Los Artículos 24, 25 y 154 de la Ley del ISR regulan el tratamiento fiscal de la enajenación de acciones. Con la intención de efectuar una retención menor al 20% del total de la operación debe aplicarse lo dispuesto por el Artículo 204 del RLISR, esto es, deberá dictaminarse la operación de compraventa de las acciones.

INTRODUCCIÓN:

Las sociedades anónimas en México han tenido gran aceptación entre los inversionistas para proteger su patrimonio en la realización de sus actividades comerciales. Bajo este esquema de operación han funcionado la mayoría de las grandes empresas para influir, de manera importante, en el desarrollo económico de nuestro país.

Sin embargo, por estrategia o porque no se obtuvieron los resultados esperados, los socios o accionistas deciden vender sus acciones a fin de recuperar su inversión en estas sociedades.

Para estos efectos, la Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla el tratamiento fiscal que debe dársele a este tipo de operaciones para que se respeten los principios fundamentales de las contribuciones.

DESARROLLO:

Dado que el Dictamen de Enajenación de acciones es exclusivo del profesional de la contaduría pública, es necesario poseer la experiencia suficiente y un completo conocimiento de las disposiciones fiscales relacionadas con la mencionada operación.

Es importante mencionar que el dictamen sólo se da en los siguientes supuestos:

1. Que el enajenante sea Persona Física.

2. Que exista la enajenación de acciones en los términos del Artículo 14 del Código Fiscal de la

Federación (CFF).

3. Que favorezca el realizar una retención menor al 20% sobre el monto total de la operación, conforme a lo establecido por el Artículo 154 de la LISR.

4. Que la enajenación esté permitida por los estatutos de la sociedad emisora.

I. Aspectos Generales del Dictamen de Enajenación de Acciones

El dictamen fiscal sobre la enajenación de acciones, es la opinión profesional que emite ante el SAT un Contador Público Registrado, acerca del resultado fiscal determinado en una operación de enajenación de acciones celebrada entre el enajenante y el adquirente de dichos títulos accionarios.

Para que este dictamen tenga efectos fiscales es necesario cumplir con las siguientes formalidades, ante la Administración Local de Auditoría Fiscal Federal que le corresponda al domicilio fiscal del enajenante:

Aviso de dictamen

Presentar el aviso del dictamen por enajenación de acciones a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato posterior al de la enajenación; el formato a utilizar es el 39 y deberá ser suscrito por el contribuyente enajenante y por el Contador Público Registrado que vaya a dictaminar (Artículo 204, fracc. I del RLISR).

Presentación del dictamen fiscal por enajenación de acciones

La carta de presentación del dictamen por enajenación de acciones, así como el cuaderno del mismo, deberán presentarse dentro de los 30 días siguientes a aquél en que se presentó o debió presentarse la declaración de pago provisional por los ingresos por la enajenación de las acciones; la forma oficial es la 40 (Artículo 204, frac. II del RLISR).

Información que debe incluir el cuaderno de dictamen

El Artículo 204 del RLISR señala los documentos e informes mínimos que debe contener el cuaderno del dictamen por enajenación de acciones, y son los siguientes:

a. El dictamen del Contador Público Registrado ante el SAT, en los términos de la fracción I del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación.

b. Determinación del resultado obtenido en la enajenación, señalando por cada sociedad emisora lo siguiente.

El precio de las acciones.

El costo promedio por acción.

El resultado parcial obtenido en la operación.

Nombre y firma del Contador Público.

Número de registro del Contador Público que lo autoriza para dictaminar.

c. Análisis del costo promedio por acción, señalando por cada una los siguientes datos:

1. Tratándose de la determinación del costo comprobado de adquisición actualizado de las acciones:

Fecha de adquisición.

Número de acciones.

Valor nominal.

Costo comprobado de adquisición.

Factor de actualización que corresponda.

Costo promedio por acción, determinado en enajenaciones anteriores dictaminadas.

2. Tratándose de la diferencia de los saldos de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta a la fecha de adquisición y a la fecha de la enajenación:

Saldo a la fecha de adquisición de las acciones.

Factor de actualización aplicado.

Determinación de la CUFIN a la fecha de adquisición y enajenación de las acciones.

3.

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