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Contribuciones Y Sus Elementos Esenciales


Enviado por   •  17 de Abril de 2014  •  1.217 Palabras (5 Páginas)  •  403 Visitas

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ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO Y DERECHO FINANCIERO

ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

La actividad financiera del estado es la función que éste desarrolla para procurarse los recursos necesarios y estar en condiciones de ayudar a los gastos públicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo, mediante la prestación de los servicios públicos correspondientes. Asimismo, esta actividad se desenvuelve dentro de la administración pública y tiene como finalidad la satisfacción de las necesidades colectivas.

Las actividades públicas, son servicios de los cuales no puede prescindir una sociedad, como son la justicia, la defensa nacional, la seguridad pública, los transportes, la actividad educativa, la actividad económica del estado, el crédito público y otras.

El estado para poder llevar a cabo su función financiera, requiere de ciertos recursos y una vez que los obtiene los administra y por último, los aplica para satisfacer las necesidades de la sociedad, que en si es el objetivo esencial de esta función.

DERECHO FINANCIERO

Es la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que reglamentan la recaudación, la gestión y la erogación de los medios económicos que necesitan el estado y los otros órganos públicos para el desarrollo de sus actividades y el estudio de las relaciones jurídicas entre los poderes de los órganos del estado y entre los mismos ciudadanos que proceden de la aplicación de esas normas.

Es el conjunto de normas jurídicas que sistematizan los ingresos y los gastos públicos normalmente previstos en el presupuesto y que tiene por objeto regular las funciones financieras del estado.

INGRESOS ORIGINARIOS E INGRESOS DERIVADOS, VOLUNTARIOS Y COERCITIVOS.

• Ingresos originarios: cuando los ingresos provienen de la actividad que realiza un ente público al administrar sus bienes propios.

• Los derivados son aquellos que el estado recibe de los particulares, es decir que no provienen de su patrimonio. Por exclusión son ingresos derivados todos los que no tienen la categoría de ingresos originarios.

• Ingresos voluntarios: son los que obtiene el estado por parte de los ciudadanos de forma voluntaria.

• Ingresos coercitivos: son los que para obtenerlos a falta de pago voluntario se puede exigir de manera coercitiva, empleando la fuerza en base a la ley.

DEFINICION DE LAS CONTRIBUCIONES EN EL CODIGO FISCAL. SUS CARACTERISTICAS.

Aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

i. Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones ii, iii y iv de este artículo.

ii. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo estado.

iii. Contribuciones de mejoras son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

iv. Derechos son las contribuciones establecidas en ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la ley federal de derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del estado.

ELEMENTOS ESENCIALES DE LAS CONTRIBUCIONES. CASOS DE ISR, IVA.

Los elementos esenciales de las contribuciones se encuentran señalados en el artículo 5º del cff que refiere la generación de cargas a los particulares cuando las normas indican:

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