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El Proceso Para Realizar Importaciones


Enviado por   •  11 de Marzo de 2015  •  5.463 Palabras (22 Páginas)  •  330 Visitas

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Proceso para realizar importaciones: (Trámites para la nacionalización de mercancías):

La nacionalización de las mercancías es el punto más importante en el proceso de importación. Los trámites, llevan al importador al retiro de la mercancía del depósito para disponer libremente de ella. En este proceso, se pueden presentar una serie de situaciones como omitir datos en la descripción del producto, no presentar los documentos soporte, pasar el tiempo límite de almacenamiento o no liquidar de forma adecuada los tributos aduaneros; estos factores pueden traer consecuencias graves como sanciones y multas que en algunos casos llegan hasta el 75% del valor de la mercancía o la pérdida de la misma.

.1. Una vez se encuentre la mercancía en Colombia en el depósito aduanero, se recomienda solicitar autorización para realizar una pre inspección con anterioridad a la presentación de la declaración de Importación y demás documentos, esto cuando surjan dudas acerca de la descripción, números de serie o identificación.

.2. Lo primero que hay que hacer es contratar a una agencia de aduanas si el valor FOB de la importación supera USD1.000, para personas naturales y jurídicas.

.3. La Declaración Andina del Valor en Aduana se diligencia si el valor FOB de la importación es superior a USD5.000. Este es un documento soporte de la Declaración de Importación, el cual determina el valor en Aduanas (Base para el pago de los Tributos Aduaneros) de las mercancías objeto de Importación.

.4. La liquidación de tributos Aduaneros (Gravamen Arancelario, IVA), se hace a través de la DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN El pago de éstos se realiza ante los intermediarios del mercado cambiario (bancos comerciales, corp. financieras, etc.) En las principales aduanas en donde opera el Sistema Global Aduanero SIGA, los formularios se hacen por medio electrónico.

.5. Según el Estatuto Aduanero (Decreto 2685 de 1999) podrán actuar directamente ante la DIAN:

• Las personas Jurídicas que realicen importaciones que individualmente no superen el valor FOB de mil dólares americanos (USD1.000), quienes actuarán de manera personal y directa a través de su representante legal o apoderado.

• Las personas naturales que realicen importaciones que individualmente no superen el valor FOB de mil dólares americanos (USD1.000), quienes deberán actuar de manera personal y directa.

• Los viajeros en los despachos de sus equipajes.

.6. Para el levante o retiro de la mercancía, una vez cancelados los tributos aduaneros, debe dirigirse al depósito habilitado de aduanas donde se encuentre la mercancía y presentar los siguientes documentos, los cuales serán revisados por un funcionario de la aduana respectiva, y que deberán conservarse por un término de cinco años como mínimo.

.7. El sistema informático aduanero determina si podrá efectuarse levante automático o sí se requiere inspección física de la mercancía. En el primer caso, podrá retirarse la mercancía una vez sea autorizado por el depósito o funcionario aduanero; en el segundo caso, el inspector de la DIAN verificará la concordancia de lo declarado en los documentos con la mercancía para la cual se solicita autorización de levante.

2) Documentos exigibles de importación:

• Seleccionar un Agentes de Aduanas,

• El consignatario, importador establece el código arancelario a utilizar o lo solicita ante el SENIAT,

• El consignatario en conjunto con su agente de aduanas chequeara el régimen legal establecido en el arancel de aduana, según la ubicación arancelaria del producto, en algunos casos la mercancía puede requerir previa importación: permisos sanitarios, licencia de importación, certificados de origen, normas covenin o cualquier otra norma o control que establezca el gobierno nacional,

• El importador deberá realizar los trámites correspondientes ante CADIVI,

• El agente de aduanas procede a elaborar la declaración de aduanas, la cual debe ir acompañada de la siguiente documentación:

o Factura Comercial ( Original),

o Conocimiento de embarque,

o El agente de aduanas debe estar debidamente certificado y notariado por el consignatario mediante Poder de aduana.

3) Manifiesto de importación y declaración del valor (instrucciones de elaboración):

La presentación del Manifiesto de Importación ante las Aduanas de ingreso de la mercancía confirma la aceptación de la consignación. Esto implica que el consignatario a partir de este momento se hace responsable administrativa y civilmente de las obligaciones y derechos que se causen en el proceso de nacionalización.

4) La factura comercial:

¿Qué es una factura comercial? Es un documento administrativo que emite el vendedor al realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter contable, tanto para el vendedor como para el comprador. Si se trata de una operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación.

5) Manifiesto de carga:

Es documento que contiene información respecto del medio o unidad de transporte, número de bultos, peso e identificación de la mercancía que comprende la carga, incluida la mercancía a granel.

• Establece las actividades a realizarse en las intendencias de aduana de la República para el registro y trámite de los manifiestos de carga, de manera que sirva como instrumento de trabajo, orientación y consulta para el adecuado control del ingreso, salida y destinación de las mercancías en el territorio nacional.

5) El Conocimiento de Embarque:

Es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte toma el nombre específico, el ‘conocimiento de embarque’ es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte aéreo o terrestre.

El ‘conocimiento’ debe ser entregado por el transportador, capitán o agente marítimo, al cargador, contra la devolución de los

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