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LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA


Enviado por   •  1 de Julio de 2011  •  5.033 Palabras (21 Páginas)  •  1.926 Visitas

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OBJETIVO GENERAL

Identificar los aspectos generales de la obligación tributaria, tipificados en el marco legal venezolano.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Conceptualizar el término de obligación enmarcada dentro del Derecho Civil.

2. Definir el término de Obligación enmarcado dentro del Derecho Tributario.

3. Analizar el origen de la Obligación Tributaria.

4. Describir los elementos de la Obligación Tributaria.

5. Establecer diferencias y semejanzas entre de la obligación tributaria y la obligación civil.

INTRODUCCION

El Estado venezolano ha venido evolucionando en materia fiscal de tal manera que ha a asumido nuevas y más relevantes responsabilidades con el objeto de cumplir cabalmente los fines que le son propios, para lo cual fue necesario implantar un sistema tributario con el fin incrementar los ingresos provenientes de la recaudación tributaria, ya que los recursos derivados del petróleo se hicieron insuficientes para cubrir los gastos públicos de la nación.

Una persona natural que desarrolla actividades empresariales, una empresa, un contrato de asociación en participación, un profesional entre otros tienen la obligación de inscribirse en el registro único de información fiscal y en estas condiciones informar a la Administración Tributaria sobre las operaciones que desarrolle, declarando los tributos a que estén afectos y pagando en caso de existir importes exigibles. Todos deberán declarar obligatoriamente por cada periodo tributario dependiendo de la clase de tributo sea de periocidad mensual o anual y en otros casos la declaración se efectuara aunque no haya efectuado operaciones que genere el nacimiento de la obligación tributaria de pago.

No cabe duda que los Tributos forman parte de la economía del país, ya que los mismos son prestaciones de dinero que el Estado exige en virtud de una ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos o los gastos que realiza el Gobierno a través de inversiones públicas, por lo que el aumento en el mismo producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción tendrá un efecto contrario. Permitiendo la participación de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, que no son más que la esencia de la clasificación de los tributos, así como los caracteres, la unidad tributaria, la presión y la evasión fiscal.

LA OBLIGACIÓN

La palabra obligación tiene dos acepciones. En un sentido amplio, designa la relación principal crediticia, tanto en una aspecto activo como en un aspecto pasivo, y desde éste punto de vista se define como “la relación jurídica en virtud de la cual una persona (deudor) se encuentra en la necesidad de realizar a favor de otra (acreedor) una determinada prestación que esta ultima tiene la facultad de exigir obligando a la primera a satisfacerla. Pero en un sentido restringido, que solo mira el lado pasivo de la relación de derecho, la palabra obligación tiene el significado de deuda y se define como la necesidad jurídica en que se encuentra una persona de cumplir una prestación, positiva o negativa respecto a la otra.

OBLIGACION DESDE EL PUNTO DE VISTA CIVIL

En el Derecho se ha desarrollado la Teoría General de las Obligaciones, dentro de la cual se estudia la obligación como una institución jurídica que se encuentra aplicación en todas las ramas del Derecho. En ella se define a la obligación o relación obligacional como el vínculo jurídico establecido entre dos personas, por el cual una de ellas puede exigir de la otra la entrega de una cosa o el cumplimiento de un servicio o una abstención.

En toda obligación existen dos sujetos: el sujeto activo o acreedor que tiene un crédito frente al sujeto pasivo o deudor, que es quien debe cumplir la prestación.

Para la doctrina jurídica, la prestación es el objeto de la obligación. Entonces, ésta no es una cosa o un bien, sino un servicio, una acción o una abstención que el deudor debe realizar en provecho del acreedor. En consecuencia, siempre consistirá en un comportamiento humano.

Por lo tanto, la prestación puede consistir en:

- Dar. Por ejemplo, el contribuyente debe dar (pagar) el tributo.

- Hacer. Por ejemplo, el contribuyente debe presentar la declaración jurada.

- No hacer. Por ejemplo, el contribuyente debe de abstenerse de realizar cualquier acto que impida el control de sus obligaciones tributarias.

La prestación se distingue a su vez, de su objeto o contenido. Es decir, el objeto o contenido de la prestación puede ser una cosa, un hecho o un derecho. En consecuencia, el contenido de la prestación es aquello que está siendo dado, siendo hecho o dejado de hacer.

Todo derecho personal supone una obligación correlativa. Si una persona puede exigir algo es porque otra se encuentra en la necesidad jurídica de realizar una prestación o una abstención.

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

La obligación tributaria es el vínculo jurídico originado por el tributo, cuya fuente es la ley y constituye el nexo entre el Estado (acreedor tributario) y el responsable o contribuyente (deudor tributario); que se manifiesta en una obligación de dar (pagar tributos) o en obligaciones adicionales de hacer (presentar balances y declaraciones juradas) o de tolerar (soportar las revisiones fiscales). La característica principal de la obligación tributaria es su naturaleza "personal", es decir, que existe un nexo jurídico entre un sujeto activo, llamado Estado o cualquier institución con potestad tributaria delegada (Municipalidades, Aduanas, etc.), y un sujeto pasivo, que puede ser una persona natural o una persona jurídica, que tenga patrimonio, realice actividades económicas o haga uso de un derecho que genere obligación tributaria.

La obligación tributaria surge entre el estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. Constituye un vínculo de carácter personal, aunque se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.

Al respecto, Urquizo Maggia, sostiene que "la obligación tributaria crea un vínculo entre dos personas por cuya virtud, el deudor es compelido

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