ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

NORMA Oficial Mexicana NOM-002-SEDE-1999, Requisitos De Seguridad Y Eficiencia Energética Para Transformadores De Distribución.


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  3.151 Palabras (13 Páginas)  •  527 Visitas

Página 1 de 13

SECRETARIA DE ENERGIA

NORMA Oficial Mexicana NOM-002-SEDE-1999, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas.- Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas (CCNNIE).

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SEDE-1999, “REQUISITOS DE SEGURIDAD Y EFICIENCIA ENERGETICA PARA TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION”.

La Secretaría de Energía, por conducto de la Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas, con fundamento en los artículos 33 fracción lX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracciones ll y lll, 40 fracciones Vlll, X y Xlll, 47 fracción lV, 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como 12 Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, expide y publica la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE-1999, “Requisitos de Seguridad y Eficiencia Energética para Transformadores de Distribución”, aprobada por unanimidad por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, en su cuarta sesión del 20 de abril de 1999.

CONSIDERANDOS

Primero. Que con fecha 4 de septiembre de 1997, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE-1997, “Productos Eléctricos-Requisitos de Seguridad y Ahorro de Energía para Transformadores de Distribución”, a efecto de recibir comentarios de los interesados;

Segundo. Que una vez transcurrido el término de 90 días a que se refería el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para recibir los comentarios que se mencionan en el Considerando inmediato anterior, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, estudió los comentarios recibidos y, en su caso, modificó el proyecto de norma en cita;

Tercero. Que con fecha 19 de abril de 1999, la Secretaría de Energía ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios recibidos de los interesados;

Cuarto. Que para los efectos de la aprobación a que se refiere el artículo 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, consideró conveniente modificar la denominación y clave del proyecto de norma, haciéndolo más preciso y sencillo, toda vez que no repercute en el contenido de dicho proyecto, y

Quinto. Que de lo expuesto en los considerandos anteriores se concluye que se ha dado cumplimiento con el procedimiento que señalan los artículos 38, 44, 45, 46 y 47 y demás relativos a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Sexto. Que en atención a la necesidad de contar con el instrumento normativo que regule de manera oficial los aspectos de seguridad y eficiencia energética de los transformadores de distribución nuevos, se ha tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDE-1999, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución.

PREFACIO

La presente Norma Oficial Mexicana fue armonizada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas (CCNNIE) con el apoyo del Instituto de Investigaciones Eléctricas bajo la coordinación de la Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas de la Secretaría de Energía, consultando trabajos, propuestas, comentarios y colaboraciones de las siguientes instituciones miembros

del CCNNIE:

* Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, SECOFI

* Secretaría del Trabajo y Previsión Social, STPS

* Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, CONAE

* Comisión Federal de Electricidad, CFE

* Petróleos Mexicanos, PEMEX

* Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS

* Luz y Fuerza del Centro, LyFC

* Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico, PAESE

* Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica, FIDE

* Asociación Nacional de Normalización y Certificación del Sector Eléctrico, ANCE

* Asociación de Ingenieros Universitarios Mecánicos Electricistas, AIUME

* Asociación Mexicana de Directores Responsables de Obra y Corresponsables, AMDROC

* Asociación Mexicana de Empresas del Ramo de Instalaciones para la Construcción, AMERIC

* Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos Electricistas, AMIME

* Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, CMIC

* Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas, CANAME

* Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricistas, CIME

* Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, CONCAMIN

* Federación de Colegios de Ingenieros Mecánicos y Electricistas de la República Mexicana, FECIME

México, D.F., a 26 de abril de 1999.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, Francisco Rodríguez Ruiz.- Rúbrica.

Indice de contenido

CONSIDERANDOS

1. Objetivo y campo de aplicación

2. Referencias

3. Definiciones

3.1 Capacidad nominal

3.2 Corriente nominal

3.3 Eficiencia

3.4 Pérdidas

3.4.1 Pérdidas en vacío

3.4.2 Pérdidas debidas a la carga

3.4.3 Pérdidas totales

3.5 Tensión eléctrica de impedancia

3.6 Tensión eléctrica nominal

3.7 Transformador

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (25.9 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com