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Normativas


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  583 Visitas

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6.5 Normativas

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los artículos 25,26, 27, 73 y 115 de la Constitución dentro de las Leyes Federales. Contienen las bases para el DESARROLLO SUSTENTABLE, EQUIDAD SOCIAL, el uso de los RECURSOS en términos de PROTECCION AL AMBIENTE, la democracia, la consulta popular y la rectoría por parte del Estado para un plan nacional de DESARROLLO INTEGRAL. Su objetivo es promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado y garantizar la rectoría del estado con equidad, incluye también la plantación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural y están sometidos a esta ley toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.

Tanto como el Artículo 27 menciona que el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

Articulo 73. Le da al Congreso Federal el control de los hidrocarburos, minería, energía eléctrica y nuclear. En la fracción XXXIX-C  les permite expedir leyes en materia de asentamientos humanos para cumplir lo ya escrito en el articulo 27.En la fracción XXIX-G  les permite expedir leyes en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

Articulo 115. Los municipios están a cargo de los SERVICIOS PUBLICOS.AGUA POTABLEDRENAJEALCANTARILLADOTRATAMIENTO Y DISPOSICION DE AGUAS RESIDUALESALUMBRADO PUBLICOLIMPIA, RECOLECCION, TRASLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOSMERCADOS Y CENTRALES DE ABASTOPANTEONESRASTROCALLESPARQUES Y JARDINES Y SU EQUIPAMIENTO.

Continuación Artículo 115. Los municipios formulan, aprueban y administran la ZONIFICACION y planes de DESARROLLO URBANO municipal y regional. Participar en la creación y administración de sus RESERVAS TERRITORIALES. Tienen que AUTORIZAR, CONTROLAR Y VIGILAR LA UTILIZACION DEL SUELO. Regularización de la TENENCIA de la tierra urbana. Otorgar LICENCIAS Y PERMISOS para construir. Creación de ZONAS DE RESERVAS ECOLOGICAS. Formulación y aplicación de transporte publico de pasajeros. Para elaborar convenios para la administración y custodia e las ZONAS FEDERALES.

Política ambiental.

El dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales

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