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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUCIONES


Enviado por   •  27 de Agosto de 2013  •  593 Palabras (3 Páginas)  •  416 Visitas

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1.6 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUCIONES

Es uno de los dos pilares de los derechos fiscal está constituido por el llamado principio de constitucionalidad, el cual implica la sumisión a las características esenciales del orden jurídico. El artículo 31 de la constitución política del 5 de febrero de 1857 estableció el principio fundamental de:

• Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que en ningún caso tendrá alcance confiscatorio.

• El gasto público realizara una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

1.6.1 PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Es un principio fundamental del Derecho público conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas. Por esta razón se dice que el principio de legalidad establece la seguridad jurídica. Se podría decir que el principio de legalidad es la regla de oro del Derecho público y en tal carácter actúa como parámetro para decir que un Estado es un Estado de Derecho, pues en él, el poder tiene su fundamento y límite en las normas jurídicas. En íntima conexión con este principio, la institución de la reserva de Ley obliga a regular la materia concreta con normas que posean rango de Ley, particularmente aquellas materias que tienen que ver la intervención del poder público en la esfera de derechos del individuo. Por lo tanto, son materias vedadas al reglamento y a la normativa emanada por el Poder Ejecutivo.

1.6.2 PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

Responde a la idea de evitar una utilización desmedida de las sanciones que conllevan una privación o una restricción de la libertad, para ello se limita su uso a lo imprescindible que no es otra cosa que establecerlas e imponerlas exclusivamente para proteger bienes jurídicos valiosos. El principio de proporcionalidad tiene su fundamento en el artículo 31 constitucional y debe ser estudiado en relación a la capacidad contributiva como ha establecido la Suprema Corte de Justicia del la Nación. Es necesario estudiar a la proporcionalidad tomando en cuenta la contribución por separado, se propone un mecanismo para ser establecido en la legislación mexicana que pueda dar solución a la falta de proporcionalidad de la carga contributiva de las empresas en México.

1.6.3 PRINCIPIO DE EQUIDAD

La proporcionalidad y Equidad se deben cumplir las leyes fiscales conforme la fracción IV de artículo 31 consiste en que reciban un trato igual lo que se traduce en que las leyes tributarias deben

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